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Ayudas Claras
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Becas de comedor escolar en Pinseque curso 2026-2027

Cubre entre el 30% y el 90% del comedor escolar según la renta de tu familia

Lo que significa

Qué es
Beca municipal en concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Pinseque para pagar parte del comedor escolar del colegio público.
Para quién
Padres, madres o tutores de alumnos de Infantil y Primaria del colegio público de Pinseque.
Cuánto
  • Porcentaje del precio del comedor según la renta por persona de la unidad familiar
    Renta por personaPorcentaje cubierto
    0 a 100 €90%
    101 a 200 €70%
    201 a 300 €60%
    301 a 400 €50%
    401 a 500 €40%
    501 € en adelante30%
    El resto del precio del comedor lo asume el padre, madre o tutor legal, en la forma que señale la dirección del colegio.
Qué cubre
  • Parte del precio del comedor escolar durante el periodo lectivo del curso 2026-2027
  • La beca dura todo el curso escolar
Requisitos
  • Los padres o tutores encargados de la guarda del alumno están empadronados en Pinseque
  • El alumno está matriculado en el colegio público de Infantil y Primaria de Pinseque para el curso 2026-2027
  • El alumno hace uso del comedor escolar
  • El alumno no presenta absentismo escolar
  • Los ingresos de tu unidad familiar en 2025 no superan los 18.000€ anuales
  • Presentas toda la documentación exigida junto con la solicitud, en tiempo y forma
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Matricula al alumno en el colegio público de Pinseque
  • El alumno debe asistir con regularidad a clase salvo causa justificada
  • El alumno debe usar el servicio de comedor escolar durante el curso, salvo circunstancias personales o familiares sobrevenidas que lo impidan y estén debidamente justificadas
  • Permite las comprobaciones y el seguimiento que el Ayuntamiento considere sobre el uso de la ayuda
  • Mantente al corriente del pago de la parte del comedor que no está becada
Cuándo
  • Abre: Consulta directamente con la administración
  • Último día: 21 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tu hijo cursa Educación Infantil o Primaria en el colegio público de Pinseque
  • Estás empadronado en Pinseque como padre, madre o tutor legal
  • Tu hijo va a usar el comedor escolar durante el curso 2026-2027
  • Los ingresos de tu unidad familiar en 2025 no superaron los 18.000€
  • Quieres que el Ayuntamiento pague parte del precio del comedor
  • Los ingresos de tu unidad familiar en 2025 superaron los 18.000€
  • Los padres o tutores no estáis empadronados en Pinseque
  • Tu hijo no está matriculado en el colegio público de Pinseque
  • Tu hijo no va a hacer uso del comedor escolar
  • Ya tienes otra ayuda de comedor con la misma finalidad
  • Tu hijo presenta absentismo escolar

Cuánto puedes recibir

Recibes un porcentaje del precio del comedor escolar que depende de la renta por persona de tu unidad familiar: va del 90% en el tramo más bajo al 30% en el más alto. El resto del precio lo pagas tú en la forma que indique la dirección del colegio. El Ayuntamiento paga directamente al colegio público: los meses de septiembre a diciembre de 2026 se abonan una vez resuelta la convocatoria y la parte de 2027 se hace en dos pagos.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación económica y familiar exigida, en original o copia compulsada

  2. Rellena los anexos de la convocatoria a máquina o con letra mayúscula y clara

  3. Presenta una solicitud por cada alumno en el Registro General del Ayuntamiento de Pinseque, en la Plaza de España

  4. Consulta la propuesta de resolución provisional en el tablón de anuncios del Ayuntamiento

  5. Presenta alegaciones en los diez días hábiles siguientes si no estás de acuerdo con la propuesta

Documentación necesaria

  • Instancia de solicitud (Anexo I)
  • Datos personales y familiares (Anexo II)
  • Fotocopia compulsada del documento de identidad, pasaporte o permiso de residencia en vigor de todos los miembros de la unidad familiar
  • Volante colectivo de empadronamiento, que expide el propio Ayuntamiento
  • Copia compulsada de la declaración de la renta de 2025 de todos los miembros de la unidad familiar (no se admite el borrador)
  • Declaración responsable de ingresos (Anexo III) y certificado negativo de la Agencia Tributaria, si no presentaste la declaración de la renta
  • Declaración responsable (Anexo IV)
  • Fotocopia compulsada del libro de familia completo o certificado de nacimiento, o documentación que justifique la tutela o el acogimiento
  • Fotocopia compulsada del certificado de discapacidad de grado igual o superior al 33%, si algún miembro de la unidad familiar lo tiene
  • Documentación que acredite la separación, el divorcio o la viudedad, si es tu caso
  • Cualquier otro documento que agrave o modifique la situación familiar

Preguntas frecuentes

¿Tengo que presentar una solicitud por cada hijo?
Sí. Si hay varios alumnos en la misma unidad familiar debes presentar una solicitud por cada uno, aunque la documentación justificativa se presenta una sola vez.
¿Puedo pedir esta beca si ya tengo otra ayuda de comedor?
No. Estas ayudas son incompatibles con cualquier otra que obtengas para la misma finalidad de otras administraciones o de entidades públicas o privadas.
¿Qué pasa si hay más solicitudes que dinero disponible?
Se da prioridad a los solicitantes con menor renta familiar por persona. Si tras aplicar ese criterio hay empate, se resuelve por sorteo.
¿Puedo reclamar si me deniegan la beca?
Sí. Desde el día siguiente a la publicación de la resolución provisional en el tablón de anuncios tienes diez días hábiles para presentar alegaciones.
¿En qué casos me pueden retirar la beca?
Entre otros motivos, por absentismo escolar, ocultar información que condicionara la concesión, renuncia, problemas de comportamiento continuados en el comedor o el centro, cambio de domicilio a otra localidad o de centro escolar, o una mejora relevante de la situación económica.

Fuentes oficiales

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