Ayudas para material escolar y transporte en Valga
Hasta 75€ para material escolar o 175€ para transporte del alumnado de Valga.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención en concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Valga para material escolar y para el transporte del alumnado.
- Para quién
- Familias de Valga con hijos en 2º ciclo de infantil, bachillerato, formación profesional, universidad o enseñanzas artísticas superiores.
- Cuánto
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- Importe máximo por alumno y curso según la puntuación obtenida
La ayuda nunca puede ser superior al gasto que hayas realizado; si hace falta, se ajusta la cantidad concedida.Línea de ayuda Puntuación Importe Material escolar (2º ciclo de infantil) Más de 6 hasta 10 puntos 75€ Material escolar (2º ciclo de infantil) Más de 4 hasta 6 puntos 50€ Material escolar (2º ciclo de infantil) Desde 2 hasta 4 puntos 30€ Transporte Más de 8 hasta 16 puntos 175€ Transporte Más de 6 hasta 8 puntos 120€ Transporte Desde 4 hasta 6 puntos 80€
- Importe máximo por alumno y curso según la puntuación obtenida
- Qué cubre
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- El gasto en material escolar y libros del alumnado de 2º ciclo de infantil
- El transporte al centro educativo del resto del alumnado
- Requisitos
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- El alumno cursa estudios en uno de los centros recogidos en las bases
2º ciclo de infantil: todos los centros públicos del ayuntamiento (CEIP, CRA). Bachillerato y formación profesional: IES de Valga cuando el transporte a ese centro haya dejado de ser gratuito, y cualquier centro público siempre que la formación deseada no esté disponible en el IES de Valga. Universitarios: cualquier universidad gallega. Enseñanzas artísticas superiores: cualquier centro gallego. El alumnado con necesidades educativas especiales que le impidan escolarizarse en un centro ordinario del municipio puede pedir la ayuda para un centro de educación especial aunque esté fuera del ayuntamiento.
- La renta per cápita familiar no supera los 7.000€
- El alumno está empadronado en el Ayuntamiento de Valga
- El alumno es hijo dependiente económicamente de la unidad familiar
Se consideran hijos dependientes económicamente los menores de 25 años que convivan en el domicilio familiar a 31 de diciembre del año inmediato anterior a aquel en el que comienza el curso escolar, siempre que no tengan contrato de trabajo ni hayan percibido recursos (excepto becas) durante 2025.
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- El alumno cursa estudios en uno de los centros recogidos en las bases
- Obligaciones
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- Presenta la documentación justificativa en el mismo momento de la solicitud
- Justifica el gasto: en material escolar, con facturas originales o copia compulsada o con el certificado del gasto expedido por el centro educativo; en transporte, con el certificado de matrícula o el resguardo de haberla pagado
- Autoriza al ayuntamiento a hacer las comprobaciones que necesite durante todo el proceso
- No falsees facturas ni datos: si se detecta fraude pierdes el derecho a estas ayudas durante los cinco años siguientes
- Ten en cuenta que la ayuda se ajusta a la baja si supera el gasto que has realizado
- Cuándo
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- Abre: Consulta directamente con la administración
- Último día: 31 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tienes un hijo o hija de 2º ciclo de infantil en un centro público de Valga
- Tu hijo o hija cursa bachillerato o formación profesional en el IES de Valga y el transporte a ese centro ha dejado de ser gratuito, o en otro centro público porque esa formación no se imparte en el IES de Valga
- Estudias en una universidad gallega o en un centro gallego de enseñanzas artísticas superiores
- La renta per cápita de tu familia no supera los 7.000€
- El alumno está empadronado en el Ayuntamiento de Valga
- Necesitas ayuda para el gasto de material escolar o de transporte al centro
- El alumno no está empadronado en el Ayuntamiento de Valga
- La renta per cápita de tu familia supera los 7.000€
- El alumno no depende económicamente de la familia
- El alumno tuvo contrato de trabajo o percibió recursos, salvo becas, durante 2025
- Cursas estudios universitarios fuera de Galicia
- Presentas la solicitud después del 31 de octubre de 2026
Cuánto puedes recibir
Las ayudas individuales no superan un importe máximo por alumno y curso, que depende de los puntos que sumes: entre 30€ y 75€ en la línea de material escolar y entre 80€ y 175€ en la de transporte. Los puntos salen de la renta per cápita familiar, de la distancia desde tu residencia al centro en el caso del transporte y de circunstancias como una discapacidad igual o superior al 33%, el desempleo de más de seis meses del padre, madre o tutor, o ser familia numerosa, que suman 2 puntos adicionales cada una. La ayuda nunca puede ser mayor que el gasto que hayas hecho, así que puede ajustarse a la baja.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación obligatoria y los justificantes del gasto
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Rellena el impreso normalizado de solicitud (Anexo II), que puedes recoger en el registro de entrada del ayuntamiento o descargar en su sede electrónica
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Presenta la solicitud en el registro general del Ayuntamiento de Valga, de lunes a viernes de 8:30 a 14:30, o en la sede electrónica
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Consulta el tablón de edictos del ayuntamiento cuando se publique la lista provisional
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Subsana la documentación que te falte en el plazo de 10 días
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Espera la resolución definitiva, que también se publica en el tablón de edictos
Documentación necesaria
- Impreso normalizado de solicitud (Anexo II)
- Fotocopia del DNI del solicitante
- Fotocopia del libro de familia en el que figuren todos los miembros de la unidad familiar
- Fotocopia de la declaración de la renta de los padres o tutores legales, o certificado de nivel de rentas de la agencia tributaria si no estaban obligados a declarar
- Facturas originales o copia compulsada, o certificado sellado del gasto en material expedido por el centro educativo
- Certificado de matrícula, o resguardo de haber pagado la matrícula sellado por la entidad bancaria
- Declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la seguridad social (Anexo III)
- Autorización al ayuntamiento para realizar las comprobaciones oportunas (Anexo III)
- Certificado bancario del número de cuenta de la que sea titular el solicitante o el alumno
- Informe social si la unidad familiar alega carecer de recursos, una situación excepcional o percibir pensiones no contributivas
- Certificado del grado de discapacidad o incapacidad igual o superior al 33% de algún miembro de la unidad familiar, si procede
- Certificado de la situación de desempleo por un período superior a 6 meses de algún miembro de la unidad familiar, si procede
- Documentación acreditativa de familia monoparental o de ausencia de ambos progenitores y declaración responsable (Anexo IV)
- Título de familia numerosa, si procede