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Ayudas Claras
Ayudas Guadalajara Cultura
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Subvención para casas regionales de Azuqueca de Henares

Ayuda municipal a las casas regionales de Azuqueca para sus actividades del año

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares para las actividades de las casas regionales del municipio.
Para quién
Asociaciones y federaciones culturales, gastronómicas o de otros ámbitos registradas como casas regionales en Azuqueca de Henares.
Cuánto
  • El importe depende de la puntuación obtenida en los criterios de valoración; la convocatoria no fija una cuantía cerrada por entidad
    Actividad subvencionableCoste
    Actividad gastronómica o musical en las fiestas de mayo y otra en las de septiembreMínimo 2.500€ y máximo 3.000€
    Certamen de Villancicos de las Casas Regionales, en el programa de navidadNo puede superar 2.500€ por asociación
    La cuantía que se otorga a cada entidad se determina según la puntuación obtenida en los criterios de valoración, dentro del crédito disponible. La convocatoria recoge literalmente «Asociaciones, 8.000€», sin aclarar si es el importe máximo por entidad o el total de esa línea, y fija en 24.000€ la cantidad máxima destinada a la convocatoria.
Qué cubre
  • Una actividad gastronómica o musical de tu comunidad en las fiestas de mayo y otra en las de septiembre, gratuita para toda la ciudadanía
  • Una actividad musical en el programa de navidad: el Certamen de Villancicos de las Casas Regionales de Azuqueca de Henares
  • Las compras necesarias para ese certamen, como los presentes a las casas, grupos y rondas participantes
Requisitos
  • Tu entidad está inscrita en el registro local de asociaciones
  • La entidad tiene su domicilio en Azuqueca de Henares
  • Si eres una asociación, representa a una comunidad autónoma distinta a la de su domicilio fiscal
  • Si eres una asociación, cuenta con un mínimo de 50 socios
  • Habéis hecho actividades abiertas a la ciudadanía en las fiestas locales de los 3 últimos años; en el caso de las federaciones, haber participado en esos 3 años con actividades culturales o musicales en las fiestas locales
  • Cumples todos los requisitos el día en que termina el plazo de presentación de solicitudes
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Destina la subvención únicamente a las actividades para las que se concede
  • Organiza gratuitamente para toda la ciudadanía la actividad de las fiestas de mayo y la de septiembre
  • Justifica el 100% del presupuesto de la actividad antes del 31 de diciembre del año en curso
  • Menciona expresamente al Ayuntamiento y usa su logotipo en toda la difusión
  • Comunica al Ayuntamiento cualquier otra ayuda que recibas para la misma actividad
  • Comunica por escrito cualquier cambio que quieras hacer en la actividad subvencionada
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tu asociación está registrada como casa regional en Azuqueca de Henares
  • La entidad tiene fijado su domicilio en Azuqueca de Henares
  • Tu asociación representa a una comunidad autónoma distinta a la de su domicilio fiscal
  • Tu asociación cuenta con un mínimo de 50 socios
  • Habéis organizado actividades abiertas a la ciudadanía en las fiestas locales
  • Eres una federación cultural o gastronómica inscrita en el registro local de asociaciones
  • Tu entidad no está inscrita en el registro local de asociaciones
  • La asociación tiene su domicilio fuera de Azuqueca de Henares
  • Eres una asociación que representa a la misma comunidad autónoma de su domicilio fiscal
  • No habéis participado en el programa de fiestas de los 3 últimos años
  • Tienes pendiente de justificar otra subvención concedida por este Ayuntamiento

Cuánto puedes recibir

La cantidad que recibe cada entidad se decide según la puntuación que obtenga en los criterios de valoración, dentro del crédito disponible. La convocatoria recoge literalmente «Asociaciones, 8.000€», sin precisar si es el importe máximo por entidad o el total de esa línea, y fija en 24.000€ la cantidad máxima destinada a esta convocatoria. También limita el coste de cada actividad: entre 2.500€ y 3.000€ la de las fiestas, y hasta 2.500€ por asociación el certamen de villancicos. El pago se hace por transferencia bancaria a la cuenta que indiques, en su totalidad 10 días hábiles antes del tercer viernes de septiembre. Las bases contemplan el pago anticipado del 100 % de la subvención concedida, sin justificación previa, siempre que se cumplan todos los requisitos y no se haya detectado ningún incumplimiento en convocatorias anteriores.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Rellena el impreso de solicitud de subvención recogido en la convocatoria (Anexo I)

  2. Reúne las declaraciones responsables y el resto de documentación que debe acompañar a la solicitud

  3. Presenta la solicitud por vía electrónica en los dos días siguientes a la publicación de la convocatoria y de su extracto en el boletín de la provincia

  4. Si te lo requieren, subsana la solicitud en los diez días siguientes a recibir el aviso

  5. Consulta la lista provisional en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y presenta alegaciones en diez días si no estás conforme

Documentación necesaria

  • Fotocopia del DNI de la persona solicitante
  • Solicitud (Anexo I)
  • Declaración responsable (Anexo II)
  • Declaración responsable II (Anexo III)
  • Ficha de terceros firmada por la entidad bancaria, solo si pides la subvención por primera vez o han cambiado tus datos bancarios
  • Relación nominal de personas asociadas con su DNI y domicilio

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedirla si ya tengo otra ayuda para la misma actividad?
Sí. Esta subvención es compatible con otras ayudas públicas o privadas, siempre que la suma no supere el coste de la actividad. Debes comunicar al Ayuntamiento las demás ayudas en cuanto las conozcas y siempre antes de justificar el gasto.
¿Qué gastos no me van a subvencionar?
No se subvencionan las bebidas alcohólicas ni los gastos generados por asistir a las reuniones convocadas para programar las fiestas.
¿Qué pasa si mi solicitud tiene errores o le falta algo?
El Ayuntamiento te pedirá que la subsanes en los diez días siguientes a recibir el requerimiento. Si no lo haces, se entiende que desistes de tu solicitud.
¿Qué ocurre si no justifico la subvención?
Si no justificas o la justificación es insuficiente, puedes tener que devolver las cantidades recibidas más los intereses correspondientes. Además, no se abona la subvención si tienes pendiente de justificar otra ayuda de este Ayuntamiento.
¿Puedo renunciar a la subvención concedida?
Sí, presentando la renuncia antes de que venza el plazo de ejecución de la actividad. Es efectiva tras su aceptación oficial y, si ya has cobrado el importe, tendrás que devolverlo.

Fuentes oficiales

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