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Ayudas Claras
Ayudas Ourense Educación
Educación Ourense Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas para libros y material escolar en Sandiás

Hasta 60€ para libros y material escolar del curso 2026/2027 en Sandiás

Lo que significa

Qué es
Subvención municipal por concurrencia para comprar libros de texto y material escolar, convocada por el Ayuntamiento de Sandiás.
Para quién
Familias de Sandiás con hijos matriculados en el segundo ciclo de educación infantil o en primaria del centro público del municipio durante el curso 2026/2027.
Cuánto
Como máximo 60€, en función de las solicitudes presentadas y hasta agotar el crédito
Qué cubre
  • Libros de texto del curso 2026/2027
  • Material escolar del curso 2026/2027
Requisitos
  • El alumno está empadronado en Sandiás antes de que acabe el plazo de solicitudes
  • El alumno está matriculado en infantil o primaria del centro público de Sandiás
  • Comunicas al Ayuntamiento si obtienes otras ayudas para la misma finalidad
  • Estás al corriente en el pago de todos los tributos y tasas municipales
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Destina el dinero recibido a la compra de libros o material escolar
  • Cumple todas las normas establecidas en la convocatoria
  • Responde de la veracidad de los datos que has puesto en la solicitud
  • Comunica al Ayuntamiento cualquier cambio en la situación de la persona beneficiaria o de su unidad de convivencia
  • Justifica el gasto con la factura original, como máximo el 27 de noviembre de 2026
  • Facilita la información que te pidan en las comprobaciones y el seguimiento de la ayuda
Fechas estimadas
  • Abre: 5 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 21 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tu hijo o hija está matriculado en el centro público de Sandiás
  • Cursa segundo ciclo de educación infantil o primaria en 2026/2027
  • El alumno está empadronado en el Ayuntamiento de Sandiás
  • Estás al corriente en el pago de los tributos y tasas municipales
  • Has pagado libros de texto o material escolar y conservas la factura
  • El alumno no está empadronado en Sandiás
  • El alumno no está matriculado en el centro público de Sandiás
  • El alumno cursa un nivel distinto de infantil o primaria
  • Presentas la solicitud fuera del plazo establecido
  • No aportas la documentación que te piden
  • Recibes otras ayudas para el mismo gasto que superan el 100% del coste

Cuánto puedes recibir

Recibes como máximo 60€. El Ayuntamiento reparte el crédito entre todas las solicitudes que cumplen los requisitos, hasta agotarlo y respetando ese límite máximo. El pago se hace por transferencia bancaria una vez aprobada definitivamente la concesión y después de justificar el gasto; no se hacen pagos a cuenta.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación que pide la convocatoria

  2. Rellena y firma el modelo de solicitud que facilita el Ayuntamiento

  3. Presenta la solicitud en el Registro General del Ayuntamiento de Sandiás dentro de los 15 días naturales siguientes a la publicación

  4. Corrige o completa la solicitud en diez días si el Ayuntamiento te lo pide

  5. Espera la resolución, que se dicta en un plazo máximo de tres meses desde el fin del plazo de solicitudes

  6. Presenta la factura original del gasto para justificar la ayuda, como máximo el 27 de noviembre de 2026

Documentación necesaria

  • Modelo de solicitud cubierto y firmado (Anexo I)
  • Certificado o informe del centro escolar que indique el curso en el que está matriculado el alumno
  • Certificado o informe del centro escolar sobre las ayudas recibidas y su cuantía, o de que no ha recibido ninguna
  • Fotocopia del DNI del solicitante: padre, madre, tutor o persona adjudicataria en acogimiento familiar
  • Fotocopia del libro de familia
  • Certificado de empadronamiento del alumno
  • Declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento, Hacienda, la Xunta y la Seguridad Social (Anexo II)
  • Declaración responsable del cumplimiento de la finalidad y de otras ayudas para el mismo concepto (Anexo III)
  • Factura original del gasto realizado, para la justificación
  • Declaración formal de todas las ayudas solicitadas y concedidas para la misma finalidad

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedirla si ya recibo otra ayuda para los mismos libros?
Sí. Es compatible con cualquier otra ayuda pública o privada para la misma finalidad, siempre que entre todas no superen el 100% del gasto. Si lo superan, tienes que comunicarlo o devolver lo concedido por el Ayuntamiento.
¿Qué pasa si mi solicitud está incompleta?
El Ayuntamiento te avisará para que subsanes la falta o aportes los documentos que faltan en un plazo de diez días. Si no lo haces, se entiende que desistes de tu petición.
¿Hasta cuándo tengo para justificar la ayuda?
Hasta el 27 de noviembre de 2026, presentando la factura original del gasto. Si justificas menos del importe concedido, la ayuda se reduce hasta el importe que hayas justificado.
¿Qué pasa si no me notifican la resolución a tiempo?
La resolución no puede tardar más de tres meses desde que acaba el plazo de presentación de solicitudes. Si pasa ese plazo sin notificación, puedes entender denegada tu solicitud por silencio administrativo.
¿Tengo que aceptar la subvención de forma expresa?
No. Se entiende aceptada si en los 10 días siguientes a la comunicación de la concesión no manifiestas nada en contra.

Fuentes oficiales

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