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Ayudas Claras
Subvenciones Región de Murcia Servicios sociales
Servicios sociales Región de Murcia Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones a proyectos sociales en Alhama de Murcia

Subvención de hasta el 75% del coste para proyectos sociales de asociaciones en Alhama de Murcia.

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Alhama de Murcia para proyectos sociales de asociaciones sin ánimo de lucro.
Para quién
Asociaciones y entidades sin ánimo de lucro de carácter social con domicilio o actividad en el municipio de Alhama de Murcia.
Cuánto
Hasta el 75% del presupuesto total del proyecto presentado.
Qué cubre
  • Contratación del personal directamente vinculado al proyecto
  • Gastos del personal voluntario, como seguros de accidente y responsabilidad civil
  • Transporte, desplazamientos y viajes del personal y de los destinatarios
  • Material fungible o didáctico y gastos de publicidad y difusión del proyecto
Requisitos
  • Ser una asociación sin ánimo de lucro legalmente constituida
  • Estar inscrita en el registro de asociaciones que corresponda y en el registro municipal de Asociaciones y Entidades Ciudadanas de Alhama de Murcia
  • Tener domicilio social en Alhama de Murcia o desarrollar tus actividades en el municipio
  • Tener carácter social recogido en la finalidad de tus estatutos
  • No tener una subvención nominativa o un convenio con el Ayuntamiento para la misma finalidad
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Realizar el proyecto que fundamenta la subvención
  • Hacer constar la colaboración de la Concejalía de Bienestar Social e incluir su logotipo en la publicidad y las redes sociales
  • Cofinanciar con fondos propios al menos el 25% adicional al importe subvencionado
  • Justificar la subvención con una memoria técnica y económica en el plazo de un mes desde el fin de la ejecución
  • No modificar el programa subvencionado sin autorización previa del Ayuntamiento
  • Conservar la documentación justificativa y someterte a las actuaciones de comprobación y control
Fechas estimadas
  • Abre: 25 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 13 de agosto de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Sois una asociación sin ánimo de lucro de carácter social
  • Tenéis domicilio social en Alhama de Murcia o actuáis en el municipio
  • Vais a desarrollar un proyecto de acción social durante 2026
  • Estáis inscritas en el registro municipal de asociaciones y entidades ciudadanas
  • Podéis aportar con fondos propios el 25% del coste del proyecto
  • Vuestra actividad se restringe solo a beneficiar a vuestros asociados
  • El proyecto ya lo desarrolla el Ayuntamiento y no lo complementa
  • Tenéis una subvención nominativa o un convenio municipal para la misma finalidad
  • No estáis al corriente de justificar subvenciones municipales anteriores
  • Vuestra entidad tiene ánimo de lucro

Cuánto puedes recibir

La ayuda cubre como máximo el 75% del presupuesto total del proyecto que presentes; el 25% restante lo aportas tú con fondos propios. El pago se realiza de forma anticipada y de una sola vez, una vez resuelta la concesión.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación de la entidad: estatutos, CIF, título de representación legal e IBAN

  2. Redacta el proyecto de actividades a desarrollar (Anexo IV)

  3. Presenta la solicitud (Anexo I) con la documentación en el Registro de la sede electrónica del Ayuntamiento

  4. Hazlo dentro de los 20 días naturales siguientes a la publicación del extracto en el boletín oficial regional

Documentación necesaria

  • Solicitud (Anexo I)
  • CIF de la entidad
  • Documento de inscripción en el Registro de Asociaciones y Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento
  • NIF en vigor del representante legal
  • Acreditación del título de representación legal
  • Copia de los estatutos con el ámbito y la condición de entidad sin ánimo de lucro
  • Acreditación de estar al corriente de pago con la Seguridad Social
  • Documento bancario con el IBAN a nombre de la entidad
  • Declaración responsable sobre la no concurrencia de prohibiciones (Anexo II)
  • Declaración sobre otras ayudas para la misma actividad (Anexo III)
  • Proyecto de actividades a desarrollar (Anexo IV)
  • Acreditación documental de la experiencia en proyectos similares

Preguntas frecuentes

¿Es compatible con otras subvenciones?
Sí, salvo que el conjunto de las ayudas supere el 100% del coste total del proyecto; en ese caso deberás reintegrar las cantidades excedentes.
¿Puedo pedirla para una actividad que ya realiza el Ayuntamiento?
No, salvo que tu iniciativa complemente actividades, proyectos o programas ya desarrollados por el Ayuntamiento.
¿Qué pasa si mi solicitud está incompleta?
El Ayuntamiento te requerirá para que subsanes en un plazo de diez días hábiles; si no lo haces, se considera que desistes de la petición.
¿En qué plazo debo ejecutar el proyecto?
Entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026. Puedes solicitar una prórroga hasta el 31 de marzo de 2027 si lo pides antes del 30 de noviembre de 2026.

Fuentes oficiales

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