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Ayudas Claras
Subvenciones Alicante Comercio y turismo
Comercio y turismo Alicante Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Bono Consumo San Fulgencio 2026 para vecinos y comercios

Bonos de 20€ para comprar en comercios de San Fulgencio, hasta seis por persona

Lo que significa

Qué es
Campaña municipal de bonos consumo: subvención en especie del Ayuntamiento de San Fulgencio para gastar en comercios locales adheridos.
Para quién
Vecinos mayores de edad de San Fulgencio y los comercios y establecimientos del municipio que se adhieran a la campaña.
Cuánto
  • Cada bono vale 20€ y puedes solicitar hasta seis bonos por persona
    Bonos que canjeasCompra mínima por tique o factura
    1 bono40€
    2 bonos80€
    3 bonos120€
    4 bonos160€
    5 bonos200€
    6 bonos240€
    Siguiendo esta proporción se puede acumular un máximo de 12 bonos en una misma compra, identificando siempre a las personas beneficiarias.
Qué cubre
  • Compras y consumo en comercios y establecimientos de San Fulgencio adheridos a la campaña

    El anexo I de la convocatoria detalla los epígrafes del IAE admitidos: comercio al por menor de productos alimenticios y bebidas en establecimiento permanente (agrupación 64, salvo el epígrafe 646 de labores de tabaco y artículos de fumador); comercio al por menor de productos industriales no alimenticios (agrupación 65, con exclusiones como vehículos o combustibles); servicio de alimentación (agrupación 67, salvo los grupos 674 y 677); reparaciones (agrupación 69); y sanidad y servicios veterinarios (agrupación 94, salvo hospitales, clínicas y sanatorios de medicina humana). Se incluyen además otros grupos, como peluquerías e institutos de belleza, lavanderías y tintorerías, servicios fotográficos, ópticos-optometristas y podólogos, enseñanza reglada, servicios de limpieza o alquiler de bienes inmuebles urbanos.

  • Los establecimientos adheridos cobran del Ayuntamiento el importe de los bonos que hayan canjeado
Requisitos
  • Tienes 18 años o más
  • Estás empadronado en San Fulgencio antes del 1 de septiembre de 2026
  • Si eres establecimiento, tienes el domicilio fiscal o el local de la actividad en San Fulgencio
  • Si eres establecimiento, estás dado de alta en la Seguridad Social
  • Tu establecimiento está dado de alta en uno de los epígrafes de actividad admitidos en la campaña

    Quedan excluidos el comercio en grandes almacenes, hipermercados y almacenes populares; el comercio fuera de un establecimiento permanente (ambulancia, mercadillos y mercados ocasionales o periódicos); el comercio mediante expositores en depósito y aparatos automáticos; el comercio por correo o catálogo; y las casas de apuestas y salas de juego.

  • Tu establecimiento tiene licencia de apertura de la actividad o ha presentado la declaración responsable
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Identifícate con tu DNI o NIE cada vez que uses un bono en un establecimiento
  • Canjea los bonos como máximo hasta el 13 de noviembre de 2026: después pierden su valor
  • Canjea los usos que reserves en un plazo de 21 días o el saldo vuelve a la bolsa pública
  • Si dejas sin canjear 40 euros o más, pueden sancionarte en próximas convocatorias por ese importe
  • Si tienes un establecimiento, escanea el bono en la aplicación y sube la foto del tique en el momento de la compra
  • Si tienes un establecimiento, informa a tus clientes de las condiciones de la campaña
Cuándo
  • Abre: 1 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 5 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tienes 18 años o más
  • Estás empadronado en San Fulgencio
  • Quieres descuentos al comprar en comercios del municipio
  • Tienes un comercio con local o domicilio fiscal en San Fulgencio
  • Tu establecimiento está dado de alta en un epígrafe incluido en la campaña
  • Eres menor de 18 años
  • Tu negocio es una comunidad de bienes o una sociedad civil
  • Tu establecimiento es un gran almacén, hipermercado o almacén popular
  • Vendes en mercadillos o fuera de un establecimiento comercial permanente
  • Tienes una casa de apuestas o una sala de juego

Cuánto puedes recibir

Cada bono-consumo vale 20€ y puedes solicitar hasta seis bonos si estás empadronado en San Fulgencio y tienes 18 años o más. Para canjear un bono necesitas una compra mínima de 40€ en el mismo tique o factura, y esa proporción se mantiene si acumulas varios bonos. Los bonos no se cambian por dinero en efectivo, así que su importe no se devuelve en ningún caso. Si al terminar la campaña queda crédito disponible, el Ayuntamiento puede ampliar el número de bonos por persona.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Consulta en la página web del Ayuntamiento y en sus redes sociales cuándo arranca la campaña

  2. Pide tus bonos en la plataforma que habilitará el Ayuntamiento

  3. Si tienes dificultades con la aplicación, solicítalos en los puntos de atención presencial

  4. Compra en un establecimiento adherido alcanzando el importe mínimo del tique

  5. Identifícate con tu DNI o NIE para que el establecimiento canjee tu bono

  6. Si tienes un establecimiento, presenta la solicitud de adhesión en el registro electrónico del Ayuntamiento

Documentación necesaria

  • Modelo de solicitud de adhesión, disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento
  • Declaración responsable sobre el cumplimiento de los requisitos para participar en la campaña
  • DNI o NIE del titular del establecimiento
  • Autorización del titular y DNI o NIE de la persona representante, si la solicitud la presenta otra persona

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir bonos si no estoy empadronado en San Fulgencio?
En principio no: hay que estar empadronado en el municipio antes del 1 de septiembre de 2026. Solo como excepción, si en la última semana del periodo de adquisición queda crédito disponible, se podría eliminar ese requisito.
¿Qué pasa si no llego a canjear los bonos?
Al terminar el plazo de la campaña los bonos pierden su valor y no se devuelve su importe en dinero. Además, quienes dejen sin canjear 40 euros o más pueden ser sancionados en próximas convocatorias por ese mismo importe.
¿Puedo usar varios bonos en una misma compra?
Sí, siempre que el tique o factura alcance el importe mínimo que corresponde a cada número de bonos. Se pueden acumular bonos de una misma persona o de varias, con un máximo de 12, identificando adecuadamente a cada beneficiario.
¿Pueden cambiar las fechas o suspenderse la campaña?
Sí. La emisión y el canje de bonos no empiezan hasta que exista crédito, y las fechas pueden variar; incluso puede dejarse sin efecto la convocatoria si no se cuenta con la cantidad necesaria, sin que ello genere derecho a indemnización.
¿Tengo que declarar los bonos que reciba?
La convocatoria indica que el tratamiento fiscal de los bonos lo determina la Agencia Tributaria y que no es competencia del Ayuntamiento de San Fulgencio.

Fuentes oficiales

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