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Ayudas Claras
Ayudas La Palma Servicios sociales
Servicios sociales La Palma Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas de emergencia social en San Andrés y Sauces

Ayudas de emergencia social del ayuntamiento; plazo hasta el 27 de noviembre de 2026

Lo que significa

Qué es
Prestación económica no periódica del Ayuntamiento de San Andrés y Sauces para gastos urgentes que previenen la marginación social.
Para quién
Personas, familias y unidades de convivencia del municipio que no pueden hacer frente a necesidades básicas.
Cuánto
Consulta directamente con la administración
Qué cubre
  • Necesidades básicas: alimentación, higiene, medicación no cubierta por la seguridad social, luz, agua, gas, alquiler y alojamiento temporal
  • Adaptación de la vivienda habitual o del vehículo particular por limitaciones de autonomía personal
  • Compra de ayudas técnicas y productos de apoyo
Requisitos
  • Estás empadronado y resides en San Andrés y Sauces al menos tres meses antes de solicitar (salvo casos de extrema urgencia)
  • Tienes nacionalidad española o de otro país de la UE, o eres persona extranjera residente; también personas refugiadas, asiladas o apátridas
  • No cuentas con recursos económicos suficientes para afrontar el gasto que solicitas
  • No eres propietario ni usufructuario de otros bienes, aparte de tu vivienda habitual, que permitan cubrir la necesidad
  • Has justificado las subvenciones que este ayuntamiento te concedió con anterioridad
Obligaciones
  • Destina la ayuda únicamente al gasto para el que se te concede
  • Justifica la ayuda recibida: si no lo haces, no podrás recibir nuevas subvenciones del ayuntamiento
  • Declara las ayudas solicitadas o recibidas para el mismo fin: la suma de todas no puede superar el coste del gasto
Cuándo
  • Abre: Consulta directamente con la administración
  • Último día: 27 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Estás empadronado en San Andrés y Sauces desde hace al menos tres meses
  • No tienes recursos económicos suficientes para afrontar un gasto básico concreto
  • Afrontas una situación de urgencia extraordinaria y sobrevenida en tu hogar
  • Necesitas adaptar tu vivienda habitual o tu vehículo por limitaciones de autonomía
  • Necesitas comprar ayudas técnicas o productos de apoyo
  • Tienes otros bienes, además de tu vivienda habitual, con los que cubrir el gasto
  • No justificaste una subvención anterior concedida por este ayuntamiento
  • El gasto es una multa, sanción, impuesto, tasa o precio público municipal
  • El gasto deriva de deudas tributarias o con la seguridad social
  • El gasto deriva de una sentencia condenatoria

Cuánto puedes recibir

La convocatoria no fija un importe por solicitante. Una comisión valora individualmente cada prestación teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestaria, y la ayuda solo puede cubrir hasta el coste del gasto si la sumas a otras que recibas para el mismo fin. Para conocer la cuantía que te correspondería, consulta directamente con la administración.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación que acredita tu situación y los ingresos de tu unidad de convivencia

  2. Rellena la solicitud oficial y las declaraciones responsables de los anexos

  3. Presenta la solicitud con la documentación en la Oficina de Registro del Ayuntamiento de San Andrés y Sauces antes del 27 de noviembre de 2026

  4. Espera la resolución, que se dicta por decreto de Alcaldía en un plazo máximo de tres meses

Documentación necesaria

  • Solicitud conforme al modelo oficial (Anexo I)
  • Declaración responsable, autorizaciones y consentimiento informado (Anexo II)
  • Declaración responsable de ingresos, si no aportas justificación de ingresos regulares (Anexo III)
  • Fotocopia del DNI del solicitante y de los miembros de la unidad de convivencia
  • Justificante de los ingresos de cada miembro de la unidad de convivencia (pensión, contrato y nóminas, liquidación trimestral, demanda de empleo o prestaciones)
  • Declaración de la renta o certificado negativo de su presentación del último ejercicio
  • Contrato de alquiler y último recibo abonado, o escritura de la vivienda y último recibo de la hipoteca
  • Certificado del grado de discapacidad y resolución del grado de dependencia
  • Sentencia de separación o divorcio y convenio regulador, en caso de separación o divorcio
  • Informe de un facultativo de la sanidad pública que prescriba el material o tratamiento, cuando la ayuda sea para eso
  • Justificante del Servicio Canario de la Salud que acredite la cuantía que aporta o que no cubre el gasto
  • Justificante de subvenciones solicitadas a otras administraciones para la misma finalidad o resolución de su concesión
  • Dos presupuestos del gasto, en los casos que proceda
  • Impreso de alta de terceros cumplimentado
  • Autorización de cobro y alta de terceros de la cuenta bancaria, en caso de pago indirecto

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir esta ayuda si ya recibo otra para el mismo gasto?
Sí. Es compatible con cualquier otra subvención, ayuda o ingreso para la misma finalidad, pero la suma de todas no puede superar el coste del gasto que vas a realizar.
¿Qué pasa si mi situación es de extrema urgencia?
Hay un procedimiento de urgencia: con el informe de los técnicos municipales, la Alcaldía resuelve directamente sin el dictamen previo de la Comisión de Valoración. En casos de extrema urgencia también se puede eximir el requisito de tres meses de empadronamiento y aportar parte de la documentación más adelante.
¿Cuánto tarda la resolución?
La resolución se dicta en un plazo máximo de tres meses. Si en ese plazo no hay resolución expresa, la solicitud se entiende desestimada.

Fuentes oficiales

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