Subvenciones para asociaciones vecinales de Alcoi 2026
Subvención de hasta el 90% del proyecto, con tope de 5.000€ por beneficiario.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Alcoi para actividades de participación ciudadana de asociaciones vecinales.
- Para quién
- Asociaciones vecinales sin ánimo de lucro de Alcoi.
- Cuánto
- Hasta el 90% del coste del proyecto, con un máximo de 5.000€ por beneficiario.
- Qué cubre
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- Proyectos y actividades de participación ciudadana, convivencia e integración vecinal
- Actividades formativas, artísticas, recreativas y socioculturales
- Gastos de funcionamiento de la asociación: alquiler, suministros, teléfono e internet
- Requisitos
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- Estar legalmente constituida como asociación vecinal sin ánimo de lucro
- Tener domicilio social en Alcoi y desarrollar la actividad en el municipio
- Estar inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones de Alcoi, o haberlo solicitado antes de la convocatoria
- Estar al corriente de las deudas con el Ayuntamiento, Hacienda y la Seguridad Social
- No tener pendiente de justificar otra subvención municipal anterior
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Ejecutar el proyecto o la actividad que fundamenta la subvención
- Justificar el gasto de la subvención según el procedimiento de las bases
- Conservar los documentos justificativos para posibles comprobaciones
- Comunicar al Ayuntamiento otras subvenciones o ingresos que financien la actividad
- Dar publicidad de la financiación municipal e incluir el logotipo de la concejalía de Participación Ciudadana
- Cuándo
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La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una asociación vecinal sin ánimo de lucro de Alcoi
- Estás inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones de Alcoi
- Tu asociación tiene sede y actúa en el municipio de Alcoi
- Organizas actividades para fomentar la participación ciudadana en tu barrio
- Realizas proyectos de convivencia o integración vecinal
- Eres una entidad privada con ánimo de lucro
- Tu asociación no está inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones
- Las actividades tienen carácter político, religioso o esotérico
- El proyecto tiene finalidad lucrativa o comercial
- Tienes pendiente justificar otra subvención municipal anterior
Cuánto puedes recibir
La ayuda de cada asociación se calcula sumando una parte fija, repartida por igual entre todas las solicitantes, y una parte variable según los puntos que obtenga tu proyecto en la valoración. No puede superar el 90% del coste del proyecto ni 5.000€ por beneficiario. Cobras un anticipo del 60% cuando se concede y el resto tras justificar el gasto.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Comprueba que tu asociación está inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones de Alcoi
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Prepara la memoria del proyecto y el presupuesto de ingresos y gastos
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Reúne los anexos y la documentación exigida
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Presenta una única solicitud de forma telemática en la sede electrónica del Ayuntamiento de Alcoi
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Espera la resolución provisional y, si procede, presenta alegaciones en 10 días hábiles
Documentación necesaria
- Solicitud de subvención cumplimentada y firmada (modelo oficial)
- Fotocopia del NIF de la entidad y de su representante legal
- Fotocopia de los estatutos de la entidad
- Memoria o proyecto de actividades con desglose económico (Anexo 1 y 1B)
- Presupuesto de ingresos y gastos (Anexo 2)
- Certificado de acreditación del representante legal (Anexo 3)
- Certificado del número de personas asociadas y su cuota (Anexo 4)