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Ayudas Claras
Subvenciones Cataluña Comercio y turismo
Comercio y turismo Cataluña Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones a empresas artesanas en Cataluña 2026

Hasta el 50% del gasto subvencionable, con topes de 2.500€ o 6.000€.

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Consorcio de Comercio, Artesanía y Moda de Cataluña para impulsar el sector artesano
Para quién
Empresas artesanas, agentes de promoción del sector y municipios de Cataluña
Cuánto
  • Hasta el 50% del gasto subvencionable, con un tope máximo según el programa
    Programa% máximoTope por solicitante
    Empresas artesanas (crecimiento y competitividad)50%2.500€
    Municipios (locales vacíos, ferias y museos)50%6.000€
    El conjunto de ayudas de minimis no puede superar 300.000€ por empresa en 3 años.
Qué cubre
  • Empresas artesanas: transformación digital, venta online, promoción, ferias, maquinaria, herramientas y formación del oficio
  • Municipios: recuperación de locales vacíos mediante actividades artesanas
  • Municipios: ferias y ferias-mercado de artesanía y dinamización de museos y centros de interpretación
Requisitos
  • Tu empresa artesana invierte al menos 1.000€ en el conjunto de actuaciones
  • Tu proyecto municipal de recuperación de locales alcanza al menos 3.000€ de inversión
  • Tu solicitud obtiene la puntuación mínima: 50 puntos, o 30 puntos en ferias y museos
  • Los proyectos de transformación digital los ejecuta una empresa especializada y están disponibles en catalán
  • El proyecto queda totalmente operativo antes del 31 de diciembre de 2026
Obligaciones
  • Ejecuta las actividades subvencionadas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026
  • Justifica la subvención desde el día siguiente a la resolución definitiva y hasta el 31 de marzo de 2027
  • Presenta una cuenta justificativa simplificada y una memoria de ejecución de las actuaciones
  • Realiza los proyectos del tipo por el que se te concedió la subvención, o se revocará
  • Devuelve el dinero percibido si no justificas o incurres en causa de reintegro
Cuándo
  • Abre: 16 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 13 de agosto de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una empresa artesana que quiere crecer y ser más competitiva
  • Eres un municipio que quiere recuperar locales vacíos con actividades artesanas
  • Organizas una feria o feria-mercado de artesanía
  • Gestionas un museo o centro de interpretación vinculado a oficios artesanos
  • Tienes el carné de artesano o de maestro artesano vigente
  • Tu proyecto de empresa artesana no alcanza los 1.000€ de inversión mínima
  • Tu proyecto municipal de recuperación de locales no llega a 3.000€
  • Ya has recibido 300.000€ en ayudas de minimis en los últimos 3 años
  • Tu proyecto no estará totalmente operativo el 31 de diciembre de 2026

Cuánto puedes recibir

Recibes hasta el 50% del gasto subvencionable de tu proyecto. Si eres una empresa artesana, el tope es de 2.500€; si eres un municipio, hasta 6.000€. El conjunto de ayudas de minimis que recibe tu empresa no puede superar los 300.000€ en 3 años. El pago se realiza tras comprobar los requisitos o justificar la actividad.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Prepara la memoria según el modelo normalizado con el detalle de las acciones y su presupuesto sin IVA

  2. Presenta la solicitud de forma telemática en la sede electrónica del Consorcio

  3. Hazlo dentro del plazo, entre el 16 de julio y el 13 de agosto de 2026

  4. Espera la valoración de la comisión y la resolución de concesión

  5. Justifica la subvención antes del 31 de marzo de 2027

Documentación necesaria

  • Memoria según modelo normalizado con el detalle de las acciones y su presupuesto sin IVA (programa de empresa artesana)
  • Memoria según modelo normalizado (programa de municipios)
  • Memoria justificativa de la necesidad de la actuación (recuperación de locales vacíos)

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir esta ayuda si ya he recibido otras subvenciones?
Sí, pero el total de ayudas de minimis de tu empresa no puede superar los 300.000€ en los últimos 3 años, y la subvención nunca puede superar el coste de la actividad.
¿Hasta cuándo tengo para justificar la subvención?
Puedes justificarla desde el día siguiente a la publicación de la resolución definitiva y hasta el 31 de marzo de 2027.
¿Puedo cambiar mi solicitud después de presentarla?
No. Para esta subvención no se permite reformular la solicitud una vez presentada.
¿Qué pasa si no realizo el proyecto por el que me concedieron la ayuda?
Se revisa si mantienes la puntuación mínima. Si no la alcanzas, se revoca toda la subvención; si la mantienes, se revoca solo la parte proporcional.

Fuentes oficiales

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