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Ayudas Claras
Ayudas Gran Canaria Educación
Educación Gran Canaria Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas escolares en Ingenio para el curso 2026/2027

Ayuda municipal para libros, material escolar y material TIC del curso 2026/2027.

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Ingenio para equipamiento escolar, deportivo y material TIC de estudiantes.
Para quién
Familias del municipio de Ingenio con hijos escolarizados en 6º de Primaria, ESO, FP Básica, Bachillerato o ciclos formativos, y estudiantes mayores de 18 años.
Cuánto
150 € para cada uno de los 150 beneficiarios previstos: 100 € en gastos corrientes y 50 € en material TIC; hasta 225 € si no se llega a 150 solicitudes
Qué cubre
  • Equipamiento escolar: libros de texto, material escolar y material didáctico
  • Equipamiento deportivo, instrumentos e indumentaria de las ramas profesionales y transporte

    El equipamiento deportivo son ropa y calzado. El transporte solo se cubre en ciclos formativos que no se estudien en el municipio o cuando no hayas obtenido plaza en los institutos del municipio.

  • Material TIC: hardware básico para estudiar

    Tabletas, impresoras, ordenadores, monitor de ordenadores, placa base, procesador (CPU), memoria, disco duro o SSD, tarjeta gráfica, teclado, ratón, auriculares, altavoces, micrófono, cámara web, escáner informático, pendrive, CD ROM, módem y proyector.

Requisitos
  • Los ingresos de tu unidad familiar no superan el umbral de renta fijado
    Nº miembrosPorcentaje IPREMValor IPREMTotal
    Solicitante130%600,00780,00
    Solicitante +1200%600,001.200,00
    Solicitante +2210%600,001.260,00
    Solicitante +3225%600,001.350,00
    Solicitante +4240%600,001.440,00
    Solicitante +5255%600,001.530,00
    Solicitante +6270%600,001.620,00
    Se suman todos los ingresos netos de los integrantes de la unidad familiar que conviven en el domicilio.
  • Toda tu unidad familiar está empadronada en Ingenio con una antigüedad mínima de tres meses (salvo casos de violencia de género)
  • Cursas 6º de Primaria, ESO, FP Básica, Bachillerato o un ciclo formativo
  • No superas los 25 años de edad
  • Estás matriculado en un centro público del municipio o de la isla y has pagado la matrícula del curso 2026/2027
  • No presentas absentismo escolar
  • Has justificado las ayudas o becas que el ayuntamiento te concedió antes
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Justifica la ayuda antes del 21 de junio de 2027, fin del periodo escolar
  • Presenta por registro de entrada las facturas originales de los gastos
  • Las facturas deben ser de gastos hechos entre el 1 de septiembre de 2026 y el 21 de junio de 2027
  • Cada factura debe llevar identificado al representante legal del menor, fecha de emisión, número, proveedor, concepto, importe y fecha de pago
  • Destina la ayuda a equipamiento escolar y material TIC de los descritos en las bases
  • Asiste con normalidad a clase en el curso 2026/2027; el ayuntamiento también comprobará tu asistencia en el curso 2025/2026
  • Comunica al ayuntamiento cualquier cambio en las condiciones que se tuvieron en cuenta y cualquier otra beca o ayuda que recibas para el mismo fin
  • Devuelve la parte de la ayuda que no justifiques con facturas
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tu hijo o hija cursa 6º de Primaria, ESO o FP Básica este curso
  • Estudias Bachillerato o un ciclo formativo de grado medio o superior
  • Vas a comprar libros de texto, material escolar o material didáctico
  • Necesitas una tableta, un ordenador o una impresora para estudiar
  • Los ingresos de tu unidad familiar están dentro de los umbrales del baremo
  • Cursas un ciclo formativo fuera del municipio y pagas transporte
  • Superas los 25 años de edad
  • Tu unidad familiar no lleva al menos tres meses empadronada en Ingenio
  • Cursas estudios distintos de los recogidos en la convocatoria
  • Los ingresos de tu unidad familiar superan el umbral de renta del baremo
  • Presentas absentismo escolar
  • No estás al día con Hacienda, la Seguridad Social o el ayuntamiento
  • No justificaste ayudas o becas que el Ayuntamiento de Ingenio te concedió antes
  • Recibes otra ayuda pública o privada para la misma finalidad
  • Tu puntuación queda fuera de las 150 solicitudes mejor valoradas

