Subvenciones para cine y series en Gran Canaria
Subvención por concurrencia para empresas y autónomos audiovisuales de Gran Canaria
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Cabildo de Gran Canaria para desarrollar largometrajes y series y producir cortometrajes.
- Para quién
- Empresas y personas autónomas del sector audiovisual, también cuando trabajan en coproducción.
- Cuánto
- Hasta 15.000 euros por proyecto, sin superar el 75% del coste subvencionable
- Qué cubre
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- Desarrollo del guion y definición del proyecto, en la modalidad de desarrollo
Elaboración, escritura y reescritura del guion, asesoramiento externo y traducción; presupuesto estimado de producción, plan de producción y plan de financiación; equipo técnico de la fase de desarrollo; investigación y búsqueda de localizaciones; asesoría jurídica y fiscal; asesoramiento de viabilidad; y plan de marketing, distribución y explotación.
- Rodaje, postproducción y promoción del cortometraje, en la modalidad de producción
Preproducción; asesoría jurídica y fiscal; seguros del proyecto; realización y rodaje (personal artístico y técnico, escenografía, maquillaje, iluminación, sonido, alquiler de estudios y exteriores, alquiler de equipamiento técnico, transportes); postproducción, edición, composición, mezclas, música original y derechos; copias, doblaje y subtitulado; y publicidad y promoción.
- Material promocional del proyecto y viajes a ferias y mercados de coproducción
Memoria de presentación, dosier de ventas, teaser, tráileres, programa piloto, story board y material promocional impreso. Los viajes y la asistencia a ferias y mercados o foros de coproducción o preventas (acreditación, traslados, estancia y manutención) se cubren hasta el límite del 15% de la subvención concedida por el Cabildo de Gran Canaria.
- Desarrollo del guion y definición del proyecto, en la modalidad de desarrollo
- Requisitos
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- Tienes tu domicilio fiscal en Gran Canaria
- Estás de alta en el impuesto de actividades económicas en la actividad audiovisual
En el Grupo 961 o en la División 01, con una antigüedad mínima de doce (12) meses, de forma continua o discontinua, en los tres años anteriores.
- Estás inscrito en un registro oficial de empresas audiovisuales o has solicitado la inscripción
Registro de Empresas y Obras Audiovisuales de Canarias (REOAC) del Gobierno de Canarias o Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales (RAECA) del Ministerio de Cultura y Deporte.
- Tu proyecto incluye al menos un 5% de aportación propia
- Si presentas una coproducción, aportas el contrato y mantienes una participación mínima
Solo uno de los coproductores puede ser solicitante y beneficiario. En la modalidad de desarrollo debe tener al menos el 50% y en la de producción al menos el 35% de la titularidad de la obra, de los derechos de explotación y del compromiso de gasto.
- Presentas una única solicitud por modalidad y el mismo proyecto no va a las dos
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Justifica todo el proyecto ejecutado con una cuenta justificativa e informe de un auditor inscrito como ejerciente
- Mantén los porcentajes de la coproducción hasta que termine el proyecto y comunica cualquier modificación
- Aporta las facturas y justificantes de gasto que te requieran, aunque hayas presentado el informe de auditoría
- Devuelve los remanentes no aplicados y sus intereses aportando la carta de pago de reintegro
- Actualiza tu declaración de ayudas de minimis antes de la resolución si recibes nuevas ayudas
- No subcontrates más del 50% del importe de la actividad subvencionada
- Fechas estimadas
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- Abre: 18 de agosto de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 7 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una empresa o autónomo con domicilio fiscal en Gran Canaria
- Quieres desarrollar un largometraje o una serie de ficción, documental o animación
- Vas a producir un cortometraje de ficción, documental o animación
- Estás inscrito en un registro de empresas audiovisuales o has pedido la inscripción
- Presentas el proyecto en coproducción y tienes contrato firmado con el resto
- Tu proyecto lo produce un operador de televisión u otro prestador de difusión audiovisual
- Tu obra es esencialmente publicitaria, de propaganda política, de odio o pornográfica
- Tu proyecto ya estaba terminado con copia final el 1 de junio de 2026 o antes
- Tu proyecto no incluye al menos un 5% de aportación propia
- Ya figuras entre los beneficiarios de subvenciones nominativas de Cultura del Cabildo en 2026
- Tienes pendiente justificar otras subvenciones del Servicio de Cultura del Cabildo
Cuánto puedes recibir
El Cabildo de Gran Canaria subvenciona como máximo 15.000,00 euros por proyecto y la ayuda no puede superar el 75% del coste total subvencionable de quien solicita. Cada solicitante solo puede recibir una ayuda. El crédito de cada modalidad se reparte entre los proyectos aptos por orden de puntuación hasta agotarlo, y los proyectos que se quedan sin ayuda o solo reciben parte forman una lista de reserva. Al ser una ayuda de minimis, la cuantía se reduce hasta el margen disponible si superas el límite acumulado de 300.000,00 euros en cualquier periodo de tres años.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Prepara la memoria explicativa, el guion, los currículums y el calendario y planes de producción y distribución
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Rellena y firma electrónicamente los anexos de la convocatoria
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Presenta toda la documentación en el registro electrónico del Cabildo de Gran Canaria dentro de los veinte días naturales del plazo
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Subsana la documentación en diez días hábiles improrrogables si te lo requieren
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Comunica tu aceptación, reformulación o renuncia en los diez días hábiles siguientes a la propuesta de resolución provisional
Documentación necesaria
- Datos generales (Anexo I), con firma electrónica
- Memoria resumen de la modalidad A o B (Anexo II), con firma electrónica
- Presupuesto resumen de la modalidad A o B (Anexo III), con firma electrónica
- Plan de financiación (Anexo IV), con firma electrónica
- Criterios de valoración de la modalidad A o B (Anexo V), con firma electrónica
- Declaración de ayudas de minimis (Anexo VI), con firma electrónica
- Memoria explicativa del proyecto, con firma electrónica: hasta 20 páginas en la modalidad de desarrollo y hasta 12 en la de producción
- Guion, con firma electrónica
- Currículum del solicitante, con firma electrónica
- Currículum del director o directora
- Currículums de otros intervinientes, si lo consideras oportuno
- Calendario y planes de producción y distribución
- Contrato de coproducción, si presentas el proyecto en coproducción
- Certificado de las ayudas de minimis recibidas, emitido dentro de los diez días anteriores a su presentación
- Modelo de aceptación de la subvención (Anexo VII), cuando te la concedan