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Ayudas Claras
Subvenciones Gran Canaria Prestaciones
Prestaciones Gran Canaria Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvención para negocios de Arucas afectados por obras

Ayuda de 1.500€ o 3.000€ para negocios de Arucas afectados por las obras

Lo que significa

Qué es
Subvención del Ayuntamiento de Arucas, en concurrencia competitiva, para negocios afectados por las obras públicas del municipio.
Para quién
Autónomos, microempresas y pequeñas empresas del municipio de Arucas.
Cuánto
  • Cantidad fija según el distrito donde esté tu establecimiento
    LíneaDistritosImporte
    Línea ADistritos 1, 2, 5 y 73.000€
    Línea BDistritos 3, 4 y 61.500€
Qué cubre
  • Alquiler del local comercial
  • Suministros básicos de luz, agua, gas y telecomunicaciones
  • Cuotas de la Seguridad Social (RETA o cuotas patronales) y seguros del negocio
Requisitos
  • Eres autónomo, microempresa o pequeña empresa con domicilio social en Arucas
  • Tu domicilio fiscal y tu local están en uno de los distritos indicados de Arucas
  • Iniciaste tu actividad económica en 2022 como mínimo
  • Puedes acreditar una disminución de facturación entre 2022 y 2025
  • Tu actividad requiere atención al público en un establecimiento abierto y permanente
  • Tienes todas las licencias de apertura y permisos necesarios para funcionar
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Acepta la subvención en el plazo de diez días hábiles desde la notificación de la concesión
  • Destina la ayuda a los gastos corrientes del negocio (alquiler, suministros, seguros y cuotas)
  • Justifica ante el Ayuntamiento el cumplimiento de los requisitos y el destino de los fondos
  • Mantén tu actividad al menos 6 meses seguidos tras el abono de la subvención
  • Comunica cualquier otra ayuda o subvención que obtengas para la misma actividad
  • Conserva los documentos justificativos del uso de los fondos
Fechas estimadas
  • Abre: 21 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 4 de agosto de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres autónomo, microempresa o pequeña empresa con domicilio social en Arucas
  • Tu local está en una zona de Arucas afectada por las obras municipales
  • Iniciaste tu actividad económica en 2022 o antes
  • Puedes acreditar una caída de facturación entre 2022 y 2025
  • Tu negocio atiende al público en un establecimiento abierto y permanente
  • Ejerces tu actividad sin establecimiento permanente o mediante venta ambulante
  • Vendes u operas exclusivamente por internet
  • Tu negocio está fuera de los distritos indicados de Arucas
  • Tu empresa supera los 50 trabajadores o 10 millones de euros de facturación anual

Cuánto puedes recibir

Recibes una cantidad fija según dónde esté tu establecimiento: 3.000€ si está en los Distritos 1, 2, 5 o 7 (Línea A), o 1.500€ si está en los Distritos 3, 4 o 6 (Línea B). El Ayuntamiento paga por transferencia bancaria una vez justificada la ayuda, y solo si estás al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación: certificado censal, alta en autónomos o escrituras y las declaraciones tributarias que acrediten la caída de facturación

  2. Cumplimenta el Anexo I de solicitud y firma electrónicamente la declaración responsable (Anexo II)

  3. Presenta la solicitud de forma telemática en la sede electrónica del Ayuntamiento de Arucas

  4. Si te lo requieren, subsana los defectos o aporta los documentos que falten en el plazo indicado

  5. Si te conceden la ayuda, presenta la aceptación y el Alta a Terceros en el plazo de diez días hábiles

Documentación necesaria

  • Solicitud con la relación de documentación (Anexo I)
  • Declaración responsable (Anexo II)
  • DNI o NIE del solicitante y, en su caso, del representante
  • Escrituras de constitución y poderes (personas jurídicas)
  • Certificado actualizado de situación censal
  • Certificado de alta en el Régimen Especial de Autónomos
  • Certificados de estar al corriente con la Seguridad Social, la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Agencia Tributaria Canaria
  • Declaraciones tributarias que acrediten la disminución de ingresos
  • Vida laboral de la empresa
  • Documento de Alta a Terceros

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo para solicitar la ayuda?
El plazo es de quince días naturales a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Fuera de plazo, la solicitud se inadmite sin más trámite.
¿Cómo se decide quién cobra si se agota el dinero?
Las solicitudes se atienden por estricto orden de entrada en la sede electrónica, siempre que cumplas todos los requisitos. Una vez agotado el crédito, se desestiman las solicitudes que no se puedan atender.
¿Puedo pedirla si vendo solo por internet?
No. Quedan excluidos los negocios sin establecimiento permanente, la venta ambulante y quienes realizan sus ventas u operaciones exclusivamente on-line.
¿Cuánto tiempo debo mantener el negocio tras cobrar?
Debes mantener la actividad subvencionada al menos 6 meses seguidos después de que se abone la subvención.
¿Puedo compaginar esta ayuda con otras subvenciones?
Debes comunicar cualquier otra ayuda que obtengas para la misma actividad. En ningún caso la suma de ayudas puede superar el coste de la actividad.

Fuentes oficiales

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