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Ayudas Claras
Subvenciones Sevilla Servicios sociales
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Subvenciones Sevilla Solidaria 2027 para acción social

Subvención de hasta 150.000€ por entidad a proyectos de acción social en Sevilla.

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Sevilla para proyectos de acción social de entidades sin ánimo de lucro.
Para quién
Entidades privadas sin ánimo de lucro que desarrollan proyectos de acción social en el municipio de Sevilla.
Cuánto
Hasta 150.000€ por entidad con carácter general; los sectores de personas sin hogar y otros grupos en riesgo de exclusión tienen límites específicos.
Qué cubre
  • Costes directos necesarios para ejecutar el proyecto
  • Costes indirectos de estructura, hasta el 15% del importe total de la actividad
Requisitos
  • Eres una entidad privada sin ánimo de lucro
  • Tu proyecto de acción social se ejecuta en el municipio de Sevilla durante 2027
  • Tu proyecto complementa las actuaciones de los Servicios Sociales Municipales
  • Estás inscrita en el Registro Municipal de Entidades del Ayuntamiento de Sevilla
  • Estás al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Ejecuta el proyecto durante la anualidad 2027 según lo aprobado
  • Justifica la subvención en los tres meses siguientes a la finalización del proyecto
  • Garantiza la transparencia de tu actividad si recibes más de 100.000€ o si al menos el 40% de tus ingresos anuales son ayudas públicas de al menos 5.000€
  • No superes el 20% de desviación al compensar unos conceptos con otros del presupuesto aprobado
  • Solicita tres ofertas cuando un gasto iguale o supere 15.000€ (IVA excluido) en suministros o servicios
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

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  • Eres una entidad privada sin ánimo de lucro
  • Desarrollas proyectos de acción social en el municipio de Sevilla
  • Tu proyecto complementa las actuaciones de los Servicios Sociales Municipales
  • Atiendes a personas en situación o riesgo de exclusión social
  • Estás inscrita en el Registro Municipal de Entidades del Ayuntamiento de Sevilla
  • Eres una entidad con ánimo de lucro
  • Tu proyecto no se ejecuta en el municipio de Sevilla
  • Tu proyecto no se adecua a la finalidad de la convocatoria
  • Ya recibes otra subvención de otra área o distrito del Ayuntamiento de Sevilla para el mismo proyecto
  • No has justificado en plazo otras subvenciones anteriores del mismo órgano

Cuánto puedes recibir

Cada entidad puede recibir como máximo 150.000€ con carácter general; los sectores de personas sin hogar y otros grupos en riesgo de exclusión tienen límites específicos. Se abona el 75% de la cuantía concedida en la fecha de concesión y el 25% restante una vez justificado el pago anterior.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Prepara tu proyecto de acción social según el modelo oficial (Anexo II)

  2. Reúne la documentación administrativa de la entidad: estatutos, tarjeta fiscal, certificado bancario e inscripción en el Registro Municipal de Entidades

  3. Presenta la solicitud en formato electrónico a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Sevilla

  4. Hazlo dentro de los 15 días hábiles siguientes a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia

Documentación necesaria

  • Solicitud (Anexo I-Anverso) y declaración responsable (Anexo I-Reverso)
  • Modelo del proyecto (Anexo II)
  • Certificado del secretario de la entidad con los datos del representante legal
  • Certificado bancario con el número de cuenta a nombre de la entidad
  • Estatutos vigentes de la asociación o entidad
  • Tarjeta de Identificación Fiscal
  • Documento acreditativo de estar inscrita en el Registro Municipal de Entidades del Ayuntamiento de Sevilla
  • Autorización de notificación por medios electrónicos (Anexo VIII)

Preguntas frecuentes

¿Puedo presentar varios proyectos?
Sí. Una entidad puede presentar varios proyectos, indicando en el anexo de documentación administrativa cada proyecto y su importe solicitado.
¿Qué pasa si me conceden menos de lo solicitado?
Debes reformular el proyecto (Anexo II) ajustándolo a la subvención otorgada, en los diez días hábiles siguientes a la propuesta provisional.
¿Es compatible con otras ayudas?
Es compatible con otras ayudas dentro de los límites legales, pero incompatible con otras subvenciones de cualquier área o distrito del Ayuntamiento de Sevilla para el mismo proyecto.
¿Cuándo tengo que justificar la subvención?
El plazo máximo de justificación es de tres meses desde la finalización del proyecto subvencionado.

Fuentes oficiales

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