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Ayudas Claras
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Educación Salamanca Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas de libros y material escolar para familias

Ayuda fija de 75€ por alumno para libros de texto y material escolar

Lo que significa

Qué es
Subvención en régimen de concurrencia del Ayuntamiento de Castellanos de Moriscos para comprar libros de texto y material escolar.
Para quién
Padres, madres o tutores legales de alumnos de segundo ciclo de educación infantil, primaria o secundaria obligatoria.
Cuánto
Cuantía fija de 75€ por alumno, sin superar el gasto justificado con factura
Qué cubre
  • Libros de texto y cuadernillos de trabajo que no cubra el Plan Releo Plus
  • Material de escritura y dibujo: cuadernos, folios, bolígrafos, lapiceros, rotuladores, pinturas y témperas
  • Otro material de clase: partituras, mapas, cartulinas, plastilina, carpetas, archivadores, compases y reglas
Requisitos
  • Ambos progenitores estáis empadronados en el mismo domicilio del municipio con al menos 3 meses de antigüedad
  • El alumno está empadronado en Castellanos de Moriscos con al menos 3 meses de antigüedad
  • El alumno cursa segundo ciclo de infantil, primaria o secundaria obligatoria en el curso 2026/2027
  • Ambos progenitores estáis al corriente de pago de las obligaciones tributarias con la Hacienda Municipal, la Agencia Tributaria y la Seguridad Social
  • Justificas la compra con factura del material o con certificado del AMPA a nombre del solicitante
  • Si estás separado o divorciado, aportas el convenio regulador o la sentencia judicial
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Presenta los impresos, documentos, declaraciones y justificaciones que te pida el ayuntamiento
  • Presenta las facturas que acreditan que cumples los requisitos y condiciones de la ayuda
  • Sométete a las actuaciones de comprobación y seguimiento que haga el ayuntamiento
  • Comunica cualquier cambio en las circunstancias y requisitos que te dieron derecho a la ayuda
  • Devuelve el dinero con intereses de demora si incumples estas obligaciones
Cuándo
  • Abre: 15 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 15 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres padre, madre o tutor legal de un alumno empadronado en Castellanos de Moriscos
  • Tu hijo cursa segundo ciclo de infantil, primaria o secundaria obligatoria en 2026/2027
  • Has comprado libros de texto o material escolar y conservas la factura
  • Tienes la custodia exclusiva o compartida del menor tras una separación o divorcio
  • En tu casa todos los mayores de 16 años están en situación de desempleo
  • El alumno o los progenitores no estáis empadronados en Castellanos de Moriscos con al menos 3 meses de antigüedad
  • Los libros que compras ya están subvencionados por el Plan Releo Plus
  • Recibes otra ayuda pública o privada para esta misma finalidad
  • Solo quieres financiar uniformes, mochilas, estuches o ropa deportiva
  • Buscas ayuda para ordenadores, impresoras, ebooks u otros dispositivos electrónicos
  • Hay otra solicitud por el mismo alumno y no acreditáis custodia compartida

Cuánto puedes recibir

Recibes una cuantía fija de 75€ por alumno. Nunca cobrarás más de lo que hayas gastado realmente en material subvencionable, según la factura o el certificado del AMPA que presentes. Las solicitudes se atienden por orden hasta agotar el crédito disponible. El pago se hace por transferencia bancaria a la cuenta que indiques en la solicitud.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne las facturas del material, el certificado colectivo de empadronamiento y el de titularidad bancaria

  2. Rellena y firma la solicitud del Anexo I de las bases, firmada por ambos progenitores salvo en los casos excepcionales

  3. Añade la documentación optativa si quieres puntuar mejor en el orden de reparto

  4. Presenta la solicitud entre el 15 de septiembre y el 15 de octubre de 2026 en el Registro General del ayuntamiento, con cita previa por teléfono, o en su sede electrónica

  5. Revisa la lista provisional en el tablón de edictos y en la web municipal, y subsana en diez días hábiles si te lo requieren

Documentación necesaria

  • Solicitud firmada según el modelo del Anexo I de las bases
  • Fotocopia del DNI de ambos progenitores o, en su caso, del solicitante
  • Fotocopia del libro de familia o documento equivalente
  • Factura justificativa de la compra del material o certificado expedido por el AMPA
  • Certificado colectivo de empadronamiento con los padres o tutores y el menor
  • Certificado de titularidad bancaria del solicitante
  • Copia del convenio regulador o de la sentencia judicial en caso de divorcio o separación
  • Opcional: tarjetas de inscripción de desempleado de los miembros mayores de 16 años
  • Opcional: tarjetas sanitarias o de mutualidades de todos los miembros de la unidad familiar
  • Opcional: declaración de la renta de los miembros computables de la unidad familiar

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedirla si ya recibo otra ayuda para los mismos libros?
No. Estas ayudas no son compatibles con otras subvenciones de cualquier otra administración pública o institución privada para la misma finalidad.
¿Qué pasa si mi expareja y yo pedimos la ayuda por el mismo hijo?
Con custodia compartida y ambos empadronados en el municipio podéis solicitarla los dos si cada uno asumió parte del gasto, sin que la suma supere el importe máximo por alumno. Si hay más de una solicitud por alumno y no acreditáis la custodia compartida, se deniegan todas.
¿Puedo corregir la solicitud si me falta un documento?
Sí. Si la solicitud está incompleta o no reúne los requisitos, te requerirán para subsanarla en un plazo máximo e improrrogable de diez días hábiles desde la publicación de la lista provisional. Si no lo haces, se archiva tu petición.
¿Cuánto tarda en resolverse?
La lista provisional de solicitudes se publica en un plazo máximo de treinta días naturales desde que termina el plazo de presentación. La resolución definitiva se publica como máximo tres meses después de esa misma fecha.
¿Qué ocurre si se agota el dinero antes de atender todas las solicitudes?
El crédito puede ampliarse sin necesidad de una nueva convocatoria. El reparto sigue este orden: primero las familias en las que todos los mayores de 16 años están en desempleo, después aquellas cuyos miembros tienen tarjeta sanitaria en el municipio y por último el resto, de menor a mayor renta per cápita.

Fuentes oficiales

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