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Ayudas Claras
Ayudas Albacete Educación
Educación Albacete Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas para material escolar en Albacete 2026/2027

Hasta 120€ en el segundo ciclo de Infantil y 80€ en Primaria para material escolar.

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Albacete para la compra de material escolar del alumnado.
Para quién
Padres, madres, tutores o representantes legales de alumnado de Infantil (2º ciclo), Primaria o Educación Especial en Albacete.
Cuánto
  • Importe máximo por alumno según la etapa educativa que curse
    Etapa educativaImporte máximo
    Educación infantil (2º ciclo)120 €
    Primaria80 €
    En educación especial se aplica el importe de la etapa y nivel en el que esté matriculado el alumno.
Qué cubre
  • Material escolar fungible: bolígrafos, folios, libretas, gomas, cuadernos o rotuladores
  • Instrumentos musicales para el desarrollo del curso
  • Materiales curriculares del segundo ciclo de Infantil y cuadernillos de un solo uso
Requisitos
  • El alumno cursa segundo ciclo de Infantil, Primaria o Educación Especial en un centro sostenido con fondos públicos de Albacete
  • La renta conjunta de tu unidad familiar no supera el límite que te corresponde
    Nº miembros unidad familiarLímite de renta total
    Hasta 460.000 €
    565.000 €
    6 o más70.000 €
    Se tiene en cuenta la suma de las rentas de todos los miembros en el ejercicio fiscal de 2025.
  • El alumno y uno de sus progenitores o tutores llevan empadronados en Albacete al menos seis meses
  • Ambos progenitores tienen DNI o NIE en vigor que acredite su identificación fiscal en España
  • El alumno nació entre el 1 de enero de 2015 y el 31 de diciembre de 2023; el alumnado que cumple 12 años en 2026 y cursa Primaria en 2026/2027 también entra, acreditándolo con un certificado del centro educativo
  • Compraste el material escolar a partir del 18 de junio de 2026
Obligaciones
  • Justifica el gasto al registrar la solicitud, presentando junto a ella las facturas
  • Presenta la hoja de relación de justificantes conforme al modelo oficial del Anexo II
  • Aporta una única factura por cada establecimiento comercial y por cada menor
  • Asegúrate de que cada factura lleva número, fecha, concepto, importe e identificación fiscal del emisor
  • Indica una cuenta bancaria en la que recibir la transferencia de la ayuda
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tu hijo cursa segundo ciclo de Infantil, Primaria o Educación Especial
  • El centro está sostenido con fondos públicos en Albacete o sus pedanías
  • Estáis empadronados en Albacete desde hace al menos seis meses
  • La renta de tu unidad familiar no supera el límite que te corresponde
  • Has comprado material escolar fungible a partir del 18 de junio de 2026
  • Conservas las facturas del material escolar comprado
  • Tu hijo cursa Secundaria, Bachillerato o Formación Profesional
  • El centro educativo no está sostenido con fondos públicos
  • No estáis empadronados en el municipio de Albacete
  • Las rentas de tu unidad familiar superan el límite que te corresponde
  • Solo tienes gastos de uniformes o ropa deportiva
  • Solo tienes gastos de material informático o electrónico

Cuánto puedes recibir

Recibes un pago único por cada hijo, con un máximo de 120€ si cursa el segundo ciclo de Infantil y de 80€ si cursa Primaria. En educación especial se aplica el importe de la etapa y nivel en el que esté matriculado. Las ayudas se conceden dando preferencia a las rentas per cápita más bajas, hasta agotar la partida presupuestaria. El pago se hace por transferencia a la cuenta bancaria que señales.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne las facturas del material escolar comprado desde el 18 de junio de 2026

  2. Cumplimenta la solicitud del modelo oficial (Anexo I) y la hoja de relación de justificantes (Anexo II)

  3. Firma la solicitud con ambos progenitores, salvo en familias monoparentales

  4. Presenta la solicitud en la sede electrónica del Ayuntamiento de Albacete o en su Registro General

  5. Revisa los listados provisionales y subsana tu solicitud o alega si hace falta

  6. Consulta los listados definitivos de personas beneficiarias

Documentación necesaria

  • Documento de identidad en vigor de ambos progenitores, representantes legales o tutores (uno solo en familias monoparentales)
  • Documentación identificativa de todos los miembros de la unidad familiar (libro de familia y certificados de nacimiento)
  • Facturas del material escolar
  • Hoja de relación de justificantes por ayudas de material escolar (Anexo II)
  • Ficha de terceros o certificado de titularidad de cuenta bancaria sellado por la entidad financiera
  • Poder de representación (Anexo III), si solo un progenitor firma electrónicamente
  • Última declaración de IRPF de la unidad familiar, solo si no autorizas su consulta
  • Volante de empadronamiento, solo si te opones a su consulta
  • Documento que acredite la situación de monoparentalidad, si es tu caso
  • Certificado de discapacidad expedido por la Administración competente, si procede
  • Certificado del centro educativo para el alumnado que cumple 12 años en 2026 y cursa Primaria

Preguntas frecuentes

¿Qué material escolar no puedo justificar?
Quedan excluidos los uniformes, la ropa deportiva, los dispositivos y el material informático o electrónico, y los productos de aseo personal como toallitas, pañuelos o papel higiénico.
¿Desde qué fecha valen las facturas?
Solo se admiten los gastos realizados entre el 18 de junio de 2026 y la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Cuenta la fecha que conste en la factura.
¿Cómo se decide quién recibe la ayuda si hay muchas solicitudes?
El único criterio es la renta per cápita de la unidad familiar: tienen preferencia las rentas más bajas, hasta agotar la partida presupuestaria. En caso de empate manda el orden de entrada en el Registro del Ayuntamiento.
¿Qué pasa si mi solicitud está incompleta?
Se publican listados provisionales de solicitudes completas, incompletas y excluidas. Desde el día hábil siguiente tienes diez días hábiles para subsanar o presentar alegaciones sobre la baremación.
¿Tienen que firmar la solicitud los dos progenitores?
Sí, salvo en familias monoparentales, donde basta la firma de la persona encargada del menor. Si solo uno dispone de certificado digital, hay que adjuntar el poder de representación del Anexo III.

Fuentes oficiales

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