Ayudas a gastos de asociaciones del Distrito Sur, Sevilla
Entre 100€ y 1.000€ por entidad para gastos de funcionamiento del Distrito Sur
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Sevilla para gastos corrientes de las entidades ciudadanas del Distrito Sur.
- Para quién
- Asociaciones y entidades ciudadanas sin ánimo de lucro adscritas al Distrito Sur de Sevilla.
- Cuánto
- Entre 100€ y 1.000€ por entidad, según la puntuación obtenida
- Qué cubre
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- Alquiler de la sede social o de la delegación territorial en el Distrito Sur
- Consumo eléctrico de la sede
- Telefonía y conexión a Internet de la entidad
- Requisitos
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- Tu entidad ciudadana no tiene ánimo de lucro y está adscrita al Distrito Sur
- Tu domicilio social o tu delegación territorial está ubicado en el Distrito Sur
- Estás inscrita en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas de Sevilla desde que presentas la solicitud
- Mantienes esa inscripción al menos durante el ejercicio en el que se concede la ayuda
- Los fines de tu entidad no son exclusivamente políticos, sindicales, mercantiles ni religiosos
- Aportas facturas de suministros recibidos entre el 1 de enero y el 31 de agosto de 2026
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Presenta el documento de aceptación de la ayuda con la cuenta bancaria de tu entidad
- Justifica el gasto con una relación numerada de facturas y los documentos de pago
- Presenta la declaración responsable de fines y aplicación de fondos
- Conserva en tu sede todas las facturas durante cinco años por si se comprueban
- Comunica al Distrito Sur cualquier cambio en la persona designada como perceptora
- Comunica si solicitas u obtienes otra ayuda concurrente para el mismo gasto
- Cuándo
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- Abre: 1 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 20 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una entidad ciudadana sin ánimo de lucro adscrita al Distrito Sur
- Tu domicilio social o tu delegación territorial está en el Distrito Sur
- Estás inscrita en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas de Sevilla
- Tienes facturas de alquiler, luz o teléfono de enero a agosto de 2026
- Tu entidad defiende intereses generales o sectoriales de los vecinos de Sevilla
- Los fines de tu entidad son exclusivamente políticos, sindicales, mercantiles o religiosos
- Tu entidad tiene ánimo de lucro
- Tu sede está fuera del ámbito territorial del Distrito Sur
- Ya recibes otra ayuda pública o privada para esos mismos gastos
- Solo quieres financiar inversiones, material inventariable o comidas
Cuánto puedes recibir
Recibes entre 100€ y 1.000€ para tus gastos de funcionamiento. La cuantía se reparte entre las entidades admitidas de forma proporcional a la puntuación obtenida en la baremación, y nunca puede superar el importe que acredites con las facturas presentadas. El ingreso se hace una vez justificada la subvención.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación exigida, incluidas las facturas de enero a agosto de 2026
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Cumplimenta el formulario de solicitud firmado y sellado por tu representante legal
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Presenta la solicitud en la sede electrónica del Ayuntamiento, en la vía de Ayudas, Subvenciones, Becas y Premios
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Comunica esa presentación el mismo día por correo electrónico al Distrito Sur
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Si te lo requieren, subsana la documentación en el plazo improrrogable de diez días hábiles
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Si te proponen como beneficiaria, presenta la aceptación de la ayuda en los diez días hábiles siguientes a la publicación
Documentación necesaria
- Solicitud firmada y sellada por quien ostente la representación legal (Anexo I)
- Memoria de actividades del año 2026
- Presupuesto de ingresos y gastos de la entidad para el año 2026
- Relación detallada de las copias de las facturas de gastos subvencionables (Anexo II)
- Contrato de alquiler y documentos que acrediten el pago, si justificas gastos de alquiler
- Acreditación de la persona designada como perceptora, expedida por el secretario de la entidad (Anexo III)
- Fotocopia del NIF de la persona solicitante
- Copia del CIF de la asociación o entidad, si la pides por primera vez en el Distrito Sur
- Documento acreditativo de la inscripción en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Sevilla
- Certificado de estar al corriente con la Agencia Tributaria, la Seguridad Social y el Ayuntamiento de Sevilla, o autorización para solicitarlo (Anexo IV)
- Declaración responsable de no estar incursa en causas de prohibición para percibir subvenciones (Anexo IV)
- Certificado bancario de titularidad de la cuenta, si obtienes la subvención (Anexo V)