Ayudas a asociaciones para fiestas de interés turístico
Hasta 5.000€ por proyecto para asociaciones de fiestas de interés turístico
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Principado de Asturias para organizar fiestas y actividades declaradas de interés turístico.
- Para quién
- Asociaciones sin ánimo de lucro que organizan fiestas y actividades declaradas de interés turístico en Asturias.
- Cuánto
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- El importe se decide por concurrencia competitiva; la aportación máxima es un porcentaje del presupuesto según la población de referencia, con un tope general de 5.000€ por proyecto
Con carácter general no se pueden superar los 5.000€ por proyecto. El importe mínimo que se concede es de 300 euros: las solicitudes cuyo cálculo resulte inferior quedan excluidas.Población de derecho Aportación máxima Menos de 5.000 habitantes Hasta un 90% del presupuesto Entre 5.000 y 20.000 habitantes Hasta un 80% Entre 20.001 y 50.000 habitantes Hasta un 70% Más de 50.000 habitantes Hasta un 50%
- El importe se decide por concurrencia competitiva; la aportación máxima es un porcentaje del presupuesto según la población de referencia, con un tope general de 5.000€ por proyecto
- Qué cubre
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- Organización, producción y ejecución de la fiesta o actividad
- Contratación de actividades culturales, artísticas y de animación del evento
- Promoción turística, mejora de la experiencia del visitante, accesibilidad y sostenibilidad
Gastos subvencionables: promoción, comunicación y marketing turístico; honorarios artísticos y técnicos; producción, montaje y desmontaje de infraestructuras temporales; alquiler de equipamientos, escenarios y medios técnicos; servicios de vigilancia y control de aforo; instalación de rampas, señalización adaptada y contenedores para el reciclaje de residuos; en fiestas gastronómicas, la adquisición del producto objeto de la fiesta; premios y galardones oficiales que se entreguen en los actos. Los gastos deben realizarse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026 y estar efectivamente pagados.
- Requisitos
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- Eres una asociación sin ánimo de lucro legalmente constituida
- Tu asociación solicitó y obtuvo la declaración de fiesta o actividad de interés turístico
- Entre tus fines estatutarios principales figura la promoción, puesta en valor y difusión de esas fiestas o de los recursos turísticos asturianos
- La fiesta o actividad se celebra en el territorio del Principado de Asturias durante 2026
- No tienes deudas vencidas, liquidadas y exigibles con la Hacienda del Principado de Asturias
- Has justificado las subvenciones y ayudas que te concedió antes la comunidad autónoma
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Realiza la fiesta o actividad que fundamenta la concesión de la subvención
- Destina los fondos percibidos al objeto concreto para el que se concedieron
- Presenta una cuenta justificativa con memoria de actuación, memoria económica y facturas
- Justifica el gasto antes del 31 de enero de 2027 si cobras la ayuda por anticipado
- Presenta la justificación en el plazo de un mes desde la concesión si no hay pago anticipado
- Sométete a las actuaciones de comprobación y control del órgano concedente
- Cuándo
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La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una asociación sin ánimo de lucro legalmente constituida
- Tu asociación solicitó y obtuvo la declaración de interés turístico de la fiesta
- Entre tus fines estatutarios principales está difundir esas fiestas o los recursos turísticos asturianos
- Organizas una fiesta o actividad que se celebra en Asturias durante 2026
- Vas a asumir gastos de producción, promoción o contratación artística del evento
- Tu fiesta o actividad no está declarada de interés turístico
- La declaración de interés turístico la solicitó y obtuvo otra entidad
- El cálculo de tu subvención resulta en una cuantía inferior a 300 euros
- Presentas la solicitud fuera del plazo establecido
- Tu asociación tiene deudas vencidas con la Hacienda del Principado de Asturias
Cuánto puedes recibir
No cobras un porcentaje fijo de tu presupuesto: el crédito disponible se reparte entre las solicitudes aprobadas aplicando los criterios de valoración de la convocatoria (un 50% del crédito en proporción al presupuesto de cada proyecto; un 10% por cada uno de los apartados de sostenibilidad ambiental, accesibilidad, igualdad y participación social, en proporción al número de actuaciones acreditadas; y un 10% en proporción a los años transcurridos desde la declaración de la fiesta). Sobre ese cálculo se aplica un tope según la población de derecho de la entidad local que se toma como referencia: hasta un 90% del presupuesto si tiene menos de 5.000 habitantes y hasta un 50% si supera los 50.000. Con carácter general no se conceden más de 5.000€ por proyecto, y quedan excluidas las solicitudes cuyo cálculo resulte inferior a 300 euros. Si eres una asociación, la subvención se paga tras justificar la actuación, mediante transferencia a la cuenta que designes.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Comprueba que tu asociación solicitó y obtuvo la declaración de interés turístico de la fiesta
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Reúne el modelo normalizado de solicitud y la documentación exigida
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Accede a la sede electrónica del Principado de Asturias y busca el código de ficha AYUD0581T02
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Presenta la solicitud por vía electrónica dentro del plazo de veinte días hábiles
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Subsana los defectos en diez días hábiles si el órgano instructor te lo requiere
Documentación necesaria
- Solicitud en el modelo normalizado disponible en la sede electrónica del Principado de Asturias, firmada por el representante legal o presidente de la asociación
- Declaración responsable de que los datos de la solicitud y la documentación presentada son ciertos y completos
- Relación de las subvenciones solicitadas y concedidas para la misma finalidad
- Fotocopia del Código de Identificación Fiscal de la asociación
- Copia autenticada de los estatutos de la asociación
- Ficha de acreedor
- Certificado del secretario de la asociación sobre la composición de la actual Junta Directiva, con nombre, DNI y cargo
- Certificado del secretario de la asociación, con el visto bueno del presidente, de la sesión en la que se aprobó solicitar la subvención
- Memoria descriptiva de la fiesta y plan detallado de actividades, firmado por el presidente de la asociación
- Presupuesto detallado del gasto, suscrito por el presidente de la asociación
- Declaración responsable sobre el régimen de tributación del IVA al que está sujeta la asociación, indicando el porcentaje de prorrata si procede
- Certificado de estar al corriente con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social, solo si te opones a que se consulten tus datos