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Ayudas Claras
Subvenciones Barcelona Comercio y turismo
Comercio y turismo Barcelona Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones para dinamización empresarial en Sant Cugat

Subvención para proyectos de dinamización empresarial y de talento en Sant Cugat

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Sant Cugat para proyectos de dinamización empresarial y atracción de talento.
Para quién
Entidades sin ánimo de lucro del municipio y, solo para el programa de talento, también empresas con ánimo de lucro.
Cuánto
Consulta directamente con la administración
Qué cubre
  • Salarios y cotizaciones del personal contratado para el proyecto
  • Materiales, alquiler de locales y servicios técnicos externos
  • Comunicación y publicidad de los eventos, premios y seguros
Requisitos
  • Desarrollas el proyecto o actuación dentro del municipio de Sant Cugat del Vallès
  • Eres una entidad sin ánimo de lucro, o una empresa con ánimo de lucro solo para el programa de talento
  • Ejecutas las actuaciones entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026
  • Tu proyecto alcanza al menos 50 puntos sobre 100 en la valoración
  • Presentas la solicitud con el modelo normalizado dentro del plazo
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Justifica la actividad y los gastos como máximo el 31 de enero de 2027
  • Haz constar la colaboración del Ayuntamiento en toda la difusión de las actividades
  • Comunica cualquier otra subvención recibida para el mismo proyecto
  • Emplea el catalán como lengua preferente en las comunicaciones y materiales
  • Devuelve los fondos si no cumples las bases o renuncias a la subvención
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una entidad sin ánimo de lucro que actúa en Sant Cugat del Vallès
  • Organizas jornadas, eventos o espacios de networking entre empresas
  • Tu empresa impulsa la atracción y retención de talento en el municipio
  • Quieres organizar premios o actos de reconocimiento empresarial
  • Ejecutas el proyecto entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026
  • Desarrollas el proyecto fuera del municipio de Sant Cugat del Vallès
  • Eres una empresa con ánimo de lucro y te presentas al programa de dinamización
  • Tu proyecto obtiene menos de 50 puntos en la valoración
  • Solicitas cubrir gastos de inversión o de amortización de bienes
  • Quieres financiar gastos bancarios, multas o sanciones

Cuánto puedes recibir

El importe por solicitante no está especificado en la convocatoria; consulta directamente con la administración. El Ayuntamiento paga por adelantado el 90% de la subvención concedida y el 10% restante cuando justificas correctamente el proyecto y todos los gastos.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Descarga y cumplimenta el modelo normalizado de solicitud

  2. Reúne la documentación requerida (estatutos, datos bancarios y memoria del proyecto)

  3. Presenta la solicitud en la sede electrónica del Ayuntamiento de Sant Cugat

  4. Hazlo dentro de los 10 días hábiles siguientes a la publicación de la convocatoria

Documentación necesaria

  • Modelo normalizado de solicitud y justificación con la memoria del proyecto y el balance económico (Doc. 1254)
  • Autorización de representación, si presentas la solicitud en nombre de otra persona (Doc. 015)
  • Comunicación de datos bancarios firmada por la entidad bancaria (Doc. 082)
  • Estatutos de la persona o entidad
  • Nombramiento de los miembros de la Junta
  • Registro oficial de constitución de la entidad
  • Declaración responsable (incluida en el trámite telemático)

Preguntas frecuentes

¿Pueden solicitarla las empresas con ánimo de lucro?
Sí, pero solo para el programa de atracción y retención de talento. El programa de dinamización empresarial está reservado a entidades sin ánimo de lucro. En ambos casos el proyecto debe desarrollarse en Sant Cugat del Vallès.
¿Puedo compaginar esta subvención con otras ayudas?
La convocatoria no lo prohíbe, pero debes comunicar al Ayuntamiento cualquier otra subvención que recibas para el mismo proyecto.
¿Qué puntuación mínima necesita mi proyecto?
Tu proyecto debe alcanzar al menos 50 puntos sobre 100 en la valoración. Por debajo de esa puntuación se desestima por no tener la calidad mínima necesaria.
¿Hasta cuándo tengo para justificar la actividad?
El plazo máximo para justificar la actividad es el 31 de enero de 2027.

Fuentes oficiales

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