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Ayudas Claras
Ayudas Barcelona Educación
Educación Barcelona Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas para libros y material escolar en Cardona

Ayuda municipal para libros, material escolar y cuota AMPA del curso 2026/2027

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Cardona para libros de texto, material escolar, libro verde y cuota del AMPA
Para quién
Familias con niños escolarizados de P3 a 4º de ESO en centros educativos de Cardona
Cuánto
  • El Ayuntamiento cofinancia un porcentaje del gasto según la puntuación que obtenga tu unidad familiar
    Puntuación obtenidaPorcentaje que cofinancia el Ayuntamiento
    De 3 a 4,5 puntos30%
    De 4,6 a 6,5 puntos50%
    De 6,6 a 8,5 puntos75%
    Superior a 8,5 puntos95%
    La cuantía máxima de cada ayuda individual la fija la convocatoria anual y puede reducirse en función del crédito disponible y de las solicitudes presentadas.
Qué cubre
  • Cuotas de reutilización de libros o del libro verde
  • Adquisición de libros de texto y material escolar
  • Cuota del AMPA del centro
Requisitos
  • Tu hijo tiene entre 3 y 16 años y está empadronado en Cardona
  • Tu hijo está matriculado en un centro educativo del municipio durante el curso
  • Los ingresos netos mensuales de tu unidad de convivencia no superan el máximo fijado
    Composición de la unidad de convivenciaRenta disponible máxima mensual
    Un miembroIRSC
    Dos miembrosIRSC x 1,3
    Tres miembrosIRSC x 1,6
    Cuatro miembrosIRSC x 1,9
    Cinco miembrosIRSC x 2,2
    Seis miembrosIRSC x 2,5
    IRSC: valor del indicador de renta de suficiencia de Cataluña. Para calcular la renta disponible se descuentan los gastos de vivienda habitual de los últimos 6 meses, con un límite máximo deducible de 350,00 euros mensuales.
  • Tu unidad familiar está en situación de riesgo o vulnerabilidad social o económica
  • Presentas la solicitud en el plazo y la forma indicados
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Justifica la subvención antes del 30 de noviembre del año en curso
  • Presenta el recibo de pago del material escolar, los libros, el libro verde o la cuota del AMPA
  • Aporta facturas originales que reúnan todos los requisitos exigibles
  • Mantente al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • Sométete a las actuaciones de comprobación y control financiero del Ayuntamiento
  • Conserva los documentos justificativos durante al menos 6 años desde que acaba el plazo de justificación
Cuándo
  • Abre: 24 de agosto de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 25 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tienes un hijo escolarizado de P3 a 4º de ESO en Cardona
  • Tu hijo tiene entre 3 y 16 años y está empadronado en Cardona
  • Pagas libros de texto o material escolar del curso
  • Pagas la cuota de reutilización o del libro verde del centro
  • Pagas la cuota del AMPA del centro educativo
  • Tu familia está en situación de vulnerabilidad social o económica
  • Tu hijo cursa bachillerato u otros estudios postobligatorios
  • Tu hijo está en un centro de la etapa de 0 a 3 años
  • Tu hijo estudia en un centro educativo fuera de Cardona
  • Los ingresos de tu unidad de convivencia superan el máximo mensual fijado
  • Presentas la solicitud fuera del plazo establecido

Cuánto puedes recibir

El Ayuntamiento cubre un porcentaje del gasto escolar según la puntuación que obtenga tu unidad familiar: va del 30% con la puntuación más baja hasta el 95% con la más alta. La puntuación combina la valoración económica, que pesa un 70%, y la valoración social, que pesa el 30% restante. La cuantía máxima de cada ayuda individual la fija la convocatoria anual y puede reducirse según el crédito disponible y las solicitudes presentadas. El pago se hace de una sola vez, después de presentar los justificantes.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación que acredita la situación económica y social de tu unidad de convivencia

  2. Rellena el modelo normalizado de solicitud, disponible en Servicios Sociales

  3. Presenta la solicitud con la documentación en el Registro del Área de Servicios Sociales

  4. Corrige la documentación en diez días hábiles si el Ayuntamiento te lo requiere

  5. Justifica el gasto con los recibos y las facturas antes del 30 de noviembre

Documentación necesaria

  • Solicitud de la prestación según modelo normalizado, debidamente cumplimentada
  • Documento de identificación del solicitante
  • Justificantes de todos los ingresos de los miembros de la unidad de convivencia de los últimos 6 meses
  • Declaración jurada de ingresos de la unidad familiar, si no dispones de los justificantes
  • Declaración responsable sobre otras ayudas recibidas para el mismo destino, justificaciones pendientes y bienes en propiedad
  • Documento de domiciliación bancaria o acreditativo de los datos bancarios
  • Certificado de discapacidad, en su caso
  • Documentación acreditativa de familia numerosa o monoparental, en su caso
  • Convenio regulador en caso de separación o denuncia de incumplimiento de la pensión de alimentos, en su caso
  • Fotocopia del DNI del representante legal y documentación que acredite su condición, si presenta la solicitud en tu nombre

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si presento la documentación incompleta o con errores?
El Ayuntamiento te requerirá para que la corrijas en un plazo de diez días hábiles a partir del día siguiente a la notificación. Si no lo haces, se entiende que desistes de la solicitud.
¿Cuándo sabré si me han concedido la ayuda?
El plazo para otorgar las subvenciones es como máximo de tres meses desde la fecha de cierre del período de presentación de solicitudes. La concesión se notifica en un plazo máximo de 10 días desde que se aprueba la resolución.
¿Puedo pedirla si mi hijo estudia bachillerato o va a una escuela de 0 a 3 años?
No. Quedan excluidos los estudios postobligatorios y los centros educativos que prestan servicio en la etapa de 0 a 3 años.
¿Tengo que aceptar la subvención de forma expresa?
No hace falta un trámite adicional: si en el plazo de un mes desde que recibes el acuerdo de concesión no manifiestas ninguna objeción, se entiende que la aceptas sin reservas.
¿Qué ocurre si no justifico el gasto correctamente?
Se te comunicará que subsanes las anomalías en un plazo improrrogable de diez días hábiles. Si no lo haces, la subvención puede revocarse o reducirse, con obligación de devolver el dinero si ya te lo habían pagado.

Fuentes oficiales

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