Ayudas a entidades juveniles y de voluntariado en Galicia
Entre 5.000€ y 30.000€ por programa para entidades juveniles y de voluntariado
Lo que significa
- Qué es
- Subvención en concurrencia competitiva de la Xunta de Galicia para programas sociales dirigidos a la juventud y al voluntariado
- Para quién
- Entidades juveniles y de acción voluntaria sin ánimo de lucro del tercer sector de acción social, y la Cruz Roja Española
- Cuánto
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- Hasta 30.000€ por programa, con un importe mínimo solicitable de 5.000€
Cuantía máxima por programa o proyecto. El importe mínimo que se puede solicitar es de 5.000€.Línea Ámbito local/provincial Ámbito autonómico Línea I · Juventud 20.000€ (máx. 2 programas) 30.000€ (máx. 4 programas) Línea II · Voluntariado 15.000€ (máx. 3 programas) 30.000€ (máx. 2 programas) Línea III · Inversión juvenil 10.000€ (1 proyecto) 20.000€ (1 proyecto) Línea IV · Inversión voluntariado 10.000€ (1 proyecto) 20.000€ (1 proyecto)
- Hasta 30.000€ por programa, con un importe mínimo solicitable de 5.000€
- Qué cubre
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- Programas de interés general de carácter social dirigidos a la juventud y al voluntariado
- Proyectos de inversión de las entidades juveniles y de acción voluntaria
- Gastos de personal de la entidad
- Requisitos
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- Eres una entidad del tercer sector de acción social sin ánimo de lucro, o la Cruz Roja Española
- Tu entidad está legalmente constituida al menos dos años antes de la publicación de la convocatoria e inscrita en el registro autonómico correspondiente
- Estás inscrita en el Registro de Entidades Juveniles (líneas de juventud) o en el Registro de Acción Voluntaria de Galicia (líneas de voluntariado), según la línea a la que concurras
- Tus estatutos recogen fines sociales similares a los de los programas para los que pides la ayuda
- Acreditas al menos dos años de experiencia gestionando en Galicia un programa del tipo al que concurres
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Ejecuta los programas o proyectos íntegramente en Galicia durante el año 2027
- Presenta la documentación justificativa antes del 15 de marzo de 2028
- Comunica cualquier otra ayuda que recibas para la misma finalidad
- Contrata y mantén un seguro de accidentes y responsabilidad civil para las personas voluntarias que participen en los programas
- Comunica tu aceptación de la subvención en los diez días hábiles siguientes a la resolución
- Si recibes 30.000€ o más, aporta un informe de auditoría en la justificación
- Cuándo
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La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una entidad juvenil o de acción voluntaria sin ánimo de lucro
- Tu entidad forma parte del tercer sector de acción social
- Quieres realizar programas sociales para la juventud o el voluntariado en Galicia
- Tu entidad está inscrita en el Registro de Entidades Juveniles o en el de Acción Voluntaria de Galicia
- Buscas financiar un proyecto de inversión de tu entidad juvenil o de voluntariado
- Eres una persona física o una empresa con ánimo de lucro
- Eres una universidad, un partido político, un colegio profesional o un sindicato
- Tu entidad se constituyó hace menos de dos años
- No estás inscrita en el registro autonómico correspondiente
- Solicitas menos de 5.000€ para un programa o proyecto
Cuánto puedes recibir
Cada programa o proyecto puede recibir como máximo entre 10.000€ y 30.000€, según la línea a la que concurras y según si tu entidad tiene ámbito local, provincial o autonómico. El importe mínimo que puedes solicitar por programa es de 5.000€. Cobras el 100% de la subvención por anticipado, en un único pago, una vez notificada la resolución de concesión.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación y cubre el formulario de solicitud (Anexo II) con los datos de tu entidad y de los programas o proyectos
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Presenta la solicitud por vía electrónica en la sede electrónica de la Xunta de Galicia dentro del plazo de un mes
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Si el órgano instructor te lo requiere, subsana la solicitud en el plazo de diez días hábiles
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Cuando se publique la resolución de concesión, comunica tu aceptación en diez días hábiles
Documentación necesaria
- Formulario de solicitud (Anexo II)
- Documento de información para la valoración de las entidades (Anexo V)
- Declaración responsable sobre otras ayudas solicitadas o concedidas para la misma finalidad
- Declaración responsable de no estar incurso en prohibiciones para ser entidad beneficiaria
- Declaración responsable que acredite la experiencia y especialización de la entidad