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Ayudas Claras
Ayudas Toledo Educación
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Ayudas al aula matinal de los colegios de Argés 2025-2026

El 30% del coste justificado del aula matinal del curso 2025-2026.

Lo que significa

Qué es
Ayuda del Ayuntamiento de Argés a las familias que han usado el servicio de aula matinal en los colegios públicos del municipio.
Para quién
Familias con hijos usuarios del aula matinal de los colegios Tirso de Molina y Miguel de Cervantes de Argés.
Cuánto
  • El 30% del coste total del servicio justificado, por familia beneficiaria
    Situación de la familiaPorcentaje de reducción
    Dos o más hijos inscritos en el aula matinal60%
    Un solo hijo inscrito en el aula matinal50%
    Los porcentajes de reducción solo se aplican si el importe total de las ayudas, una vez calculado el 30%, supera el presupuesto disponible.
Qué cubre
  • El coste del servicio de aula matinal durante el curso escolar 2025-2026
  • Solo el importe realmente abonado que certifique la empresa concesionaria del servicio
Requisitos
  • Tu hijo es usuario del servicio de aula matinal del colegio Tirso de Molina o del Miguel de Cervantes
  • Estáis empadronados en Argés de forma ininterrumpida desde el 8 de septiembre de 2025 hasta el 17 de junio de 2026
  • Puedes acreditar los meses de asistencia y el importe abonado con un certificado de la empresa concesionaria
  • Ambos progenitores presentan el modelo 170 firmado o la certificación de estar al corriente de sus obligaciones
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Justifica la realización del servicio: el pago se hace después de justificarlo
  • Mantén el empadronamiento en Argés durante todo el curso académico
  • Declara datos exactos: la inexactitud de lo declarado da lugar a la denegación de la ayuda
  • Autoriza al Ayuntamiento a comprobar los datos y emitir los documentos que acreditan los requisitos
Cuándo
  • Abre: Consulta directamente con la administración
  • Último día: 7 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tu hijo ha usado el aula matinal del colegio Tirso de Molina o del Miguel de Cervantes
  • Estáis empadronados en Argés durante todo el curso 2025-2026
  • Has pagado el servicio de aula matinal a la empresa concesionaria
  • Trabajáis en horarios distintos a los de vuestros hijos y no podéis atenderlos a primera hora
  • Tienes dos o más hijos inscritos en el aula matinal
  • Tu hijo no ha usado el aula matinal durante el curso 2025-2026
  • No estáis empadronados en Argés de forma ininterrumpida durante todo el curso
  • Tu hijo estudia en un colegio distinto del Tirso de Molina o el Miguel de Cervantes
  • Alguno de los progenitores no está al corriente de pago con Hacienda o con la Seguridad Social
  • No puedes acreditar el importe abonado con el certificado de la empresa concesionaria

Cuánto puedes recibir

Cobras inicialmente el 30% del coste total del servicio que hayas justificado. Si el importe total de las ayudas, una vez aplicado ese porcentaje, supera el presupuesto disponible, se aplican porcentajes de reducción: el 60% en las familias con dos o más hijos inscritos en el aula matinal y el 50% en las familias con un solo hijo inscrito. El pago se realiza después de que justifiques la realización de la actividad.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Pide a la empresa concesionaria el certificado con los meses de asistencia y el importe abonado

  2. Rellena la solicitud del Anexo I y la ficha de terceros que incluye

  3. Cumplimenta y firma el modelo 170 con la firma de ambos progenitores

  4. Presenta la solicitud en el registro general del Ayuntamiento o en su sede electrónica hasta el 7 de septiembre de 2026

  5. Consulta la propuesta provisional en el tablón de anuncios y presenta alegaciones en diez días hábiles si procede

Documentación necesaria

  • Solicitud del Anexo I firmada por el padre y la madre
  • Certificado de la empresa concesionaria del servicio con el nombre del usuario, el periodo de asistencia desglosado por meses y el importe real abonado cada mes
  • Ficha de terceros con los datos bancarios, incluida en la propia solicitud
  • Modelo 170 firmado por cada progenitor, tutor o representante legal, o certificación de encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social

Preguntas frecuentes

¿Cuándo se cobra la ayuda?
El pago se realiza previa justificación por el beneficiario de la realización de la actividad para la que se concedió.
¿Es compatible con otras ayudas?
Sí. Es compatible con cualquier otra ayuda, subvención, recurso o ingreso que se perciba con la misma finalidad de otras entidades públicas.
¿Qué pasa si un progenitor no está al corriente de pagos?
Puede acreditarse la subsanación antes de que el órgano instructor dicte la propuesta de resolución de concesión, dentro del plazo previsto.
¿Qué fechas cuentan para el empadronamiento?
Las del curso académico: del 8 de septiembre de 2025 al 17 de junio de 2026. Hay que estar empadronado en Argés de forma ininterrumpida en ese periodo.
¿Puedo reclamar si no aparezco en la propuesta?
Sí. La propuesta de resolución provisional se publica en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y se abre un plazo de 10 días hábiles para presentar alegaciones.

Fuentes oficiales

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