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Ayudas Claras
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Prestaciones Pontevedra Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones a asociaciones sin ánimo de lucro de Meaño

Hasta el 100% del coste de la actividad, con un máximo de 3.500€ por solicitud

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Meaño para gastos corrientes de actividades de asociaciones sin ánimo de lucro
Para quién
Asociaciones y entidades sin ánimo de lucro del municipio de Meaño, incluidas las ANPAS y las asociaciones de comercio minorista
Cuánto
Hasta el 100% del coste de la actividad, con un máximo de 3.500€ por cada solicitante y solicitud
Qué cubre
  • Gastos corrientes de actividades de cultura, ocio y tiempo libre y festejos populares

    Seguros, transportes, entradas, premios, regalos, alquiler de equipos, material, publicidad, monitores, ponentes y grupos o artistas participantes. En las líneas de cultura y festejos populares, además, la adquisición de vestuario adscrito a la actividad y el mantenimiento de instrumentos.

  • Gastos corrientes de actividades complementarias de la educación: ludotecas, actividades extraescolares, refuerzo educativo y actividades de ocio o culturales en el ámbito escolar
  • Gastos corrientes de promoción del comercio minorista

    Asesoría, formación, material fungible y no inventariable, alquiler de instalaciones y equipos, eventos de promoción comercial, campañas publicitarias y seguros.

Requisitos
  • Tu asociación o entidad carece de fines de lucro
  • Tienes el domicilio social en el término municipal de Meaño
  • Figuras inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones de Meaño
  • Desarrollas tus actuaciones en el municipio, afectan a colectivos de Meaño o versan sobre temas de interés del ayuntamiento
  • Estás al corriente con Hacienda estatal, la hacienda gallega, la Seguridad Social y el ayuntamiento
  • Cuentas con seguro de responsabilidad civil al corriente de pago
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Justifica que realizaste la actividad y que cumpliste las condiciones de la concesión
  • Presenta la justificación como máximo el 1 de diciembre de 2026
  • Conserva los documentos que acreditan el uso de los fondos recibidos
  • Da publicidad de la ayuda concedida haciendo constar la colaboración del ayuntamiento
  • Paga los gastos antes de presentar la justificación, por transferencia bancaria si la factura es de 1.000€ o más
  • Declara la ayuda recibida en el modelo 347 cuando la normativa tributaria te obligue
Fechas estimadas
  • Abre: 15 de agosto de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 4 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tu asociación tiene el domicilio social en el municipio de Meaño
  • Estás inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones de Meaño
  • Tu entidad carece de fines de lucro
  • Organizas actividades culturales, de ocio o festejos populares en Meaño
  • Eres una ANPA de un centro educativo de Meaño
  • Formas parte de una asociación de comercio minorista del municipio
  • Tu entidad tiene ánimo de lucro
  • Tu asociación no figura en el Registro Municipal de Asociaciones de Meaño
  • Tu domicilio social está fuera del término municipal de Meaño
  • La actividad ya recibe una subvención nominativa del ayuntamiento este ejercicio
  • Tienes deudas con Hacienda, la Seguridad Social o el ayuntamiento
  • Presentas la solicitud fuera del plazo establecido

Cuánto puedes recibir

La subvención puede llegar hasta el 100% del coste de la actividad o inversión para la que la pides, con un límite máximo de 3.500€ por cada solicitante y solicitud de ayuda. El importe de cada línea se reparte de forma proporcional entre las solicitudes admitidas, ponderando la puntuación que obtenga cada una. Cobras después de justificar: si justificas el 100% del presupuesto subvencionado recibes la totalidad y, si justificas menos, la parte proporcional. El pago se hace por transferencia a la cuenta bancaria que indiques.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que tu asociación está inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones de Meaño

  2. Reúne la memoria de la actividad, el presupuesto y las declaraciones responsables firmadas electrónicamente

  3. Presenta una solicitud completa por cada actividad, con un máximo de dos actividades

  4. Tramítalas en la sede electrónica del ayuntamiento con los modelos normalizados

  5. Hazlo dentro de los 15 días hábiles siguientes a la publicación del extracto en el boletín provincial

  6. Justifica los gastos como máximo el 1 de diciembre de 2026 para cobrar la subvención

Documentación necesaria

  • Memoria explicativa de la actividad, con lugar, fecha prevista, objetivos y número de beneficiarios (Anexo I)
  • Presupuesto de la actividad, concreto y determinado (Anexo I)
  • Certificación del secretario o secretaria sobre la composición de la junta directiva y la fecha de su elección (Anexo III)
  • Declaración responsable sobre otras ayudas, subvenciones o ingresos solicitados u obtenidos para la actividad (Anexo II)
  • Declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (Anexo II)
  • Declaración responsable de no estar incurso en causas de prohibición y de aceptación de las bases (Anexo II)
  • Declaración responsable de que la asociación carece de fines de lucro (Anexo II)
  • Declaración responsable de que la asociación cuenta con seguro de responsabilidad civil (Anexo II)
  • Certificado del número de socios en la fecha de publicación del extracto de la convocatoria
  • Certificado del número de usuarios o beneficiarios de la actividad
  • Certificado del número de actividades realizadas por la asociación en el ejercicio anterior

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir la ayuda para más de una actividad?
Sí. Cada asociación o entidad puede solicitar subvención para un máximo de dos actividades, presentando una solicitud completa por cada una. Si pides las dos, se valora en primer lugar la actividad con mayor presupuesto.
¿Es compatible con otras subvenciones para lo mismo?
Sí. Es compatible con otras subvenciones, ayudas o ingresos para la misma finalidad, pero el conjunto de todo lo recibido no puede superar el 100% del coste de la actividad o proyecto subvencionado.
¿Qué gastos puedo incluir según la fecha?
Son subvencionables los gastos del periodo comprendido entre el 1 de diciembre de 2025 y el 30 de noviembre de 2026. Las actividades deben realizarse y facturarse dentro de ese periodo.
¿Qué pasa si presento la documentación incompleta?
El ayuntamiento hace un único requerimiento para que la completes en un plazo improrrogable de 10 días. Si no lo haces, se da por desistida la solicitud y se archiva sin más trámite.
¿Qué ocurre si no justifico la subvención a tiempo?
El plazo de presentación de la justificación finaliza el 1 de diciembre de 2026. El 31 de diciembre de 2026 se anulan automáticamente todas las subvenciones pendientes de justificar.

Fuentes oficiales

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