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Ayudas Claras
Ayudas Lleida Prestaciones
Prestaciones Lleida Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayuda para velador en actividades de verano en Tàrrega

Ayuda municipal para el coste del velador en actividades de verano en Tàrrega.

Lo que significa

Qué es
Subvención del Ayuntamiento de Tàrrega para cubrir el coste del velador que acompaña a niños y jóvenes en actividades de verano y ocio.
Para quién
Familias de Tàrrega con niños, adolescentes o jóvenes que necesitan acompañamiento de un velador escolar.
Cuánto
El importe se determina según la disponibilidad presupuestaria y no puede superar el coste efectivo del velador
Qué cubre
  • El coste del velador que acompaña al menor durante la actividad
  • Actividades deportivas o de ocio realizadas en Tàrrega durante las vacaciones escolares de verano
Requisitos
  • El niño o niña ha cumplido 3 años y el joven aún no ha cumplido los 18
  • Al menos uno de los tutores está empadronado en Tàrrega
  • El menor está inscrito como mínimo una semana en una actividad deportiva o de ocio en Tàrrega
  • La actividad se desarrolla dentro del periodo de vacaciones escolares de verano
  • El menor necesita el acompañamiento de un velador escolar para realizar la actividad
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Justifica ante el ayuntamiento que has cumplido las condiciones de la ayuda
  • Comunica si obtienes otras subvenciones, ingresos o recursos para la misma actividad
  • Mantente al corriente de tus obligaciones con Hacienda y la Seguridad Social
  • Conserva los documentos justificativos al menos seis años desde el fin del plazo de justificación
  • No tengas ningún proceso de reintegro iniciado por deudas con el ayuntamiento
  • Sométete a las actuaciones de comprobación, inspección y control financiero
Cuándo
  • Abre: 23 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 30 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Al menos uno de los tutores está empadronado en Tàrrega
  • Tu hijo o hija ha cumplido 3 años y aún no ha cumplido 18
  • Has inscrito al menor en una actividad deportiva o de ocio en Tàrrega
  • El menor necesita un velador escolar para participar en la actividad
  • Ningún tutor legal está empadronado en Tàrrega
  • El menor todavía no ha cumplido 3 años
  • El joven ya ha cumplido los 18 años
  • La actividad se realiza fuera del municipio de Tàrrega
  • La inscripción en la actividad es de menos de una semana
  • Ya has pedido otra ayuda al ayuntamiento por la misma actuación

Cuánto puedes recibir

El importe que recibes no está fijado de antemano: se determina teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestaria. En ningún caso la subvención, sumada a otras ayudas o ingresos, puede superar el coste efectivo del velador. Si las solicitudes valoradas superan el importe de la convocatoria, el dinero se reparte a prorrateo entre los beneficiarios. El pago se hace en un único abono, en un plazo máximo de 30 días desde la aprobación de la concesión, mediante transferencia a la entidad que realizó la actividad.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación que acredita la inscripción y la necesidad de velador

  2. Rellena el modelo de solicitud normalizado que facilita el ayuntamiento

  3. Presenta la solicitud en la sede electrónica del Ayuntamiento de Tàrrega o en la Oficina de Atención al Ciudadano

  4. Si te lo requieren, subsana o aporta los documentos que falten en 10 días

  5. Espera la resolución, que se notifica individualmente indicando la cuantía concedida

Documentación necesaria

  • Modelo de solicitud normalizado, cumplimentado y firmado, que incluye la declaración responsable
  • Autorización para que el ayuntamiento transfiera el importe a la entidad que adelantó el coste del velador, cuando sea el caso
  • Copia del DNI, NIE o pasaporte del beneficiario y de sus tutores legales
  • Copia del libro de familia
  • Copia de la inscripción en la actividad deportiva o de ocio realizada en Tàrrega
  • Informe de reconocimiento de necesidades específicas de apoyo educativo emitido por la Administración competente
  • Certificado de la entidad organizadora que acredita el coste del velador

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir esta ayuda si ya he solicitado otra al ayuntamiento por la misma actividad?
No. Estas ayudas son incompatibles con otras que solicites al Ayuntamiento de Tàrrega por las mismas actuaciones. Sí son compatibles con las que pidas a otras administraciones o entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales.
¿A quién se le paga el dinero de la ayuda?
El pago se realiza mediante transferencia bancaria a la cuenta de la entidad que ha realizado la actividad. Si esa entidad adelantó el coste del velador, debes autorizarlo en la solicitud.
¿Qué pasa si presento la solicitud incompleta?
El ayuntamiento te requerirá para que en 10 días subsanes o aportes los documentos preceptivos. Si no lo haces, se considera que desistes de tu petición.
¿Qué ocurre si no recibo respuesta a mi solicitud?
El plazo para resolver y notificar es de dos meses desde el día siguiente al fin del plazo de presentación de solicitudes. Si transcurre sin resolución expresa, la solicitud se entiende desestimada.

Fuentes oficiales

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