Subvención para majas y místeres de Fuente Álamo 2027
200€ para cada maja o míster elegido en las fiestas patronales de Fuente Álamo
Lo que significa
- Qué es
- Subvención del Ayuntamiento de Fuente Álamo de Murcia para las personas elegidas majas o místeres de las fiestas patronales.
- Para quién
- Niñas, niños y jóvenes que se presenten como candidatos a maja o míster infantil o juvenil.
- Cuánto
- 200€ por cada maja o míster elegido
- Qué cubre
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- Gastos ocasionados por la elección como maja o míster
- Gastos directamente relacionados con tu representación en las fiestas patronales
- Requisitos
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- Estás empadronado en Fuente Álamo de Murcia desde al menos 2 años antes de la elección
- Has nacido entre 2019 y 2021 si optas a las categorías infantiles
- Has nacido entre 2008 y 2010 si optas a las categorías juveniles
- Estás al corriente de tus obligaciones con Hacienda y con la Seguridad Social
- No mantienes deudas en periodo ejecutivo con el Ayuntamiento ni con la comunidad autónoma
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Acude a los actos programados durante las fiestas patronales
- Asiste durante un año a los eventos que te indique el Ayuntamiento, hasta la siguiente elección
- Mantén una conducta acorde con la imagen pública que representas y la vestimenta propia de cada acto
- Justifica los gastos como máximo hasta el 31 de marzo de 2028
- Presenta una memoria de las actuaciones realizadas y la relación clasificada de los gastos
- Comunica cualquier otra subvención o ingreso que financie la misma actividad
- Cuándo
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- Abre: 31 de agosto de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 20 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Estás empadronado en Fuente Álamo de Murcia desde hace al menos 2 años
- Naciste entre 2019 y 2021 y optas a maja o míster infantil
- Naciste entre 2008 y 2010 y optas a maja o míster juvenil
- Quieres representar al municipio en las fiestas patronales de 2027
- Puedes acudir a los actos que te indique el Ayuntamiento durante un año
- No estás empadronado en Fuente Álamo de Murcia
- Llevas menos de 2 años empadronado en el municipio
- Tu año de nacimiento queda fuera de las categorías convocadas
- Tienes deudas pendientes con Hacienda o con la Seguridad Social
- Mantienes deudas en periodo ejecutivo con el Ayuntamiento
Cuánto puedes recibir
Si resultas elegido maja o míster, recibes 200€. Es la cuantía máxima que puede percibir cada persona elegida. El pago se realiza en el mes de agosto de 2027, para hacer frente a los gastos ocasionados por la elección.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Rellena la solicitud del Anexo I si eres menor de edad o la del Anexo II si eres mayor de edad
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Reúne el DNI que corresponda y el certificado de la cuenta bancaria donde quieres recibir el dinero
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Presenta la solicitud en el Registro Municipal del Ayuntamiento, de 9:00 a 14:00 horas, entre el 31 de agosto y el 20 de septiembre de 2026
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Espera el acuerdo de la Junta de Gobierno Local con las personas seleccionadas
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Justifica los gastos ante la Concejalía de Festejos dentro del plazo previsto
Documentación necesaria
- Solicitud según el Anexo I (menores de edad) o el Anexo II (mayores de edad)
- DNI del padre, madre o tutor legal, en el caso de menores de edad
- DNI del menor, en su caso
- DNI del solicitante, en el caso de mayores de edad
- Certificado de cuenta bancaria a nombre del menor o de su representante
- Autorización para la publicación de imágenes