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Ayudas Claras
Subvenciones Aragón Comercio y turismo
Comercio y turismo Aragón Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas para emprendedores de Zaragoza 2026

Hasta 6.000€ por beneficiario para proyectos de emprendedores en Zaragoza

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Zaragoza para proyectos empresariales de personas emprendedoras.
Para quién
Personas emprendedoras, autónomos y empresas titulares de una actividad empresarial o profesional.
Cuánto
Hasta el 80% del presupuesto del proyecto presentado, con un límite de 6.000€ por beneficiario
Qué cubre
  • Gastos corrientes del proyecto empresarial
  • Salarios del personal asignado al proyecto
  • Servicios subcontratados para desarrollar la actividad
Requisitos
  • Eres persona física o jurídica titular de una actividad empresarial o profesional
  • Desarrollas tu proyecto en el término municipal de Zaragoza
  • Tienes tu domicilio fiscal y social en la ciudad de Zaragoza
  • Estás de alta como empresario o empresa y no han pasado más de tres años desde tu alta o constitución

    Se debe justificar un máximo de 36 meses desde el primer alta dentro del régimen especial de trabajadores autónomos bajo la misma actividad económica. Si has realizado el programa ZAC Growth, este límite de tiempo no se aplica.

  • Tu proyecto está vinculado a algún programa de emprendimiento municipal

    Vale cualquiera de estas situaciones: estar o haber estado incubado o acelerado en un espacio de titularidad municipal, en el segundo caso por un tiempo no inferior a 12 meses y dentro de los 3 años anteriores a la solicitud, quedando excluidas las permanencias virtuales; haber sido beneficiario en un periodo inferior a 3 años de un programa municipal de alojamiento empresarial o formativo; formar parte de la red Made in Zaragoza con una antigüedad mínima de 3 meses; haber finalizado el programa de aceleración ZAC Growth en las ediciones de 2024 o 2025; o formar parte de otro programa de emprendimiento municipal.

  • Presentas un único proyecto empresarial
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Destina la subvención a financiar el proyecto que indicaste en la solicitud
  • Comunica por escrito cualquier cambio en los datos aportados en 10 días hábiles
  • Comunica en 10 días hábiles cualquier otra ayuda pública que recibas para lo mismo
  • Justifica el proyecto por su importe total entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2027
  • Indica en la difusión del proyecto que lo financia el Ayuntamiento de Zaragoza
  • Sométete a las actuaciones de comprobación y control de la unidad gestora
Fechas estimadas
  • Abre: 3 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 17 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres persona física o jurídica titular de una actividad empresarial o profesional
  • Desarrollas tu proyecto en el término municipal de Zaragoza
  • Tienes tu domicilio fiscal y social en la ciudad de Zaragoza
  • Te diste de alta como empresario o empresa hace menos de tres años
  • Tu proyecto está o ha estado incubado o acelerado en un espacio municipal
  • Perteneces a la red Made in Zaragoza desde hace al menos tres meses
  • Eres una entidad sin ánimo de lucro o una asociación
  • Ya fuiste beneficiario en convocatorias anteriores de este mismo programa, salvo que renunciaras a aquella subvención
  • Tu proyecto ya se subvencionó en ediciones anteriores de esta convocatoria
  • Tu alta como empresa supera los tres años, salvo si finalizaste ZAC Growth
  • Tu proyecto no está vinculado a ningún programa de emprendimiento municipal
  • Tu domicilio fiscal y social está fuera de la ciudad de Zaragoza

Cuánto puedes recibir

Recibes como máximo el 80% del presupuesto del proyecto que presentes, con un tope de 6.000€. La cantidad final depende de lo que solicites, de la puntuación que obtenga tu proyecto y del número de beneficiarios, porque la cuantía disponible se reparte de forma proporcional a los puntos de cada proyecto. Puedes pedir un anticipo de hasta el 80% de la subvención una vez adoptada la resolución de distribución, y el 20% restante se paga tras aprobarse tu justificación. Si te conceden 3.000€ o menos, el anticipo puede ser por la totalidad.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la memoria de la actividad, el plan de negocio simplificado y la previsión de gastos

  2. Cumplimenta el formulario de solicitud normalizado y los anexos indicados

  3. Presenta la solicitud dirigida a la Unidad de Emprendimiento y Zaragoza Activa en el Registro Electrónico General del Ayuntamiento

  4. Subsana la documentación en el plazo improrrogable de 10 días si te lo requieren

  5. Consulta la propuesta de resolución provisional en la sede electrónica municipal

  6. Reformula tu proyecto en 10 días hábiles si te conceden menos de lo solicitado

Documentación necesaria

  • Solicitud en modelo normalizado (Anexo I.1)
  • Memoria explicativa de la actividad empresarial y del proyecto (Anexo I.2.1)
  • Previsión económica de gastos (Anexo I.2.2)
  • Plan de negocio simplificado del proyecto empresarial (Anexo I.3)
  • Fotocopia del DNI o NIE e informe de vida laboral acotado al periodo de autónomo, si eres persona física
  • Fotocopia del CIF o de la tarjeta de identificación fiscal y de la escritura o contrato de constitución, si eres persona jurídica
  • Documento con los nombres, apellidos y cargos de la junta directiva u órgano de gobierno, si existe
  • Fotocopia de la declaración censal de inicio de actividad (modelos 036 o 037)
  • Fotocopia del último recibo de autónomos o documento que acredite el alta en la actividad
  • Documento acreditativo del programa municipal de emprendimiento al que perteneces o has pertenecido
  • Documentación que justifique cada uno de los puestos de trabajo del proyecto

Preguntas frecuentes

¿Puedo cobrar otras ayudas públicas por el mismo proyecto?
Sí, siempre que la suma de todas las ayudas no supere el coste de la actividad subvencionada ni el 80% de ese coste. Si se supera ese porcentaje, el Ayuntamiento reduce su aportación hasta ajustarse a él.
¿Es compatible con otras subvenciones del Ayuntamiento de Zaragoza?
No. Es incompatible con las convocatorias municipales de competitividad empresarial de 2025 y 2026, apoyo al autónomo en el inicio y relevo de actividad de 2026, comercios afectados por obras de 2026 y proyectos de innovación en comercio, restauración y hostelería de 2026.
¿Cuándo tengo que justificar la subvención?
El plazo para presentar toda la documentación justificativa va del 1 de enero al 31 de marzo de 2027, ambos inclusive. Debes justificar el importe total del proyecto presentado o el resultante de la reformulación.
¿Qué pasa si no presento la justificación a tiempo?
Te requerirán para que la presentes en un plazo improrrogable de quince días. Si no la presentas o es insuficiente, pierdes el derecho al cobro o tendrás que reintegrar lo percibido con los intereses de demora que procedan.
¿Puedo recurrir la resolución?
Puedes interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Zaragoza en el plazo de dos meses. Antes, de forma potestativa, puedes presentar recurso de reposición ante el mismo órgano en un mes.

Fuentes oficiales

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