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Ayudas Claras
Subvenciones Región de Murcia Servicios sociales
Servicios sociales Región de Murcia Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones para asociaciones de mayores en Cartagena

Ayuda del Ayuntamiento de Cartagena para locales de asociaciones de personas mayores.

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Cartagena para locales de asociaciones de personas mayores.
Para quién
Asociaciones de personas mayores y la federación de centros de mayores del municipio de Cartagena.
Cuánto
Cada entidad puede recibir hasta el 100% del presupuesto del proyecto que presente, siempre que no lo haya subvencionado otra entidad pública o privada. El importe se asigna de forma proporcional a la puntuación obtenida.
Qué cubre
  • Gastos de mantenimiento del local: alquiler, agua, luz, limpieza, pequeñas reparaciones, material de oficina y seguros
  • Actividades que fomentan el asociacionismo y la integración social de las personas mayores
  • Mejora del equipamiento e instalaciones del local
Requisitos
  • Ser una asociación de personas mayores o la federación de centros de personas mayores del municipio de Cartagena
  • Estar inscrito en el Registro de Asociaciones de la Consejería de Presidencia u otro registro público
  • Haber justificado técnica y económicamente las subvenciones obtenidas en ejercicios anteriores
  • Disponer de una cuenta bancaria a nombre de la entidad
Obligaciones
  • Destinar el dinero a las actuaciones, conceptos e importes recogidos en la resolución de concesión
  • Justificar los gastos presentando una memoria técnica del proyecto y una memoria económica con la relación de facturas
  • Presentar facturas con fecha, proveedor, concepto, unidades, precio e IVA
  • No dedicar a gastos de teléfono más del 10% del gasto anual total
Fechas estimadas
  • Abre: 18 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 7 de agosto de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una asociación de personas mayores del municipio de Cartagena
  • Representas a la federación de centros de personas mayores de Cartagena
  • Tu asociación gestiona un local con gastos de mantenimiento
  • Quieres mejorar el equipamiento o las instalaciones de tu local
  • Organizas actividades que fomentan el asociacionismo entre personas mayores
  • No eres una asociación de personas mayores ni su federación de centros
  • Tu entidad no pertenece al municipio de Cartagena
  • No estás inscrito en el Registro de Asociaciones
  • No has justificado subvenciones recibidas en ejercicios anteriores

Cuánto puedes recibir

El importe de cada entidad se asigna de forma proporcional a la puntuación obtenida en la valoración de su proyecto y puede llegar hasta el 100% del presupuesto del proyecto presentado, siempre que no haya sido subvencionado por otra entidad pública o privada. La cuantía exacta depende de la puntuación obtenida y del crédito disponible.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación: proyecto de actuación y presupuesto, estatutos, certificados y datos bancarios de la entidad

  2. Presenta la solicitud (Anexo I) por vía telemática en la sede electrónica municipal dentro del plazo

  3. Espera la propuesta de resolución provisional y, si procede, presenta alegaciones en 10 días hábiles

  4. Acepta la subvención concedida mediante el Anexo III

Documentación necesaria

  • Solicitud en modelo normalizado (Anexo I)
  • Proyectos de Actuación y Presupuesto (Anexo II)
  • Fotocopia del DNI o NIE del presidente de la entidad y documento acreditativo de su representación
  • Fotocopia de la Cédula de Identificación Fiscal de la entidad
  • Fotocopia compulsada de los Estatutos de la entidad
  • Certificado bancario de disponer de cuenta abierta a nombre de la entidad
  • Certificación de la composición actual de la Junta Directiva
  • Certificado de estar inscrito en el Registro de Asociaciones

Preguntas frecuentes

¿Cómo presento la solicitud?
Por vía telemática a través de la sede electrónica municipal, dirigida al Área de Política Social, Igualdad y Familia, dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
¿Qué pasa si mi solicitud tiene errores?
El órgano competente te requerirá para que subsanes en un plazo de 10 días hábiles. Si no lo haces, se te tendrá por desistido de tu solicitud.
¿En qué plazo resuelven la ayuda?
La resolución se dicta y notifica en un plazo máximo de seis meses desde la publicación de la convocatoria. Si transcurre ese plazo sin respuesta, la solicitud se entiende desestimada por silencio administrativo.
¿Puedo presentar alegaciones?
Sí. Tras la publicación de la propuesta de resolución provisional dispones de 10 días hábiles para presentar alegaciones. Si no las presentas, la propuesta pasa a ser definitiva.

Fuentes oficiales

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