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Ayudas Claras
Subvenciones Gran Canaria Prestaciones
Prestaciones Gran Canaria Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones para clubes de fútbol de Arucas 2026

Subvención por concurrencia competitiva para clubes de fútbol con sede en Arucas

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Arucas para que los clubes de fútbol del municipio costeen su actividad.
Para quién
Clubes deportivos de fútbol de Arucas con equipos en categorías igual o inferior a juvenil (Modalidad A).
Cuánto
Consulta directamente con la administración
Qué cubre
  • Gastos federativos y de arbitraje
  • Desplazamientos, estancia y manutención
  • Personal del club, atención médica de los deportistas y material deportivo no inventariable
Requisitos
  • Tu club de fútbol tiene domicilio social en el término municipal de Arucas
  • Tu club está inscrito en el Registro de Entidades Deportivas de Canarias
  • Tu club está inscrito en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas
  • Acreditas licencias federativas de categoría igual o inferior a juveniles en competiciones oficiales
  • Los gastos que presentas corresponden a la actividad realizada en 2026
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Justifica la subvención en los 30 días hábiles siguientes al final del periodo de la actividad subvencionada, que se fija en el año natural
  • Presenta una memoria técnica del proyecto y una memoria económica de los gastos
  • Incluye, en la medida de lo posible, el escudo del municipio en tu publicidad identificando al ayuntamiento como administración patrocinadora
  • Da la publicidad adecuada en todos los eventos deportivos en los que participes
  • Comunica y justifica por escrito cuanto antes si no puedes realizar la actividad
  • Devuelve la cuantía recibida si incurres en alguna causa de reintegro
Fechas estimadas
  • Abre: 3 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 22 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tu club de fútbol tiene domicilio social en el municipio de Arucas
  • Tu club está inscrito en el Registro de Entidades Deportivas de Canarias
  • Tu club está inscrito en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas
  • Tienes licencias federativas de categoría juvenil o inferior en competición oficial
  • Asumes gastos federativos, de arbitraje o de desplazamiento durante 2026
  • Tu club no tiene domicilio social en el término municipal de Arucas
  • Tu entidad practica una especialidad deportiva distinta del fútbol
  • Eres deportista individual y no un club deportivo
  • No estás al corriente de pagos con Hacienda o la Seguridad Social
  • Tu asociación tiene suspendida la inscripción por indicios de ilicitud penal

Cuánto puedes recibir

Recibes la subvención en función del número de licencias federativas de base de tu club: se multiplica ese número por una cuantía fija por licencia, y las licencias femeninas se cuantifican al doble que las masculinas. La convocatoria reparte un crédito total de 46.000 euros entre todos los clubes beneficiarios, pero no publica esa cuantía por licencia, así que el importe que te corresponde a ti no está especificado; consulta directamente con la administración. El pago se efectúa por anticipado y en su totalidad una vez adoptada la resolución.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Rellena la solicitud en el modelo normalizado del Anexo I de la ordenanza

  2. Pide a la Federación de Fútbol el certificado de equipos y licencias, separando masculinas y femeninas

  3. Reúne los certificados, las declaraciones responsables y el presupuesto de gastos e ingresos

  4. Presenta la solicitud en el Registro Municipal o en la sede electrónica del ayuntamiento

  5. Hazlo dentro de los 20 días naturales siguientes a la publicación del extracto en el boletín provincial

  6. Si te lo requieren, subsana la solicitud en el plazo improrrogable de 10 días hábiles

Documentación necesaria

  • Solicitud en modelo normalizado (Anexo I)
  • Certificado de inscripción en el Registro de Entidades Deportivas de Canarias, con la identidad de quien ocupa la Presidencia
  • Fotocopia del documento de identidad del solicitante y, en su caso, del representante legal
  • Fotocopia del código de identificación fiscal del club solicitante
  • Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del presidente del club
  • Inscripción en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas y en el Registro de Entidades Deportivas de Canarias
  • Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas
  • Declaración responsable de estar al corriente con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la Agencia Tributaria Canaria y la Seguridad Social, o de no estar obligado a tributar
  • Certificación de la Federación con el número de equipos y licencias de deportistas, diferenciando las masculinas de las femeninas
  • Presupuesto de gastos e ingresos previstos
  • Documento de la entidad bancaria con los códigos de la cuenta en la que se abonará la subvención

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tarda el ayuntamiento en resolver?
El plazo máximo para resolver y notificar es de seis meses contados desde la publicación de la convocatoria. Si vence ese plazo sin notificación, puedes entender desestimada tu solicitud por silencio administrativo.
¿Qué pasa si a mi solicitud le falta algún documento?
El órgano competente te requerirá para que la subsanes en un plazo máximo e improrrogable de diez días hábiles. Si no lo haces, se te tendrá por desistido de tu solicitud.
¿Cómo se comparan las solicitudes entre sí?
Se valoran en régimen de concurrencia competitiva con los criterios del Anexo II para la Modalidad A: número de licencias federativas de base masculinas y femeninas y número de deportistas en competiciones oficiales de categoría igual o inferior a juvenil. Las licencias femeninas se cuentan al doble.
¿Puedo recurrir si me deniegan la subvención?
Sí. Contra los actos de resolución expresa puedes interponer potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, o bien acudir directamente a la vía contencioso-administrativa.
¿Qué ocurre si finalmente no puedo hacer la actividad subvencionada?
Debes comunicarlo y justificarlo por escrito lo antes posible cuando circunstancias graves ajenas a tu voluntad te impidan realizarla en parte o en su totalidad. Si incurres en una causa de reintegro, tendrás que devolver la cuantía recibida.

Fuentes oficiales

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