Ayuda al fomento de la escolaridad en Arroyomolinos
Hasta 2.000 euros por beneficiario para familias con hijos en el colegio
Lo que significa
- Qué es
- Ayuda del Ayuntamiento de Arroyomolinos de la Vera para fomentar la escolaridad en el colegio del municipio e incentivar el comercio local
- Para quién
- Matrimonios, parejas de hecho y familias monoparentales con hijos escolarizados en el colegio del municipio
- Cuánto
- Cantidad máxima de 2.000,00 euros por beneficiario; se otorga la cantidad acreditada en la cuenta justificativa
- Qué cubre
-
- Gastos relacionados con el desarrollo de la actividad escolar
- Ropa y calzado
- Alimentación
- Requisitos
-
- Sois matrimonio, pareja de hecho o familia monoparental con hijos
- El hijo o hija para el que pides la ayuda está empadronado en Arroyomolinos de la Vera, en el domicilio del solicitante en el momento de la solicitud
- Consta la matrícula en el colegio C.R.A. Vera Tiétar y se presenta en el Ayuntamiento
- Ese requisito se mantiene durante todo el curso académico 2025-2026
-
No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
-
- Destina el 50% del importe de la subvención a la compra en los comercios de la localidad
- Mantén la matriculación y la asistencia efectiva a clase durante todo el curso 2025-2026, o comunícalo si no es así
- Presenta la cuenta justificativa con los gastos realizados y los documentos que los acrediten
- Facilita las actuaciones de supervisión, comprobación y control del Ayuntamiento
- Reintegra la subvención si no se cumple el compromiso de permanencia en el colegio, salvo casos debidamente justificados
- Cuándo
-
- Abre: Consulta directamente con la administración
- Último día: 31 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Sois un matrimonio, pareja de hecho o familia monoparental con hijos
- Estáis empadronados en Arroyomolinos de la Vera
- Vuestros hijos están matriculados en el colegio C.R.A. Vera Tiétar en el curso 2025/2026
- Vais a gastar en actividad escolar, ropa, calzado o alimentación
- El hijo o hija no está empadronado en el domicilio del solicitante
- El hijo o hija no está matriculado en el colegio C.R.A. Vera Tiétar
- No mantenéis la matriculación durante la totalidad del curso 2025-2026
- Los gastos tienen fecha anterior al 30 de junio de 2025 o posterior al 31 de octubre de 2026
Cuánto puedes recibir
Se asigna una cantidad máxima de 2.000 euros por beneficiario y la cuantía que se otorga es la acreditada en la cuenta justificativa. Es obligatorio destinar el 50% del importe de la subvención a la compra de esos artículos en los comercios de la localidad. Solo se admiten gastos con fecha de emisión entre el 30 de junio de 2025 y el 31 de octubre de 2026, ambos inclusive.
Cómo solicitarla, paso a paso
-
Cumplimenta el modelo de solicitud dirigido al Alcalde del Ayuntamiento
-
Reúne los certificados de empadronamiento, el libro de familia y la copia de la matrícula
-
Firma la declaración responsable y el compromiso de permanencia en el colegio durante el curso
-
Prepara la cuenta justificativa con los gastos realizados y los documentos que los demuestran
-
Presenta todo en el Registro de entrada del Ayuntamiento dentro del plazo de la convocatoria
-
Subsana en un plazo máximo e improrrogable de 10 días si te lo requieren
Documentación necesaria
- Solicitud según el modelo del Anexo I
- Fotocopia compulsada del DNI del beneficiario (padre, madre o tutor) o documento que lo sustituya
- Certificado de empadronamiento del beneficiario que acredite la residencia efectiva en el municipio
- Certificado de empadronamiento colectivo que incluya al menor para el que se solicita la ayuda
- Fotocopia del libro de familia o documentación equivalente, con todas las hojas de los miembros de la unidad familiar
- Copia de la resolución judicial en caso de adopción
- Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, o declaración responsable sustitutiva (Anexo II)
- Copia de la matrícula en el colegio C.R.A. Vera Tiétar del curso 2025-2026
- Copia compulsada de la sentencia de divorcio o separación, o de la demanda de separación registrada, en su caso
- Declaración responsable de compromiso de mantener la matriculación y la asistencia durante el curso (Anexo III)
- Cuenta justificativa con los gastos realizados, su importe y los documentos demostrativos (Anexo IV)