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Ayudas Claras
Subvenciones La Palma Económico
Económico La Palma Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvención para emprender en Santa Cruz de La Palma

Hasta 2.000€ por solicitud para emprendedores de Santa Cruz de La Palma

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma para la puesta en marcha de proyectos empresariales.
Para quién
Autónomos, sociedades limitadas, comunidades de bienes, sociedades civiles y entidades de economía social de Santa Cruz de La Palma.
Cuánto
Hasta 2.000€ por solicitud, según la puntuación obtenida en la baremación
Qué cubre
  • Inversiones en equipamiento e instalaciones del negocio

    Maquinaria y bienes de equipo; mobiliario y enseres; herramientas y utillaje; equipos informáticos y de comunicaciones y software específico para la actividad; elementos de transporte para uso exclusivo de la empresa; compra de terrenos, edificios, locales o naves; construcción, modernización o mejora de las instalaciones, oficinas, locales o naves.

  • Gastos de constitución, asesoramiento y licencias

    Honorarios de letrados, notariales y de registros; asesoramientos externos y servicios profesionales para la puesta en marcha de la actividad; licencia de apertura; dirección de obra, licencias, patentes o similares necesarias para el inicio de la actividad.

  • Alquiler del local, traspaso y promoción de lanzamiento

    Fianza y alquiler de edificios y locales; derechos de traspasos; promoción y publicidad de lanzamiento; gastos en portales web y presencia en redes.

Requisitos
  • Desarrollas tu actividad empresarial en el término municipal de Santa Cruz de La Palma
  • Diste de alta tu actividad empresarial a partir del 12 de agosto de 2025 y antes de que acabe el plazo de solicitud
  • Ya has iniciado la actividad y estás dado de alta en los registros fiscales y, en su caso, en la Seguridad Social
  • Si eres sociedad limitada, está constituida únicamente por personas físicas
  • Presentas un plan de viabilidad validado por una entidad de asesoramiento al emprendimiento reconocida por el Gobierno de Canarias
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Destina la subvención a la finalidad prevista
  • Mantén tu actividad económica durante al menos 1 año desde la concesión de la ayuda, salvo causas ajenas a tu voluntad
  • Presenta las facturas originales y los justificantes de pago de los gastos recogidos en tu memoria
  • Mantente al corriente de tus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el ayuntamiento para cobrar la ayuda
  • Devuelve la subvención si incumples las condiciones establecidas
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Has puesto en marcha una actividad empresarial en Santa Cruz de La Palma
  • Diste de alta tu actividad a partir del 12 de agosto de 2025
  • Eres autónomo, sociedad limitada, comunidad de bienes o sociedad civil
  • Tu empresa es una cooperativa de trabajo asociado o una sociedad limitada laboral
  • Tienes la sede de tu negocio en el término municipal
  • Tu proyecto todavía no ha comenzado la actividad
  • Has recibido una ayuda del ayuntamiento para la misma finalidad en los últimos 4 años
  • Estás inhabilitado para recibir ayudas o subvenciones del ayuntamiento
  • Tu sociedad limitada no está constituida únicamente por personas físicas
  • Presentas la solicitud fuera del plazo establecido

Cuánto puedes recibir

La cantidad que recibes depende de la puntuación que obtenga tu solicitud: la mejor puntuada percibe la cuantía máxima de 2.000€ y el resto cobra una cuantía proporcional a la puntuación alcanzada. En ningún caso superarás los 2.000€, ni el importe de los gastos considerados subvencionables, ni el coste total de la actividad sumando otras ayudas. El abono se hace en un pago único por transferencia bancaria.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación que te corresponda según tu forma jurídica y tu situación

  2. Elabora la memoria del proyecto empresarial con las facturas de los gastos y sus justificantes de pago

  3. Consigue un plan de viabilidad validado por una entidad de asesoramiento al emprendimiento reconocida por el Gobierno de Canarias

  4. Cumplimenta la solicitud según el modelo del Anexo I de las bases reguladoras

  5. Preséntala en el Registro General del ayuntamiento o a través del registro electrónico dentro de los 10 días hábiles de plazo

Documentación necesaria

  • Solicitud según el modelo del Anexo I de las bases reguladoras
  • Memoria del proyecto empresarial con las facturas de los gastos subvencionables y los justificantes de su pago (Anexo II)
  • Modelo de alta a terceros (Anexo III)
  • Plan de viabilidad del proyecto empresarial validado por una entidad de asesoramiento al emprendimiento reconocida por el Gobierno de Canarias
  • Copia del Documento Nacional de Identidad o del Número de Identidad de Extranjero
  • Copia del Número de Identificación Fiscal y acreditación de la representación legal, si eres persona jurídica, comunidad de bienes o sociedad civil
  • Estatutos de constitución de la sociedad limitada, comunidad de bienes o sociedad civil
  • Resolución o certificación de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar o en la mutua profesional correspondiente
  • Justificante de pago del último recibo de cotización a la Seguridad Social
  • Alta censal en el Impuesto de Actividades Económicas (modelo 036 o 037)
  • Certificados de estar al corriente de pagos con la Agencia Tributaria estatal, la Agencia Tributaria autonómica y la Tesorería General de la Seguridad Social
  • Certificado de discapacidad de la persona empresaria y de los socios, si lo tienen
  • Informe de periodos de inscripción en el Servicio Canario de Empleo o informe de vida laboral
  • Contratos de trabajo o informe de vida laboral de la empresa e informe de trabajadores de alta, si tienes personal contratado
  • Licencia de apertura o declaración responsable de inicio de actividad y documento que acredite la disposición del local, si tu actividad se desarrolla en un establecimiento abierto al público

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir esta ayuda si ya recibo otras subvenciones para lo mismo?
Sí. La ayuda es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos y recursos para la misma finalidad procedentes de otras administraciones o entidades públicas o privadas. La suma no puede superar el coste total de lo subvencionado.
¿Cuánto tarda el ayuntamiento en resolver?
El plazo máximo de resolución es de 3 meses, contados desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
¿Qué pasa si presento la solicitud fuera de plazo?
No podrás ser beneficiario de la subvención. La presentación de solicitudes fuera de plazo supone la imposibilidad de obtener la ayuda.
¿Puedo reclamar si no estoy de acuerdo con la resolución?
Puedes interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó la resolución en el plazo de un mes desde la notificación, o acudir directamente a la vía contencioso-administrativa.
¿Tengo que devolver la ayuda en algún caso?
Sí. Procede el reintegro de la subvención cuando se incumpla cualquiera de las condiciones establecidas.

Fuentes oficiales

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