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Ayudas Claras
Subvenciones Tarragona Cultura
Cultura Tarragona Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones para actividades culturales en Amposta 2026

Hasta 5.000€ para actividades culturales de entidades y particulares de Amposta

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Amposta para programas y actividades culturales
Para quién
Particulares, entidades culturales y asociaciones cívicas de Amposta
Cuánto
Hasta 5.000€ para quien obtiene la puntuación máxima, repartido proporcionalmente según los puntos
Qué cubre
  • Gastos de funcionamiento e infraestructura de la actividad
  • Alquileres, premios y compras de material
  • Servicios contratados a terceros y desplazamientos necesarios
Requisitos
  • Eres una entidad cultural o asociación cívica inscrita en el Registro de Entidades del Ayuntamiento
  • Tienes tu sede social o domicilio en el término municipal de Amposta
  • Estás al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • Estás al corriente de tus deudas con el Ayuntamiento
  • No estás incluido en otros programas específicos del Ayuntamiento
  • La actividad se realiza entre el 1 de noviembre de 2025 y el 25 de octubre de 2026
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Justifica los gastos efectuados por al menos la cantidad otorgada
  • Presenta la memoria de la actividad y el balance económico
  • Presenta facturas o documentos equivalentes con acreditación del pago
  • Incluye el logo del Ayuntamiento de Amposta en carteles y programas
  • Presenta la justificación como máximo hasta el 31 de octubre de 2026
  • Reintegra los sobrantes que no hayas aplicado a la actividad
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una entidad cultural o asociación cívica de Amposta
  • Organizas programas o actividades culturales en Amposta
  • Tu entidad está inscrita en el Registro de Entidades del Ayuntamiento
  • Tienes tu sede social o domicilio en el término municipal de Amposta
  • Eres un particular que desarrolla una iniciativa cultural
  • No tienes sede social ni domicilio en el término municipal de Amposta
  • Tu entidad no está inscrita en el Registro de Entidades del Ayuntamiento
  • Tienes deudas pendientes con el Ayuntamiento de Amposta
  • No estás al corriente con Hacienda o la Seguridad Social
  • Tu actividad no tiene carácter cultural

Cuánto puedes recibir

El importe máximo que puedes recibir es de 5.000€, que se otorga a quien obtiene la puntuación máxima de 15 puntos. El resto se reparte proporcionalmente al porcentaje de puntuación obtenida, con el tope del presupuesto que hayas presentado. Si la suma de los importes propuestos supera el crédito disponible, se prorratea entre las solicitudes que alcancen la puntuación mínima.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la memoria de las actividades y la documentación exigida

  2. Presenta la solicitud (INS170) en la sede electrónica del Ayuntamiento o en el Registro General

  3. Subsana las deficiencias en 10 días hábiles si te lo requieren

  4. Espera la resolución de la Junta de Gobierno Local

  5. Justifica la subvención con las facturas y memorias correspondientes

Documentación necesaria

  • Solicitud de subvenciones para actividades culturales (INS170)
  • Fotocopia del CIF de la entidad o del DNI del solicitante
  • Memoria de las actividades para las que se pide la subvención
  • Presupuesto general de ingresos y gastos de la asociación del año 2026 (si eres asociación)
  • Certificado del número de socios
  • Formulario de comunicación de datos del acreedor (INS017), solo la primera vez o si cambia la cuenta bancaria
  • Certificado de titularidad bancaria

Preguntas frecuentes

¿Puedo compaginar esta subvención con otras ayudas?
Sí, es compatible con otras subvenciones para la misma finalidad, pero el total recibido no puede superar el coste de la actividad.
¿Qué actividades se pueden subvencionar?
Actividades culturales de artes visuales, música, literatura, teatro, audiovisual, danza y patrimonio cultural, realizadas entre el 1 de noviembre de 2025 y el 25 de octubre de 2026.
¿Hasta cuándo tengo para justificar la subvención?
El plazo máximo para presentar la documentación justificativa de los gastos es el 31 de octubre de 2026.
¿Qué pasa si mi solicitud tiene errores?
Te requerirán para que en 10 días hábiles subsanes las deficiencias; si no lo haces, se considera que desistes de la petición.

Fuentes oficiales

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