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Ayudas Claras
Subvenciones Gipuzkoa Comercio y turismo
Comercio y turismo Gipuzkoa Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas al alquiler de locales comerciales en Zumaia

100% del alquiler mensual, hasta 500€ al mes durante un máximo de 12 meses

Lo que significa

Qué es
Subvención del Ayuntamiento de Zumaia para el alquiler de locales comerciales por parte de personas emprendedoras nuevas.
Para quién
Personas emprendedoras, físicas o jurídicas, que abran un comercio minorista o den continuidad a uno ya existente en Zumaia.
Cuánto
100% del precio mensual de alquiler, con un máximo de 500,00€ al mes y durante 12 meses como máximo
Qué cubre
  • La renta mensual del local comercial alquilado en suelo urbano de Zumaia
  • El alquiler del local cuando tomas el relevo de un negocio en marcha mediante su transmisión
Requisitos
  • No tienes ningún vínculo familiar con el arrendador, incluido el cónyuge, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad
  • Estás al día en los pagos de tributos, tasas, arbitrios y sanciones del Ayuntamiento de Zumaia
  • Presentas el impreso de solicitud del programa debidamente cumplimentado
  • Tu proyecto de negocio es viable y se relaciona con alguno de los epígrafes de comercio minorista o servicios recogidos en la convocatoria
  • Presentas una sola solicitud por persona emprendedora
  • El contrato de arrendamiento del local está en vigor y dentro del plazo subvencionable
  • Tu proyecto garantiza la presencia del euskera: es imprescindible para percibir estas subvenciones, y en el proyecto detallas los criterios lingüísticos que vas a cumplir en el nuevo comercio
  • Tu negocio abre entre el 1 de septiembre de 2025 y el 1 de septiembre de 2026
  • El contrato de arrendamiento que firmas con la persona propietaria del local dura como mínimo dos años y la renta se paga por transferencia bancaria desde una cuenta de tu titularidad
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Destina la subvención al mismo fin concreto para el que se te concedió
  • Aporta al Ayuntamiento de Zumaia toda la información complementaria que te solicite
  • Comunica cualquier cambio en las circunstancias que se tuvieron en cuenta para la concesión
  • Paga la renta del local: dejar de abonarla tres meses consecutivos o alternos anula la ayuda
  • Mantén el local abierto: cerrarlo o suspender la actividad dos o más meses seguidos por causa tuya anula la ayuda
  • No cambies de actividad sin autorización previa del Ayuntamiento
  • Usa el local para la actividad solicitada, mantenlo en buen estado de conservación y no cedas su explotación: la subcontratación está prohibida
  • Cumple los criterios de euskera e igualdad vigentes en el Ayuntamiento de Zumaia en las actividades subvencionadas
Cuándo
  • Abre: 21 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 5 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Vas a abrir un comercio minorista en un local de Zumaia
  • Alquilas un local comercial situado en suelo urbano de Zumaia
  • Vas a coger el relevo de un negocio en marcha que sigue siendo viable
  • Eres persona física o jurídica, con independencia de dónde residas
  • Tu actividad encaja en los epígrafes de comercio minorista de la convocatoria
  • Solo trasladas un negocio que ya tenías en marcha
  • Tu actividad no está entre los epígrafes recogidos en la convocatoria
  • El local que alquilas está fuera del suelo urbano de Zumaia
  • Tu proyecto no garantiza la presencia del euskera en el comercio
  • Tu negocio abrió antes del 1 de septiembre de 2025 o abre después del 1 de septiembre de 2026
  • El arrendador es tu cónyuge o familiar hasta el segundo grado
  • Tienes pagos pendientes de tributos, tasas o sanciones con el Ayuntamiento

Cuánto puedes recibir

Cobras el 100% del precio mensual del alquiler, con un importe máximo de 500,00€ al mes y durante un máximo de 12 meses. El IVA no se subvenciona. El pago se hace por transferencia bancaria a una cuenta de tu titularidad: primero un pago único proporcional a los justificantes presentados hasta la fecha y, a partir de ahí, la ayuda de cada trimestre justificado se abona a trimestre vencido.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Firma el contrato de arrendamiento del local comercial en suelo urbano de Zumaia

  2. Prepara la memoria del proyecto de viabilidad y el currículum de la persona emprendedora

  3. Rellena el modelo normalizado de solicitud (Anexo I) con la documentación exigida

  4. Presenta la solicitud en el registro municipal o en la sede electrónica; las personas jurídicas solo pueden hacerlo por vía telemática

  5. Justifica cada trimestre las facturas y los justificantes del pago de la renta en los 15 primeros días posteriores al trimestre natural

Documentación necesaria

  • Modelo normalizado de solicitud (Anexo I)
  • Personas físicas: copia del DNI. Personas jurídicas: copia del CIF, DNI de la persona representante legal y documento acreditativo de la capacidad legal de representación
  • Currículum de la persona emprendedora
  • Memoria del proyecto de viabilidad: actividad a desarrollar, mercado, clientes, proveedores, previsión de resultados y grado de innovación
  • Copia del contrato de arrendamiento del local, en vigor y dentro del plazo subvencionable
  • Justificantes de pago de la renta correspondientes al periodo subvencionable
  • Declaración jurada de no estar sancionada con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones ni incursa en prohibición legal
  • Declaración de subvenciones solicitadas o recibidas de otras instituciones y organismos (Anexo II)
  • Datos de alta de tercero (Anexo III)
  • Copia del documento que acredita el epígrafe de la actividad
  • Documento que acredite la titularidad de la cuenta corriente de la persona solicitante

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedirla si traslado mi negocio actual a un local de Zumaia?
No. Los traslados de negocios quedan expresamente excluidos de estas subvenciones.
¿Tengo que vivir en Zumaia para pedirla?
No. La convocatoria se dirige a personas físicas o jurídicas con independencia de su residencia. Lo que debe estar en suelo urbano de Zumaia es el local.
¿Cómo se justifica la ayuda?
Presentando cada trimestre, en los 15 primeros días posteriores a cada trimestre natural, las facturas y los justificantes del pago de la renta. La ayuda de cada trimestre justificado se abona a trimestre vencido.
¿En qué casos se anula la subvención?
Si dejas de pagar la renta tres meses consecutivos o alternos, si mantienes el local cerrado o suspendes la actividad dos o más meses seguidos por causa que se te pueda imputar, o si cambias de actividad sin autorización previa del Ayuntamiento.
¿Cuánto tardan en resolver?
El plazo máximo para resolver y notificar no puede exceder de 3 meses, contados desde la fecha en que finaliza el plazo de presentación de solicitudes.

Fuentes oficiales

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