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Ayudas Claras
Subvenciones Almería Comercio y turismo
Comercio y turismo Almería Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Almería: ayudas a asociaciones de comerciantes y hosteleros

Subvenciones para asociaciones de comerciantes y hosteleros del municipio de Almería.

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Almería para proyectos de dinamización y promoción del comercio.
Para quién
Asociaciones de comerciantes, hosteleros y empresarios del término municipal de Almería.
Cuánto
Consulta directamente con la administración
Qué cubre
Actividades, proyectos o actuaciones de dinamización y promoción del comercio, realizadas o por realizar en 2026
Requisitos
  • Eres una asociación de comerciantes, hosteleros o empresarios del término municipal de Almería
  • Tu proyecto o actividad tiene como finalidad la dinamización y promoción del comercio
  • Las actividades se han realizado o se van a realizar durante el año 2026
  • Acreditas los criterios de valoración con la documentación exigida en la solicitud
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Da publicidad al carácter público de la financiación con carteles, folletos, redes sociales o placas
  • Incluye en los materiales de difusión la leyenda de actividad financiada por el Ayuntamiento de Almería
  • Presenta la memoria de actividades y económica para justificar el proyecto (Anexo V)
  • Justifica la subvención en un máximo de tres meses desde que termina la ejecución del proyecto
  • Certifica las medidas de difusión adoptadas (Anexo VI)
Cuándo
  • Abre: Consulta directamente con la administración
  • Último día: 20 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Representas a una asociación de comerciantes, hosteleros o empresarios de Almería
  • Tu asociación desarrolla proyectos de dinamización y promoción del comercio
  • Tus actividades se realizaron o se realizarán durante el año 2026
  • No representas a una asociación, sino a un comercio o negocio individual
  • Tu asociación no pertenece al término municipal de Almería
  • Tu proyecto no está dirigido a la dinamización o promoción del comercio
  • Presentas la solicitud fuera del plazo establecido

Cuánto puedes recibir

El importe por solicitante no está especificado en la documentación disponible; consulta directamente con la administración. Las subvenciones se conceden en concurrencia competitiva: se comparan las solicitudes presentadas y se adjudican según los criterios de valoración de la convocatoria.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Rellena la solicitud de subvención con la descripción del proyecto y el desglose de gastos (Anexo I)

  2. Reúne la documentación exigida: declaración responsable, ficha de terceros, certificado bancario, NIF y estatutos

  3. Presenta la solicitud dentro de los 10 días naturales siguientes a la publicación del extracto en el boletín provincial de Almería

  4. Subsana la documentación en diez días hábiles si el Ayuntamiento te lo requiere

Documentación necesaria

  • Solicitud de subvención con descripción del proyecto (Anexo I)
  • Memoria de actividades del año anterior
  • Declaración responsable (Anexo III)
  • Ficha de terceros de la Delegación de Área de Economía, Innovación y Contratación
  • Certificado de la entidad bancaria que acredite la titularidad de la cuenta
  • Copia compulsada del NIF o CIF
  • Copia compulsada de los estatutos de la asociación
  • Escrituras de constitución, inscripciones registrales y documentación acreditativa de los criterios de valoración

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir la ayuda para actividades ya realizadas?
Sí. La convocatoria cubre actividades, proyectos o actuaciones ya realizados o por realizar durante el año 2026.
¿Qué pasa si presento la solicitud fuera de plazo?
No se admite a trámite. El plazo es de 10 días naturales desde el día siguiente a la publicación del extracto en el boletín provincial; si termina en sábado, domingo o festivo, se prorroga al primer día hábil siguiente.
¿Qué ocurre si mi solicitud está incompleta?
Te requerirán para subsanar la falta o aportar los documentos en un plazo improrrogable de diez días hábiles; si no lo haces, se te tendrá por desistido de la solicitud.
¿Cuánto tarda la resolución?
El plazo máximo para resolver y notificar es de seis meses desde la publicación de la convocatoria. Pasado ese plazo sin respuesta, la solicitud se entiende desestimada.
¿Qué pasa si no justifico la subvención?
Si no presentas la justificación en plazo, te darán quince días hábiles adicionales; si tampoco la presentas, tendrás que devolver las cantidades percibidas y pueden imponerte sanciones.

Fuentes oficiales

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