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Ayudas Claras
Subvenciones Córdoba Prestaciones
Prestaciones Córdoba Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones a asociaciones de La Rambla para actividades

Hasta el 75% del coste de la actividad para asociaciones y clubes de La Rambla

Lo que significa

Qué es
Subvención en régimen de concurrencia competitiva del Ayuntamiento de La Rambla para proyectos de actividades de entidades y personas.
Para quién
Asociaciones culturales, entidades sin ánimo de lucro, clubes y asociaciones deportivas, y personas físicas.
Cuánto
Hasta el 75% del coste de la actividad
Qué cubre
  • Solo gastos corrientes de proyectos de utilidad pública o interés social realizados durante 2026
  • Gastos de personal del proyecto
  • Gastos de material
  • Otros gastos corrientes previstos en el presupuesto del proyecto
  • Quedan excluidos: catering, comidas o cenas, gastos tributarios y financieros, y gratificaciones al personal
Requisitos
  • Tu entidad está inscrita en el registro que le corresponde

    Asociaciones y entidades: alta en el Registro Municipal de Asociaciones de La Rambla. Clubes deportivos: inscripción en el registro correspondiente de la Administración Autonómica.

  • Presentas un proyecto de actividades para realizar durante 2026
  • Indicas la línea de subvenciones a la que te presentas

    Cooperación y Solidaridad Países Subdesarrollados; Bienestar Social, transferencias a instituciones sin ánimo de lucro; Asociaciones Culturales; Personas, Clubs y Asociaciones Deportivas.

  • La financiación que solicitas no supera el 75% del coste de la actividad
  • Acreditas en el proyecto la repercusión que tiene en la actividad municipal y su interés público y social
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Ejecuta el proyecto de actividades conforme a lo que presentaste en la solicitud
  • Presenta la justificación en los tres meses siguientes a la finalización de la actividad, con fecha máxima el 31 de marzo de 2027
  • Entrega una memoria firmada por tu representante legal con las actividades realizadas y los resultados obtenidos
  • Justifica los gastos con facturas del año 2026: no sirven los tickets
  • Incluye el escudo municipal en el material de difusión para acreditar el patrocinio del Ayuntamiento
  • Declara los otros ingresos o subvenciones que hayan financiado el proyecto, indicando importe y procedencia
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tu asociación está inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones de La Rambla
  • Vas a realizar un proyecto de actividades durante 2026
  • Tu club deportivo está inscrito en el registro de la administración autonómica
  • Tu entidad sin ánimo de lucro trabaja en bienestar social
  • Tu entidad desarrolla actividades culturales o de cooperación y solidaridad
  • Presentas la solicitud fuera del plazo de 10 días hábiles
  • Tu asociación no está inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones
  • Pides financiar más del 75% del coste de la actividad
  • No estás al corriente con Hacienda, la Seguridad Social o el Ayuntamiento
  • Tu proyecto no encaja en ninguna de las líneas de subvención convocadas

Cuánto puedes recibir

En la solicitud indicas el importe que pides, y la subvención municipal no puede superar el 75% del coste de la actividad. Es compatible con otras ayudas para la misma finalidad, pero la subvención municipal junto con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos no puede alcanzar ni superar el 100% del coste de la actividad. La cuantía definitiva se fija en la resolución, después de que la Comisión de Valoración evalúe los proyectos presentados y aplique los criterios de valoración.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Prepara el proyecto de actividades a realizar en 2026 y el presupuesto detallado de gastos e ingresos

  2. Reúne la documentación de tu entidad y los certificados de estar al corriente de tus obligaciones

  3. Marca en la solicitud la línea de subvenciones a la que optas

  4. Presenta la solicitud telemáticamente en la sede electrónica del Ayuntamiento dentro de los 10 días hábiles

  5. Subsana los defectos en un plazo máximo de 10 días hábiles si el Ayuntamiento te lo requiere

  6. Consulta la propuesta de resolución provisional en el tablón de anuncios y presenta alegaciones en 10 días hábiles si lo necesitas

Documentación necesaria

  • Proyecto exhaustivo de las actividades a realizar (Anexo I)
  • Presupuesto detallado con los gastos y los ingresos previstos (Anexo II)
  • Declaración responsable de que no se prevén ingresos, cuando sea el caso
  • Fotocopia del DNI de la persona solicitante o de quien ostente la representación legal de la entidad
  • Fotocopia del acta de elección del representante legal de la entidad
  • Fotocopia del CIF de la asociación o entidad solicitante
  • Acreditación de no estar la entidad incursa en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario (Anexo III)
  • Fotocopia del alta en el Registro Municipal de Asociaciones de La Rambla o, para clubes deportivos, de la inscripción en el registro autonómico
  • Indicación de la línea de subvenciones a la que se opta
  • Certificado de titularidad de la cuenta bancaria o instancia de datos bancarios firmada y sellada por el banco
  • Certificados de estar al corriente con Hacienda, la Seguridad Social y el Ayuntamiento de La Rambla

Preguntas frecuentes

¿Cómo presento la solicitud?
Se presenta telemáticamente a través de la sede electrónica del Ayuntamiento o por cualquier otro medio electrónico. También puedes usar cualquiera de las formas de presentación previstas para las administraciones públicas.
¿Qué pasa si a mi solicitud le falta algo?
El Ayuntamiento te requerirá para que la subsanes en un plazo máximo de 10 días hábiles. Si no lo haces, se te tendrá por desistido de tu solicitud.
¿Puedo hacer algo si me proponen menos dinero del que pedí?
Sí. Desde que se publica la propuesta de resolución provisional tienes 10 días hábiles para presentar alegaciones o para reformular tu solicitud, ajustando los compromisos y las condiciones a la subvención otorgable.
¿Tengo que aportar los certificados de Hacienda y Seguridad Social?
Si la ayuda no supera los 3.000,00 euros puedes sustituirlos por una declaración responsable, según el modelo adjunto en la convocatoria.
¿Cómo me entero de las resoluciones?
La notificación individual se sustituye por la publicación en el tablón de edictos municipal y en la sede electrónica, tanto para la subsanación como para la resolución provisional, la definitiva y la aprobación de la justificación.

Fuentes oficiales

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