Ayuda a familias por guardería privada en Vila-seca
Subvención municipal para las cuotas de guardería privada en Vila-seca
Lo que significa
- Qué es
- Subvención del Ayuntamiento de Vila-seca para el gasto de las cuotas de las guarderías privadas del municipio.
- Para quién
- Familias de Vila-seca con hijos escolarizados en guarderías de titularidad privada del municipio.
- Cuánto
- Consulta directamente con la administración
- Qué cubre
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- Las cuotas mensuales de la guardería privada de Vila-seca donde está escolarizado tu hijo
- Solo el nivel educativo de primer ciclo de educación infantil
- Requisitos
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- Al menos un miembro de tu unidad familiar lleva un año empadronado en Vila-seca
- Tienes uno o más hijos escolarizados en una guardería privada del municipio durante el curso en vigor
- La guardería está autorizada por el Departamento de Educación de la Generalitat de Cataluña
- La renta de tu unidad familiar del año anterior no supera el límite máximo fijado en las bases
- Si eres familia numerosa o monoparental, acreditas el título vigente durante todo el curso escolar
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Mantente al corriente de tus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento
- Mantente al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
- Sométete a las comprobaciones y al control financiero de la Intervención General municipal
- Aporta toda la información que te pidan sobre la subvención concedida
- Acredita que sigues cumpliendo los requisitos y condiciones que motivaron la concesión
- Cuándo
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- Abre: 1 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 31 de agosto de 2027 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tienes uno o más hijos escolarizados en una guardería privada de Vila-seca
- Algún miembro de tu unidad familiar lleva un año empadronado en Vila-seca
- Pagas cuotas mensuales por el primer ciclo de educación infantil
- La guardería está autorizada por el Departamento de Educación de la Generalitat
- Eres familia numerosa o monoparental con título vigente todo el curso
- La guardería de tu hijo está fuera del municipio de Vila-seca
- Ningún miembro de tu unidad familiar está empadronado en Vila-seca
- El empadronamiento tiene menos de un año al presentar la solicitud
- La renta de tu unidad familiar del año anterior supera el límite fijado
- Tu hijo no cursa el primer ciclo de educación infantil
Cuánto puedes recibir
La convocatoria no fija un importe por familia: la cuantía de la concesión es la prevista en el Anexo I de las bases reguladoras del Ayuntamiento de Vila-seca. Las ayudas se conceden hasta agotar la partida presupuestaria y se tiene en cuenta el orden de registro de entrada de las solicitudes. Consulta directamente con la administración el importe que te corresponde.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación de todos los miembros de tu unidad familiar o de convivencia
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Pide a la guardería el certificado que acredita la escolarización de tu hijo
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Firma la solicitud y preséntala en la sede electrónica del Ayuntamiento o en la Oficina de Atención al Ciudadano
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Si te lo requieren, subsana la solicitud en el plazo máximo e improrrogable de diez días
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Acepta por escrito la subvención en el plazo de 10 días desde su concesión
Documentación necesaria
- DNI o NIE de todos los miembros de la unidad familiar o de convivencia
- Certificado de la guardería privada que justifique la escolarización, los servicios matriculados y el periodo del curso
- Última declaración de la renta de los miembros con ingresos, o el negativo de Hacienda de la unidad familiar
- Nóminas, certificados de prestaciones o subsidios u otra documentación de ingresos, si no puedes aportar la declaración de la renta
- Declaración responsable de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social y de no tener prohibida la obtención de subvenciones
- Declaración responsable sobre otras subvenciones o ayudas solicitadas u obtenidas para el mismo objeto y entidades que las conceden
- Autorización de transferencia según el modelo de tesorería que te facilitarán
- Título de familia numerosa o monoparental vigente, si es tu caso
- Certificaciones correspondientes si no autorizas al Ayuntamiento a consultar tus datos