Ayudas LEADER a proyectos rurales en la Vega del Segura
Proyectos de desarrollo rural en la Vega del Segura; plazo hasta el 31 de octubre de 2026.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva para ejecutar proyectos de desarrollo rural en la comarca de la Vega del Segura (Región de Murcia).
- Para quién
- Entidades locales, empresas y autónomos privados, y asociaciones o entidades sin ánimo de lucro.
- Cuánto
- Un porcentaje del gasto subvencionable que depende de la línea y del tipo de beneficiario: 35% para empresas privadas no agrícolas (ampliable hasta el 45% si el proyecto cumple criterios de innovación, igualdad, sostenibilidad ambiental, cooperación o economía social), 30% para empresas agrícolas y agroalimentarias (hasta el 40%), 100% para entidades locales y 90% para asociaciones y otras entidades sin ánimo de lucro. El importe por proyecto va desde 500 € (1.000 € en formación) hasta un máximo que oscila entre 15.000 € y 100.000 € según la línea.
- Qué cubre
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- Proyectos que fomenten el empleo, la diversificación económica y la innovación en el medio rural
- Actuaciones de conservación del patrimonio natural y cultural y de mejora del medio ambiente
- El IVA no recuperable conforme a la legislación nacional
- Requisitos
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- Si eres persona física, haber cumplido 18 años en el momento de la solicitud
- Ejecutar el proyecto en un municipio de la comarca de la Vega del Segura
- Estar al corriente con la Hacienda estatal, la Hacienda regional y la Seguridad Social
- No tener la condición de gran empresa si eres una entidad de derecho privado
- Si eres una sociedad civil, estar constituida en escritura pública y tener NIF propio
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Ejecutar y justificar el proyecto en el plazo fijado en la resolución de concesión
- Ejecutar las operaciones antes del 16 de septiembre de la anualidad y justificarlas antes del 21 de septiembre
- Colocar una placa o pantalla informativa de tamaño mínimo A3 sobre el proyecto, visible al público, antes de pedir el pago final
- Si tienes web profesional, publicar una breve noticia de la operación con sus objetivos y resultados
- Garantizar la trazabilidad de los pagos y su correspondencia con las facturas justificativas
- Cuándo
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- Abre: 11 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 31 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres un ayuntamiento, mancomunidad o entidad local de la comarca de la Vega del Segura
- Eres una empresa, autónomo o persona jurídica privada que va a invertir en la zona
- Eres una asociación, fundación o entidad sin ánimo de lucro
- Vas a ejecutar un proyecto de desarrollo rural en municipios como Abarán, Cieza o Archena
- Tu proyecto fomenta el empleo, la diversificación económica o la mejora del medio ambiente rural
- Eres una gran empresa y solicitas como entidad de derecho privado
- Tu proyecto se ejecuta fuera de la comarca de la Vega del Segura
- Eres persona física y aún no has cumplido 18 años
- No estás al corriente con Hacienda o la Seguridad Social
- Has sido sancionado por la normativa de protección del Mar Menor en los últimos dos años
Cuánto puedes recibir
La ayuda consiste en un porcentaje del gasto subvencionable que varía por línea y tipo de beneficiario. Para empresas privadas no agrícolas es del 35% (ampliable hasta el 45% si el proyecto cumple criterios como innovación, igualdad de oportunidades, uso de energías limpias, cooperación en el territorio o economía social); para empresas agrícolas y agroalimentarias es del 30% (ampliable hasta el 40%); para entidades locales alcanza el 100% y para asociaciones y otras entidades sin ánimo de lucro el 90%. El importe de subvención por proyecto tiene un mínimo de 500 € (1.000 € en formación) y un máximo que va de 15.000 € en formación hasta 100.000 € en empresas no agrícolas, con topes intermedios de 50.000 €, 60.000 € y 85.000 € según la línea. Además, el total de ayudas a una misma empresa por proyecto no puede superar los 200.000 €. El pago se realiza como reembolso tras ejecutar y justificar la operación; en proyectos con ayuda superior a 8.000 € y partes claramente diferenciables puede fraccionarse hasta en dos pagos parciales.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Prepara la solicitud normalizada y la documentación en formato PDF con índice numerado
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Preséntala con certificado digital o DNI electrónico en el formulario electrónico (procedimiento 4748) de la sede electrónica de la Región de Murcia
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Si tu proyecto incluye inversiones, atiende la visita de no inicio del personal técnico antes de empezar las obras
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Espera la resolución de concesión, que se notifica en un plazo máximo de seis meses
Documentación necesaria
- Solicitud normalizada a través del formulario electrónico del procedimiento 4748
- Documentación adicional exigida para tu línea de ayuda, en formato PDF y con índice numerado
- Certificados de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social, si no autorizas su consulta de oficio