Becas de comedor escolar en Pinseque curso 2026-2027
Cubre entre el 30% y el 90% del comedor escolar según la renta de tu familia
Lo que significa
- Qué es
- Beca municipal en concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Pinseque para pagar parte del comedor escolar del colegio público.
- Para quién
- Padres, madres o tutores de alumnos de Infantil y Primaria del colegio público de Pinseque.
- Cuánto
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- Porcentaje del precio del comedor según la renta por persona de la unidad familiar
El resto del precio del comedor lo asume el padre, madre o tutor legal, en la forma que señale la dirección del colegio.Renta por persona Porcentaje cubierto 0 a 100 € 90% 101 a 200 € 70% 201 a 300 € 60% 301 a 400 € 50% 401 a 500 € 40% 501 € en adelante 30%
- Porcentaje del precio del comedor según la renta por persona de la unidad familiar
- Qué cubre
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- Parte del precio del comedor escolar durante el periodo lectivo del curso 2026-2027
- La beca dura todo el curso escolar
- Requisitos
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- Los padres o tutores encargados de la guarda del alumno están empadronados en Pinseque
- El alumno está matriculado en el colegio público de Infantil y Primaria de Pinseque para el curso 2026-2027
- El alumno hace uso del comedor escolar
- El alumno no presenta absentismo escolar
- Los ingresos de tu unidad familiar en 2025 no superan los 18.000€ anuales
- Presentas toda la documentación exigida junto con la solicitud, en tiempo y forma
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Matricula al alumno en el colegio público de Pinseque
- El alumno debe asistir con regularidad a clase salvo causa justificada
- El alumno debe usar el servicio de comedor escolar durante el curso, salvo circunstancias personales o familiares sobrevenidas que lo impidan y estén debidamente justificadas
- Permite las comprobaciones y el seguimiento que el Ayuntamiento considere sobre el uso de la ayuda
- Mantente al corriente del pago de la parte del comedor que no está becada
- Cuándo
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- Abre: Consulta directamente con la administración
- Último día: 21 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tu hijo cursa Educación Infantil o Primaria en el colegio público de Pinseque
- Estás empadronado en Pinseque como padre, madre o tutor legal
- Tu hijo va a usar el comedor escolar durante el curso 2026-2027
- Los ingresos de tu unidad familiar en 2025 no superaron los 18.000€
- Quieres que el Ayuntamiento pague parte del precio del comedor
- Los ingresos de tu unidad familiar en 2025 superaron los 18.000€
- Los padres o tutores no estáis empadronados en Pinseque
- Tu hijo no está matriculado en el colegio público de Pinseque
- Tu hijo no va a hacer uso del comedor escolar
- Ya tienes otra ayuda de comedor con la misma finalidad
- Tu hijo presenta absentismo escolar
Cuánto puedes recibir
Recibes un porcentaje del precio del comedor escolar que depende de la renta por persona de tu unidad familiar: va del 90% en el tramo más bajo al 30% en el más alto. El resto del precio lo pagas tú en la forma que indique la dirección del colegio. El Ayuntamiento paga directamente al colegio público: los meses de septiembre a diciembre de 2026 se abonan una vez resuelta la convocatoria y la parte de 2027 se hace en dos pagos.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación económica y familiar exigida, en original o copia compulsada
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Rellena los anexos de la convocatoria a máquina o con letra mayúscula y clara
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Presenta una solicitud por cada alumno en el Registro General del Ayuntamiento de Pinseque, en la Plaza de España
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Consulta la propuesta de resolución provisional en el tablón de anuncios del Ayuntamiento
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Presenta alegaciones en los diez días hábiles siguientes si no estás de acuerdo con la propuesta
Documentación necesaria
- Instancia de solicitud (Anexo I)
- Datos personales y familiares (Anexo II)
- Fotocopia compulsada del documento de identidad, pasaporte o permiso de residencia en vigor de todos los miembros de la unidad familiar
- Volante colectivo de empadronamiento, que expide el propio Ayuntamiento
- Copia compulsada de la declaración de la renta de 2025 de todos los miembros de la unidad familiar (no se admite el borrador)
- Declaración responsable de ingresos (Anexo III) y certificado negativo de la Agencia Tributaria, si no presentaste la declaración de la renta
- Declaración responsable (Anexo IV)
- Fotocopia compulsada del libro de familia completo o certificado de nacimiento, o documentación que justifique la tutela o el acogimiento
- Fotocopia compulsada del certificado de discapacidad de grado igual o superior al 33%, si algún miembro de la unidad familiar lo tiene
- Documentación que acredite la separación, el divorcio o la viudedad, si es tu caso
- Cualquier otro documento que agrave o modifique la situación familiar