Subvenciones para clubes deportivos de La Almunia
Hasta el 80% del coste de las actividades deportivas de clubes locales
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de La Almunia de Doña Godina para actividades y proyectos deportivos
- Para quién
- Asociaciones, clubes y entidades deportivas sin ánimo de lucro de La Almunia de Doña Godina
- Cuánto
- Hasta el 80% del coste de las actividades subvencionadas
- Qué cubre
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- Gastos federativos
- Desplazamientos
- Arbitrajes y jueces
- Requisitos
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- Tu entidad es una asociación, club o entidad deportiva sin ánimo de lucro legalmente constituida
- Llevas al menos un año inscrito en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales cuando acaba el plazo de solicitudes
- Tu entidad está domiciliada en el término municipal de La Almunia de Doña Godina
- Estás al corriente de tus obligaciones tributarias con la Hacienda Municipal
- Realizas actividades o programas deportivos que complementan los servicios municipales en materia de deporte
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Realiza el proyecto subvencionado entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026
- Financia el 20% restante del coste con fondos propios, aportaciones privadas u otras ayudas
- Comunica al Ayuntamiento cualquier otra ayuda o subvención concurrente que recibas
- Presenta la documentación justificativa en los 10 días hábiles siguientes a la notificación del decreto de adjudicación
- Haz constar la colaboración del Ayuntamiento en los elementos informativos de la actividad
- Devuelve los fondos percibidos si se produce alguno de los supuestos de reintegro
- Fechas estimadas
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- Abre: 22 de agosto de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 18 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tu club o asociación deportiva no tiene ánimo de lucro
- Tu entidad está domiciliada en el término municipal de La Almunia de Doña Godina
- Estás inscrito en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales
- Organizas actividades, proyectos o programas de carácter deportivo
- Tu entidad puede financiar por su cuenta una parte del coste de la actividad
- Tu entidad tiene ánimo de lucro
- Tu asociación no está inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales
- Llevas menos de un año inscrito en el registro municipal de asociaciones
- Tu actividad coincide sustancialmente con otra programada por el Ayuntamiento
- Tienes deudas pendientes con la Hacienda Municipal
Cuánto puedes recibir
Tu subvención no puede superar el 80% del coste de las actividades subvencionadas: el 20% restante lo pones tú con fondos propios, aportaciones privadas u otras subvenciones. La cantidad concreta sale de una valoración por puntos: cada proyecto se puntúa de 0 a 50 y el valor del punto resulta de dividir la partida presupuestaria del año entre el total de puntos obtenidos por todas las entidades. Si al hacer ese cálculo te corresponde más de lo que pediste, se te asigna lo solicitado y el resto se reparte entre los demás clubes. El pago se hace tras aprobar la justificación, a la cuenta bancaria de la ficha de terceros.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Prepara una solicitud independiente por cada proyecto para el que pidas subvención
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Reúne la memoria explicativa del proyecto y las declaraciones responsables exigidas
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Presenta la solicitud en el Registro del Ayuntamiento dentro de los veinte días hábiles siguientes a la publicación del extracto en el boletín oficial de la provincia de Zaragoza
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Subsana la documentación en 10 días hábiles si el órgano instructor te lo requiere
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Presenta alegaciones en el plazo de diez días si no estás conforme con la propuesta de resolución provisional
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Justifica el gasto en los 10 días hábiles siguientes a la notificación del decreto de adjudicación
Documentación necesaria
- Documento de solicitud (Anexo I)
- Acreditación de la representación legal para actuar en nombre de la asociación (Anexo II)
- Memoria explicativa del proyecto o programa para el que se solicita subvención (Anexo III)
- Certificado de no modificación de estatutos, CIF ni cargos directivos (Anexo IV)
- Declaración responsable sobre otras subvenciones o ayudas solicitadas u obtenidas (Anexo V)
- Fotocopia del código de identificación fiscal o número de identificación fiscal
- Copia de la escritura, documento de constitución, estatutos o acto fundacional
- Ficha de terceros con los datos bancarios para el pago
- Compromiso firme de comunicar cualquier otra ayuda o subvención concurrente
- Declaración responsable de no ser deudor de la hacienda municipal
- Acreditación de estar al corriente con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social, o autorización al Ayuntamiento para obtenerla