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Ayudas Claras
Ayudas Mallorca Prestaciones
Prestaciones Mallorca Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a familias de Inca para escuelas de verano

10€ por semana completa y por cada niño o joven en actividades de verano en Inca.

Lo que significa

Qué es
Subvención municipal en concurrencia no competitiva para que las familias de Inca costeen las actividades de verano de sus hijos.
Para quién
Padres, madres, tutores legales o personas con guarda o acogimiento permanente de niños y jóvenes de Inca.
Cuánto
10€ por semana completa y por cada niño o joven participante, o 2€ por día efectivo de asistencia
Qué cubre
  • Cuotas de inscripción o matrícula de la actividad
  • Cuotas periódicas de asistencia y comedor vinculado a la actividad
  • Excursiones y actividades complementarias de la programación ordinaria
Requisitos
  • Tú y los participantes estáis empadronados en Inca antes de que acabe el plazo de solicitudes
  • Los participantes cumplen entre 3 y 17 años durante 2026 y conviven en tu domicilio
  • La actividad se desarrolla en Inca entre el 22 de junio y el 9 de septiembre de 2026
  • La organiza una entidad, asociación, empresa o profesional legalmente constituido
  • Tu unidad familiar encaja en alguno de los supuestos de acceso previstos

    Que participen al menos dos hermanos o hermanas de la misma unidad familiar en un mismo periodo del verano de 2026, aunque sea en entidades o programas distintos; que la unidad familiar sea familia numerosa; que el padre, la madre, tutor/a legal o alguno de los participantes tenga reconocido algún grado de discapacidad física, psíquica o sensorial; o que la unidad familiar sea monoparental.

  • Has pagado la actividad antes de que acabe el plazo, sin usar efectivo
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Destina la subvención a la finalidad para la que se concede
  • Justifica ante el Ayuntamiento que cumples los requisitos y que la actividad se realizó
  • Sométete a las actuaciones de comprobación, verificación y control financiero
  • Comunica al Ayuntamiento si obtienes otras ayudas para la misma actividad
  • Conserva los documentos justificativos del dinero recibido durante el plazo legalmente establecido
  • Comunica cualquier cambio en las circunstancias que motivaron la concesión
Cuándo
  • Abre: 17 de agosto de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 20 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Vives en Inca y tienes niños o jóvenes a tu cargo
  • Tus hijos participan en una escuela de verano o campus en Inca
  • Al menos dos hermanos de tu familia participan en el mismo periodo
  • Tu familia es numerosa o monoparental
  • Tú o alguno de los participantes tenéis reconocido un grado de discapacidad
  • Ya has pagado la actividad y conservas la factura y el justificante
  • El participante no cumple entre 3 y 17 años durante 2026
  • La actividad se desarrolla fuera del municipio de Inca
  • La actividad cae fuera del 22 de junio al 9 de septiembre de 2026
  • Tu unidad familiar no encaja en ninguno de los supuestos previstos
  • Pagaste la actividad en efectivo
  • Solo quieres cubrir transporte, ropa o material escolar no incluido en la cuota de la actividad

Cuánto puedes recibir

Recibes 10€ por cada semana completa de asistencia y por cada niño o joven participante, entendiendo por semana completa la asistencia de lunes a viernes. Si la actividad no llega a una semana completa, la ayuda se calcula proporcionalmente a razón de 2€ por día efectivo de asistencia acreditado. En ningún caso la subvención puede superar el coste que hayas pagado por la actividad. Si el importe global solicitado supera el crédito disponible, se reparte proporcionalmente entre todas las personas beneficiarias.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Paga la actividad por un medio que deje rastro, como transferencia, tarjeta o domiciliación, antes de que acabe el plazo

  2. Reúne la factura o documento de la entidad organizadora y el justificante de pago

  3. Rellena y firma el formulario electrónico de solicitud

  4. Preséntala por el trámite electrónico específico de la sede electrónica del Ayuntamiento entre el 17 de agosto y el 20 de septiembre de 2026

  5. Si te lo requieren, subsana la documentación en 10 días hábiles

Documentación necesaria

  • Formulario electrónico de solicitud cumplimentado y firmado
  • Documento acreditativo de la identidad del solicitante, solo si te opones a la consulta de oficio
  • Documento acreditativo de la representación legal, tutela, guarda o acogimiento permanente, cuando corresponda
  • Factura, matrícula, certificado o documento equivalente de la entidad organizadora, con el participante, el periodo, la denominación de la actividad y el importe abonado
  • Justificante acreditativo del pago efectivo de la actividad
  • Documentación de familia numerosa, familia monoparental o discapacidad, solo si te opones a la consulta de oficio o esta no es posible
  • Declaración responsable integrada en el trámite electrónico
  • Autorización para la consulta telemática del padrón municipal y de las obligaciones tributarias

Preguntas frecuentes

¿Puedo cobrarla si ya recibo otra ayuda para la misma actividad?
Sí. Es compatible con otras ayudas, subvenciones, ingresos o recursos con la misma finalidad, siempre que el importe total percibido no supere el coste total de la actividad subvencionada.
¿Qué pasa si se piden más ayudas que el dinero disponible?
Se concede a todas las personas solicitantes que cumplan los requisitos hasta el límite del crédito. Si se supera, se prorratea proporcionalmente entre todas las personas beneficiarias.
¿Puedo pagar la actividad en efectivo?
No. No se admiten pagos en efectivo: debes pagar por transferencia, tarjeta, domiciliación, ingreso bancario u otro medio equivalente que permita acreditar la trazabilidad.
¿Qué ocurre si presento la solicitud incompleta?
El Ayuntamiento te requerirá para que la subsanes en 10 días hábiles. Si no lo haces, se considerará que desistes de tu solicitud, previa resolución dictada al efecto.
¿Cuánto tardan en resolver?
El plazo máximo para resolver y notificar es de seis meses desde la publicación de la convocatoria. Si pasa sin resolución expresa, puedes entender desestimada tu solicitud.

Fuentes oficiales

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