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Ayudas Claras
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Ayudas a entidades por ocio inclusivo en Pontevedra

Hasta 2.500€ por entidad para actividades de ocio inclusivo en Pontevedra

Lo que significa

Qué es
Subvención de la Diputación de Pontevedra para que entidades sociales organicen actividades de ocio inclusivo en la provincia.
Para quién
Entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro que atienden a personas con discapacidad o en situación de dependencia.
Cuánto
Hasta 2.500€ por entidad, sin superar los gastos justificados
Qué cubre
  • Entradas a cines, museos, conciertos y espectáculos, e inscripciones en pruebas deportivas y talleres
  • Desplazamientos, seguros, alojamiento y material fungible de las salidas y actividades
  • Personal de acompañamiento y atención, y comidas o catering con un tope de 600€
Requisitos
  • Tu entidad figura en el registro gallego de entidades prestadoras de servicios sociales, en las áreas de dependencia o discapacidad
  • Tienes domicilio fiscal, sede social o delegación permanente en la provincia de Pontevedra
  • Careces de fines de lucro y tus estatutos coinciden con el objeto de la subvención
  • Estás al corriente con la Agencia Tributaria estatal, la agencia tributaria gallega, la Seguridad Social y la Diputación de Pontevedra
  • Tu proyecto cuenta con un mínimo de 12 participantes en el conjunto de las actuaciones
  • Las actividades se desarrollan dentro de la provincia de Pontevedra
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Ejecuta el proyecto en los plazos que hayas indicado en tu solicitud
  • Ten las actuaciones subvencionadas ejecutadas y finalizadas el 31 de marzo de 2027
  • Descarga y exhibe de forma visible el cartel oficial del programa durante las actividades
  • Aporta fotografías de los días de actividad en las que se vea el cartel colocado
  • Presenta la justificación de gastos como máximo el 30 de abril de 2027
  • Comunica a la Diputación si obtienes otras ayudas para la misma actividad
Cuándo
  • Abre: 30 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 22 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una entidad de iniciativa social sin ánimo de lucro
  • Estás inscrita en el registro gallego de entidades prestadoras de servicios sociales
  • Trabajas con personas con discapacidad o en situación de dependencia
  • Tienes sede social o delegación permanente en la provincia de Pontevedra
  • Organizas salidas, talleres o actividades de ocio para tus personas usuarias
  • Tu proyecto reúne al menos 12 participantes
  • Tu entidad tiene ánimo de lucro
  • No figuras en el registro gallego de entidades prestadoras de servicios sociales
  • No tienes domicilio fiscal, sede ni delegación permanente en Pontevedra
  • Tu proyecto reúne menos de 12 participantes
  • Las actividades se desarrollan fuera de la provincia de Pontevedra
  • Tus fines estatutarios no coinciden con el objeto de la subvención

Cuánto puedes recibir

Recibes como máximo 2.500€ por entidad, hasta que se agote el crédito de la convocatoria. La cantidad final se ajusta a lo que justifiques: si acreditas el 100% del presupuesto subvencionado cobras la subvención entera y, si justificas menos, cobras la parte proporcional. El pago se hace por transferencia a la cuenta bancaria que indiques.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Prepara el proyecto descriptivo de ocio inclusivo, con un máximo de seis folios a una cara

  2. Reúne los estatutos vigentes, el certificado bancario y la acreditación de representación

  3. Presenta la solicitud y la documentación por medios electrónicos en la sede electrónica de la Diputación de Pontevedra

  4. Si te requieren subsanar algún defecto, corrígelo en los diez días hábiles siguientes al anuncio

Documentación necesaria

  • Proyecto descriptivo de ocio inclusivo, con denominación, descripción de las actuaciones, número de participantes y fechas previstas
  • Estatutos vigentes con la composición actualizada de la junta directiva
  • Certificado bancario de titularidad de la cuenta indicada en la solicitud
  • Acreditación de la capacidad de representación de quien actúa en nombre de la entidad

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir esta subvención si ya tengo otra ayuda para la misma actividad?
Sí, es compatible con otras subvenciones o ingresos destinados a la misma finalidad. La suma de todas no puede superar el 100% del coste de la actividad y debes comunicárselo a la Diputación, que reducirá el importe si procede.
¿Qué pasa si el dinero no llega para todas las solicitudes?
La concesión es por concurrencia no competitiva: se concede a todas las entidades que cumplan los requisitos hasta agotar el crédito. Si no alcanza, se elabora una lista de espera con las entidades que tienen centros o programas inscritos en el registro en primer lugar y el resto después, ordenadas por antigüedad de inscripción.
¿Cuándo sabré si me la conceden?
El plazo máximo para resolver es de seis meses desde el día siguiente al final del plazo de presentación de solicitudes. Si pasa ese plazo sin resolución, puedes entender que tu solicitud ha sido desestimada.
¿Qué ocurre si no presento la justificación a tiempo?
El Servicio de Bienestar Social te requerirá que la presentes en un plazo máximo de quince días. Si tampoco lo haces, se inicia el expediente de pérdida de la subvención.
¿Hay gastos que no puedo incluir?
Sí. Quedan fuera los gastos corrientes de funcionamiento como luz, agua, teléfono y alquiler, las atenciones protocolarias como regalos, flores o trofeos, y la compra de bienes o las inversiones.

Fuentes oficiales

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