Cuánto puedes recibir

La convocatoria está prevista para 150 beneficiarios, que optan a una ayuda de ciento cincuenta euros (150,00 €) cada uno: 100,00 € para gastos corrientes (libros de texto, material escolar y didáctico, equipamiento deportivo, instrumentos e indumentaria de las ramas profesionales y transporte en ciclos formativos) y 50,00 € para material TIC. Si no se alcanzan las 150 solicitudes, el importe se incrementa proporcionalmente sin superar en ningún caso la cuantía de doscientos veinticinco euros (225,00 €) a conceder a cada uno de los beneficiarios: 150,00 € para gastos corrientes y 75,00 € para inversión. La comisión de valoración propone la concesión a los ciento cincuenta (150) solicitantes con mayor puntuación en el baremo. Una vez resuelta la convocatoria se libra el 100 % de la subvención concedida, en un solo pago por transferencia a la cuenta bancaria que hayas indicado. Si justificas gastos por debajo de la ayuda concedida, devuelves la parte no ejecutada.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Descarga la solicitud y los anexos en la página web del ayuntamiento o recógelos impresos en las oficinas de registro

  2. Reúne la documentación de tu unidad familiar y los justificantes de ingresos

  3. Presenta la solicitud en la sede electrónica del ayuntamiento con DNI o certificado electrónico, o en los registros municipales con cita previa

  4. Subsana en diez días hábiles si te reclaman documentación incompleta

  5. Consulta la propuesta provisional en el tablón de anuncios y la web municipal y alega en el plazo de diez días

  6. Justifica los gastos con las facturas originales antes del 21 de junio de 2027

Documentación necesaria

  • Solicitud en el modelo establecido para la convocatoria
  • Declaración jurada (Anexo II)
  • Documento de alta a terceros cumplimentado y sellado por la entidad bancaria, con el IBAN de una cuenta de la que seas titular o cotitular
  • Fotocopia del documento nacional de identidad en vigor de los miembros de la unidad familiar que lo tengan; para extranjeros, tarjeta de residente, de asilo o refugio u otro documento que permita la estancia legal
  • Fotocopia del libro de familia
  • En caso de separación o divorcio, sentencia judicial o documento que acredite quién ostenta la representación legal del menor
  • Certificado de vida laboral de los miembros de la unidad familiar mayores de 18 años
  • Documentación que acredite estar matriculado y el pago de la matrícula del curso académico
  • Justificante de los ingresos mensuales de la unidad familiar: dos últimas nóminas si trabajas por cuenta ajena
  • Autónomos: modelos 130 o 131 del año fiscal en curso con el rendimiento neto de la actividad y declaración de la renta del último ejercicio
  • En desempleo: certificado del Servicio Canario de Empleo con el importe percibido, o certificado negativo del Servicio Público de Empleo Estatal y tarjeta de demandante de empleo
  • Certificado de pensiones, certificado de la Prestación Canaria de Inserción o copia de la resolución del Ingreso Mínimo Vital, según el caso
  • Título de familia numerosa vigente, si procede
  • Certificado del grado de discapacidad emitido por el organismo correspondiente, si procede
  • Declaración jurada de vulnerabilidad o precariedad económica, si te encuentras en esa situación

Preguntas frecuentes

¿Cuántas ayudas se reparten?
La comisión de valoración propone conceder la ayuda a los ciento cincuenta (150) solicitantes que hayan obtenido la mayor puntuación.
¿Cómo se decide quién la recibe?
Se puntúa según los ingresos de la unidad familiar en relación con el IPREM y la situación familiar: familia numerosa especial 4 puntos, familia numerosa general 3 puntos, familia con dos hijos 2 puntos, familia monoparental 1,5 puntos y familia con un hijo 1 punto. La discapacidad del alumno suma 3 puntos si es igual o superior al 65% y 2,5 puntos entre el 33% y el 65%.
¿Tengo que presentar una solicitud por cada hijo?
No. Si pides ayuda para varios miembros de la unidad familiar, rellena los datos de cada alumno en una única solicitud y haz un solo registro con toda la documentación exigida.
¿Qué pasa si presento la documentación incompleta?
El servicio que tramita las subvenciones te concederá diez días hábiles para subsanarla. Si no rectificas en ese plazo, se entiende que desistes y el expediente se archiva de oficio.
¿Cuánto tardan en resolver?
El plazo máximo para resolver, notificar y publicar es de seis meses desde que termina el plazo de presentación de solicitudes. Si pasa ese plazo sin notificación, la solicitud se entiende denegada.

Fuentes oficiales

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