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Ayudas Claras
Ayudas Región de Murcia Cultura
Cultura Región de Murcia Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvención para majas y místeres de Fuente Álamo 2027

200€ para cada maja o míster elegido en las fiestas patronales de Fuente Álamo

Lo que significa

Qué es
Subvención del Ayuntamiento de Fuente Álamo de Murcia para las personas elegidas majas o místeres de las fiestas patronales.
Para quién
Niñas, niños y jóvenes que se presenten como candidatos a maja o míster infantil o juvenil.
Cuánto
200€ por cada maja o míster elegido
Qué cubre
  • Gastos ocasionados por la elección como maja o míster
  • Gastos directamente relacionados con tu representación en las fiestas patronales
Requisitos
  • Estás empadronado en Fuente Álamo de Murcia desde al menos 2 años antes de la elección
  • Has nacido entre 2019 y 2021 si optas a las categorías infantiles
  • Has nacido entre 2008 y 2010 si optas a las categorías juveniles
  • Estás al corriente de tus obligaciones con Hacienda y con la Seguridad Social
  • No mantienes deudas en periodo ejecutivo con el Ayuntamiento ni con la comunidad autónoma
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Acude a los actos programados durante las fiestas patronales
  • Asiste durante un año a los eventos que te indique el Ayuntamiento, hasta la siguiente elección
  • Mantén una conducta acorde con la imagen pública que representas y la vestimenta propia de cada acto
  • Justifica los gastos como máximo hasta el 31 de marzo de 2028
  • Presenta una memoria de las actuaciones realizadas y la relación clasificada de los gastos
  • Comunica cualquier otra subvención o ingreso que financie la misma actividad
Cuándo
  • Abre: 31 de agosto de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 20 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Estás empadronado en Fuente Álamo de Murcia desde hace al menos 2 años
  • Naciste entre 2019 y 2021 y optas a maja o míster infantil
  • Naciste entre 2008 y 2010 y optas a maja o míster juvenil
  • Quieres representar al municipio en las fiestas patronales de 2027
  • Puedes acudir a los actos que te indique el Ayuntamiento durante un año
  • No estás empadronado en Fuente Álamo de Murcia
  • Llevas menos de 2 años empadronado en el municipio
  • Tu año de nacimiento queda fuera de las categorías convocadas
  • Tienes deudas pendientes con Hacienda o con la Seguridad Social
  • Mantienes deudas en periodo ejecutivo con el Ayuntamiento

Cuánto puedes recibir

Si resultas elegido maja o míster, recibes 200€. Es la cuantía máxima que puede percibir cada persona elegida. El pago se realiza en el mes de agosto de 2027, para hacer frente a los gastos ocasionados por la elección.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Rellena la solicitud del Anexo I si eres menor de edad o la del Anexo II si eres mayor de edad

  2. Reúne el DNI que corresponda y el certificado de la cuenta bancaria donde quieres recibir el dinero

  3. Presenta la solicitud en el Registro Municipal del Ayuntamiento, de 9:00 a 14:00 horas, entre el 31 de agosto y el 20 de septiembre de 2026

  4. Espera el acuerdo de la Junta de Gobierno Local con las personas seleccionadas

  5. Justifica los gastos ante la Concejalía de Festejos dentro del plazo previsto

Documentación necesaria

  • Solicitud según el Anexo I (menores de edad) o el Anexo II (mayores de edad)
  • DNI del padre, madre o tutor legal, en el caso de menores de edad
  • DNI del menor, en su caso
  • DNI del solicitante, en el caso de mayores de edad
  • Certificado de cuenta bancaria a nombre del menor o de su representante
  • Autorización para la publicación de imágenes

Preguntas frecuentes

¿Puedo cobrarla si recibo otra ayuda para lo mismo?
Sí. Es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, siempre que entre todos no superen el 100% del coste de la actividad subvencionada.
¿Qué pasa si hay más solicitudes que plazas?
Tienen preferencia las personas nacidas en 2020 y 2021 en las categorías infantiles y en 2008 y 2009 en las juveniles. Dentro de cada grupo se sigue el riguroso orden de entrada de las solicitudes en el Registro General, por fecha y hora de presentación.
¿Qué ocurre si no presento la justificación a tiempo?
Se te exigirá el reintegro del dinero recibido y podrás responder por las demás responsabilidades previstas para las subvenciones. Presentarla fuera de plazo no evita las sanciones que correspondan.
¿Cuánto tarda el Ayuntamiento en resolver?
El plazo máximo para resolver es de seis meses desde que termina el plazo de presentación de solicitudes. Si transcurre sin que te notifiquen la resolución, el expediente se entiende caducado.

Fuentes oficiales

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