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Ayudas Claras
Ayudas Lanzarote Servicios sociales
Servicios sociales Lanzarote Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas para víctimas de violencia de género en Lanzarote

Ayuda económica de emergencia para mujeres víctimas de violencia de género sin recursos.

Lo que significa

Qué es
Ayuda económica de emergencia social del Cabildo de Lanzarote para mujeres víctimas de violencia de género sin recursos.
Para quién
Mujeres víctimas de violencia de género y, en casos de asesinato, sus huérfanos y familiares que dependían de ellas.
Cuánto
  • El importe depende de la puntuación que obtengas en un baremo, con un máximo de 3.000€.
    PuntuaciónPorcentaje
    0 a 4 puntos0%
    5 puntos50%
    6 a 8 puntos60%
    9 a 11 puntos80%
    12 a 14 puntos100%
    El importe máximo de la ayuda es de 3.000€. Superar los 1.800€ (hasta 3.000€) requiere un informe social que lo justifique por motivos excepcionales.
Qué cubre
  • Necesidades de emergencia social por carecer de recursos económicos
  • Alojamiento alternativo para independizarte del agresor
  • Gastos asociados al fallecimiento en casos de asesinato por violencia de género

    Sepelio, traslado del cuerpo, limpieza de la vivienda donde se produjo el asesinato, adquisición de ropa o material escolar, reposición de la vivienda y gastos legales derivados del asesinato.

Requisitos
  • Ser mujer víctima de violencia de género y acreditarlo (orden de protección, informe del Ministerio Fiscal o informe social o psicológico)
  • Ser mayor de edad o estar legalmente emancipada
  • Estar empadronada en un municipio de la isla de Lanzarote, salvo si estás en un recurso de acogida temporal o en situación de extrema necesidad
  • Carecer de ingresos propios o, si los tienes, que no superen el IPREM por cada persona a tu cargo

    Se calcula el cómputo mensual de ingresos dividido entre las personas que dependen económicamente de ti, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias. Se suma un 10% si tienes reconocida una discapacidad igual o superior al 33%, así como por cada hijo menor con discapacidad o persona mayor dependiente que conviva contigo.

  • No convivir con el agresor, salvo si la ayuda se destina a un alojamiento alternativo para independizarte
  • Comprometerte a participar, si procede, en programas de intervención para mujeres víctimas de violencia de género
Obligaciones
  • Destinar la ayuda a la finalidad para la que se concedió
  • Justificar el gasto en los tres meses siguientes a recibir la ayuda, con las facturas originales o documentos con valor probatorio
  • Cumplir las condiciones indicadas en la resolución en el plazo de tres meses, o la ayuda se revocará
  • Reintegrar el importe si, tras la tramitación de urgencia, no se confirma la situación de urgencia
Cuándo
  • Abre: 1 de enero de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 1 de diciembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres mujer víctima de violencia de género y puedes acreditarlo
  • Estás empadronada en un municipio de la isla de Lanzarote
  • Eres mayor de edad o estás legalmente emancipada
  • Careces de ingresos propios o no superan el IPREM por persona a tu cargo
  • Estás en un recurso de acogida temporal para víctimas de violencia
  • Convives con el agresor y la ayuda no es para alojamiento alternativo
  • Tus ingresos mensuales por persona a cargo superan el IPREM vigente
  • Eres menor de edad y no estás legalmente emancipada
  • No puedes acreditar ser víctima de violencia de género

Cuánto puedes recibir

Recibes una ayuda económica cuya cuantía depende de los puntos que sumes en un baremo (discapacidad, vivienda en alquiler, familia monoparental, menores a cargo, situación de desempleo y otras dificultades): con 5 puntos te corresponde el 50% y con 12 a 14 puntos el 100%. El importe máximo de la ayuda es de 3.000€. Se abona por transferencia a la cuenta que designes una vez resuelta la concesión.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación: la solicitud, la acreditación de ser víctima de violencia de género, la justificación de tus ingresos y el informe social

  2. Presenta la solicitud en el Registro del Área de Bienestar Social o en el Registro General del Cabildo de Lanzarote

  3. Espera la valoración de la Comisión de Valoración, que se reúne mensualmente para estudiar las solicitudes

  4. Si te la conceden, cumple las condiciones de la resolución y justifica el gasto en los tres meses siguientes

Documentación necesaria

  • Solicitud según modelo normalizado (Anexo II)
  • Documentos acreditativos de tu identidad y, en su caso, de tu representante
  • Justificación de ingresos: nómina, certificación de la pensión o prestación, declaración de la renta o declaración responsable de los ingresos del año anterior
  • Impreso de Alta a Terceros del Cabildo Insular de Lanzarote
  • Documento acreditativo de ser víctima de violencia de género (certificación, informe del Ministerio Fiscal, orden de protección o informe social o psicológico)
  • Autorización al Cabildo para recabar información que obre en otras administraciones
  • Informe social que determine tu situación, que no convives con el agresor y si percibes ayudas de otra administración

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si mi situación es de extrema urgencia?
Existe un procedimiento de urgencia: la Presidencia puede resolver en un plazo máximo de tres días hábiles desde que presentas la solicitud con todos los documentos. Después, el expediente sigue el trámite habitual.
¿Puedo solicitarla en cualquier momento del año?
Sí, el plazo permanece abierto de forma permanente hasta el 1 de diciembre del año en curso, o el siguiente día hábil.
¿Puedo cobrar la ayuda si convivo con el agresor?
En general no. La excepción es cuando la ayuda se destina a un alojamiento alternativo para posibilitar tu independencia y que abandones la vivienda que compartes con el agresor.
¿Qué ocurre si no me responden a tiempo?
Si transcurre el plazo sin que se dicte y notifique una resolución expresa, tu petición se entiende desestimada por silencio administrativo.

Fuentes oficiales

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