Bonos de consumo para vecinos de El Castell de Guadalest
Bonos de 20€ para comprar en comercios locales, hasta 9 por persona empadronada
Lo que significa
- Qué es
- Campaña municipal de bonos de consumo del Ayuntamiento de El Castell de Guadalest para gastar en comercios y hostelería del municipio.
- Para quién
- Vecinos de El Castell de Guadalest y los comercios, bares y restaurantes del municipio que se adhieran a la campaña.
- Cuánto
- Bonos de 20€ cada uno, con un máximo de 9 bonos por persona (180€)
- Qué cubre
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- Compras en los establecimientos de comercio, hostelería y servicios del municipio adheridos a la campaña
Listado de actividades incluidas en el anexo I de las bases.Epígrafe IAE Actividad incluida 642.1 Comercio al por menor de carnes y despojos, productos cárnicos elaborados, huevos, aves, conejos de granja y caza 651.2 Comercio al por menor de prendas para el vestido y tocado (ropa, complementos y accesorios) 652.1 Farmacias: medicamentos, productos sanitarios y de higiene personal 653.3 Artículos de menaje, ferretería, adorno, regalo o reclamo (bisutería y pequeños electrodomésticos) 659.9 Otros productos no especificados en otra parte 662.2 Comercio al por menor de toda clase de artículos en otros locales 663.9 Otras mercancías fuera de un establecimiento comercial permanente (venta ambulante, mercadillos) 966.1 Bibliotecas y museos 671.4 Servicios en restaurantes de dos tenedores 671.5 Servicios en restaurantes de un tenedor 672.3 Servicios en cafeterías de una taza 673.2 Otros cafés y bares - Cada compra pagada con bono debe ser igual o superior al valor del bono; la diferencia la pones tú
- Compras en los establecimientos de comercio, hostelería y servicios del municipio adheridos a la campaña
- Requisitos
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- Eres mayor de edad
- Estás empadronado en El Castell de Guadalest a 1 de agosto de 2026 y sigues estándolo cuando solicitas
- Estás al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
- Si eres comercio, tu domicilio fiscal está en El Castell de Guadalest
- Si eres comercio, eres autónomo, micropyme o pequeña empresa con local permanente abierto al público
- Si eres comercio, tienes el título municipal que habilita tu actividad o declaras que no necesitas local
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Canjea tus bonos entre el 28 de septiembre y el 31 de octubre de 2026
- Entrega el bono original y muestra tu documento de identidad al hacer la compra
- Si eres comercio, muestra en un lugar visible el cartel de la campaña que te facilita el Ayuntamiento
- Si eres comercio, presenta los bonos canjeados con sus tickets y un listado como fecha límite el 15 de noviembre de 2026
- Si eres comercio, facilita al Ayuntamiento las comprobaciones y la información que te pida
- Si eres comercio y te devuelven un producto pagado con bono, emite un vale por el importe íntegro de la compra
- Cuándo
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- Abre: 7 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 11 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Estás empadronado en El Castell de Guadalest desde el 1 de agosto de 2026
- Eres mayor de edad
- Quieres comprar en comercios, bares o restaurantes del municipio
- Tienes un comercio, bar o restaurante con domicilio fiscal en el municipio
- Estás al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
- No estás empadronado en El Castell de Guadalest
- Eres menor de edad
- Quieres usar el bono para comprar tabaco o alcohol
- Quieres usar el bono en productos relacionados con el juego, como la lotería
- Quieres cambiar el bono por dinero en efectivo
- Tu establecimiento no ejerce ninguna de las actividades incluidas en el anexo I
Cuánto puedes recibir
Recibes bonos en papel de 20€ cada uno, con un máximo de 9 bonos por persona, es decir, hasta 180€. No cobras dinero: el bono se descuenta en tu compra y el Ayuntamiento abona después ese importe al comercio mediante transferencia. Los bonos no son canjeables por dinero en efectivo y, si la compra cuesta más que el bono, la diferencia la pagas tú.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne tu fotocopia del DNI o NIE y la declaración responsable del anexo III
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Presenta la solicitud del 7 al 11 de septiembre de 2026 en la Oficina de Turismo o por vía telemática en la sede electrónica del Ayuntamiento
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Espera la resolución de Alcaldía, que se publica en el tablón municipal de anuncios
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Recoge tus bonos en la Oficina de Turismo durante el periodo que fije esa resolución
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Canjea los bonos en los establecimientos adheridos entre el 28 de septiembre y el 31 de octubre de 2026
Documentación necesaria
- Solicitud de bono consumo en impreso normalizado (anexo III)
- Fotocopia del DNI o NIE
- Declaración responsable firmada (anexo III)
- Comercios: solicitud de adhesión en impreso normalizado (anexo II)
- Comercios: DNI o CIF de quien solicita y, si procede, acreditación de la representación legal
- Comercios: certificado actualizado de situación en el censo de actividades económicas de la Agencia Tributaria, con la fecha de alta
- Comercios: resolución o certificación del alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos e informe de vida laboral actual
- Comercios: certificado de titularidad de la cuenta bancaria