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Ayudas Claras
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Cultura Castellón Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones para las Festes de Carrer de Castellón 2026

Subvención para asociaciones que organizan las Festes de Carrer de Castellón

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva del Patronato Municipal de Fiestas para financiar las Festes de Carrer de Castellón.
Para quién
Asociaciones y entidades que organizan las tradicionales Festes de Carrer de la ciudad de Castellón.
Cuánto
Hasta el coste total del proyecto que organices, según la valoración de tu solicitud.
Qué cubre
  • Los proyectos y actividades de carácter lúdico, festivo o religioso para la celebración de las Festes de Carrer
  • Actividades de interés general organizadas para las fiestas propias de la entidad
Requisitos
  • Tu asociación organiza las tradicionales Festes de Carrer de la ciudad
  • Tu entidad está legalmente constituida e inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales
  • Tu asociación carece de fines de lucro
  • No dependes económica ni institucionalmente de entidades con ánimo de lucro
  • Has realizado o vas a realizar el proyecto entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Admites la presencia de la inspección del Patronato Municipal de Fiestas
  • Haces constar en la información, carteles y anuncios de la actividad que está subvencionada o patrocinada por el Patronato Municipal de Fiestas
  • Justificas la totalidad del gasto de la actividad subvencionada
  • Presentas la justificación total del gasto como máximo hasta el 31 de marzo de 2027
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tu asociación organiza las tradicionales Festes de Carrer de la ciudad de Castellón
  • Tu entidad está legalmente constituida e inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales
  • Tu asociación carece de fines de lucro
  • Has realizado o vas a realizar el proyecto festivo durante 2026
  • Tu actividad es solo para el disfrute exclusivo de las personas integrantes de la asociación
  • El Ayuntamiento o sus organismos autónomos ya han financiado esa actividad en 2026
  • Tu entidad depende económica o institucionalmente de entidades con ánimo de lucro
  • Tu entidad no está inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales

Cuánto puedes recibir

La subvención puede llegar, como máximo, al coste económico total del proyecto que organices. El Consejo Rector reparte la cuantía entre las entidades beneficiarias en función de la valoración de cada proyecto. Cobras la ayuda tras aprobarse la concesión y previa presentación de la cuenta justificativa; no es un pago anticipado.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación: instancia, proyecto con resumen de gastos e ingresos y los anexos requeridos

  2. Presenta la solicitud en la sede electrónica del Patronato Municipal de Fiestas dentro del plazo de 10 días naturales

  3. Tras la concesión, presenta la cuenta justificativa con las facturas y la memoria de la actividad

Documentación necesaria

  • Instancia de solicitud de subvención (Anexo I)
  • Estatutos de la entidad, original o copia autenticada (salvo que ya se presentaran y no hayan cambiado)
  • Proyecto con descripción de la actividad y resumen de gastos e ingresos previstos (Anexo II)
  • Acreditación de la representación de la presidencia con certificaciones y declaraciones responsables (Anexo III)
  • DNI del representante y CIF de la entidad, original o copia autenticada
  • Ficha de terceros con los datos bancarios de la entidad (Anexo IV)

Preguntas frecuentes

¿Puedo combinar esta subvención con otras ayudas?
Sí. Es compatible con otras subvenciones de cualquier administración o entidad pública o privada, siempre que la suma no supere el coste de la actividad subvencionada.
¿Se financian las actividades solo para los socios de la asociación?
No. Quedan excluidas las actividades destinadas al disfrute exclusivo de las personas integrantes de la asociación.
¿Puedo enviar la solicitud por correo electrónico?
No. En ningún caso se admiten solicitudes por correo electrónico; debes presentarlas en la sede electrónica del Patronato Municipal de Fiestas.
¿Hasta cuándo tengo para justificar el gasto?
La justificación total del gasto puede presentarse como máximo hasta el 31 de marzo de 2027 inclusive.

Fuentes oficiales

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