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Ayudas Claras
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Prestaciones Cantabria Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas para contratar personal técnico en Cantabria

Hasta el 70% del coste de la contratación, con un máximo de 25.000€ por solicitud.

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva de SODERCAN para la contratación indefinida de personal técnico en empresas de Cantabria.
Para quién
Empresas de cualquier forma jurídica y tamaño, incluidos autónomos, autónomas y mutualistas, con actividad económica en Cantabria.
Cuánto
  • Hasta el 70% del presupuesto elegible, con un máximo de 25.000€ por solicitud
    CasoIntensidad máxima
    GeneralHasta el 70% del presupuesto total elegible
    La persona contratada cumple los requisitos de retorno de talentoHasta el 80%
    Línea de personal técnico comercial internacional, si la persona fue beneficiaria del programa de becas de SODERCAN en Oficinas Comerciales del ICEXHasta el 90%
    En todo caso, se establece un máximo de 25.000€ por solicitud.
Qué cubre
  • El salario bruto anual de la persona contratada durante los 12 primeros meses
  • La cuota empresarial a la Seguridad Social correspondiente a esa persona
Requisitos
  • Tu empresa está válidamente constituida y es titular de una actividad económica en Cantabria
  • Cuentas con un centro de trabajo en Cantabria donde se incorpora la persona contratada
  • El contrato es indefinido y a tiempo completo, con alta en una cuenta de cotización de la empresa en Cantabria
  • El salario bruto anual de la persona contratada es de al menos 24.000€, sin contar las cargas sociales de la empresa
  • La persona propuesta tiene titulación universitaria o un título de ciclo formativo de grado superior
  • La persona propuesta no tiene vinculación previa ni parentesco con tu empresa

    No puede haber tenido vinculación laboral previa con la solicitante ni con entidades vinculadas, ni ser o haber sido socia, partícipe, consejera, administradora o personal directivo de esas empresas, ni cónyuge, pareja de hecho o pariente hasta el tercer grado por consanguinidad o afinidad de cualquiera de ellos. La contratación indefinida de personal colaborador en beca que tenga la empresa en el momento de la solicitud no cuenta como vinculación laboral previa.

  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Utiliza los fondos para los fines para los que solicitaste la ayuda
  • Da publicidad de la ayuda recibida en la página web de tu empresa o, si no tienes, con medidas de difusión alternativas
  • Ten hecha la evaluación de riesgos laborales y la planificación de la actividad preventiva, salvo que estés exento
  • Facilita la colaboración y las evidencias que te requieran en las labores de control sobre la subvención y su justificación
  • Actualiza la declaración de otras ayudas si cambia lo que declaraste inicialmente
  • Si tienes 50 o más trabajadores, cumple la reserva de cuota a favor de personas con discapacidad
Cuándo
  • Abre: Consulta directamente con la administración
  • Último día: 30 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tu empresa es titular de una actividad económica en Cantabria
  • Tienes un centro de trabajo en Cantabria donde se incorporará la persona contratada
  • Quieres contratar de forma indefinida a una persona titulada
  • Buscas impulsar la expansión comercial internacional de tu empresa
  • Vas a desarrollar actividades o proyectos de investigación, desarrollo e innovación
  • Eres autónomo, autónoma o mutualista con actividad en Cantabria
  • Eres una empresa pública o un ente público
  • Tu empresa se considera en crisis según la normativa europea
  • El contrato que propones es a distancia o de relevo
  • La persona propuesta ya recibió apoyo de SODERCAN en convocatorias anteriores de contratación de personal
  • La persona propuesta es socia, administradora o familiar de tu empresa
  • Tu empresa tiene pendiente una orden de recuperación de una ayuda declarada ilegal

Cuánto puedes recibir

Cobras un porcentaje del coste de contratar a la persona técnica durante sus 12 primeros meses: hasta el 70% del presupuesto total elegible. Ese porcentaje sube hasta el 80% cuando la contratación cumple los requisitos de retorno de talento y hasta el 90% en la línea de personal técnico comercial internacional si la persona fue beneficiaria del programa de becas de SODERCAN en Oficinas Comerciales del ICEX. En todos los casos la ayuda máxima es de 25.000€ por solicitud, y puedes presentar como mucho dos solicitudes en cada línea.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Date de alta en el gestor de ayudas de SODERCAN

  2. Prepara la memoria técnica explicando las tareas de la persona a contratar y el impacto de la contratación

  3. Cumplimenta la solicitud por vía telemática y adjunta la documentación exigida

  4. Firma el documento de solicitud con firma o certificado digital de la representación legal

  5. Si te lo requieren, subsana los defectos de la solicitud en el plazo de 10 días hábiles

Documentación necesaria

  • Número de identificación fiscal de la entidad (NIF)
  • Escritura de constitución y estatutos en vigor inscritos en el Registro Mercantil, en el caso de sociedades
  • Informe de vida laboral emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social, en el caso de autónomos y autónomas
  • Certificado de la mutua con la fecha de alta y el estar al corriente de cuotas, en el caso de mutualistas
  • Poder de representación de la persona que firma la solicitud
  • Documento que acredite la titularidad de la cuenta bancaria
  • Declaración responsable a cumplimentar en el gestor de ayudas
  • Certificados en vigor de estar al corriente con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la Tesorería General de la Seguridad Social y la Agencia Cántabra de Administración Tributaria
  • Certificado de situación en el censo de actividades económicas
  • Memoria técnica de la propuesta según el modelo descargable en el gestor de ayudas
  • Declaración responsable de no vinculación firmada por la persona técnica propuesta y por la representación legal de la empresa
  • Curriculum Vitae de la persona propuesta
  • Copia verificada del título académico de la persona propuesta o, si es extranjero, su homologación
  • Contrato de trabajo indefinido comunicado al Servicio Público de Empleo Estatal
  • Acreditación del salario bruto anual mediante acuerdo firmado, si el contrato ya está formalizado
  • Informe de plantilla media anual de personas trabajadoras en alta expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social
  • Documento que acredite la actividad exportadora, para la línea de personal técnico comercial internacional
  • Documentación de las medidas de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres o dirigidas a personas con discapacidad

Preguntas frecuentes

¿Cuántas solicitudes puedo presentar?
Cada entidad solicitante puede presentar como máximo dos solicitudes en cada una de las dos líneas de ayuda.
¿Puedo combinar esta ayuda con otra para la misma contratación?
No. Para la misma actividad subvencionada es incompatible con cualquier otra subvención, ayuda, ingreso o recurso, público o privado, salvo las bonificaciones de la Seguridad Social.
¿Sirve un contrato en modalidad de trabajo a distancia?
No. No son elegibles los contratos a distancia ni los acuerdos de trabajo a distancia que afecten al periodo elegible, ni los contratos de relevo.
¿Qué pasa si mi solicitud tiene defectos?
Te requerirán para que la subsanes en el plazo de 10 días hábiles a partir del día siguiente a la notificación. Si no lo haces, se te tendrá por desistida de tu petición.
¿Cuánto tardan en resolver?
El plazo máximo de resolución es de seis meses desde que finaliza el plazo de presentación de solicitudes. Si transcurre sin resolución expresa, la solicitud puede entenderse desestimada.

Fuentes oficiales

Otras fichas relacionadas