Subvención a entidades para empleo de mujeres en Madrid
529.000€ por proyecto y anualidad para itinerarios de empleo de mujeres desempleadas
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia de la Agencia para el Empleo de Madrid a entidades sin ánimo de lucro para proyectos de empleo de mujeres
- Para quién
- Entidades sin ánimo de lucro con personalidad jurídica propia que trabajan en empleo, formación o inserción laboral
- Cuánto
- 529.000€ por cada proyecto y anualidad
- Qué cubre
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- Los salarios del equipo del proyecto: coordinación, orientadores e intermediadores sociolaborales
- Los costes directos e indirectos del desarrollo del proyecto
- Requisitos
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- Ser una entidad sin ánimo de lucro con personalidad jurídica propia
- Incluir entre tus fines la promoción del empleo, la formación o la inserción laboral
- Estar al corriente de tus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Madrid
- No tener pendientes de justificar subvenciones anteriores del Ayuntamiento de Madrid
- No tener un funcionamiento o actuación contrarios a la igualdad entre mujeres y hombres
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Desarrollar el proyecto de itinerarios de empleabilidad presentado
- Justificar los fondos con cuenta justificativa en los tres meses siguientes al fin del plazo de ejecución
- Derivar al menos al 10% de las participantes a las escuelas municipales de formación
- Facilitar medidas de conciliación a mujeres con hijos menores de 6 años y espacios de estudio para hijos de hasta 12 años
- Registrar a las personas participantes en la plataforma SALTA de la Agencia para el Empleo
- Someterte al seguimiento y control del órgano concedente, incluidas visitas presenciales al proyecto
- Cuándo
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- Abre: 4 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 24 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una entidad sin ánimo de lucro con personalidad jurídica propia
- Entre tus fines está la promoción del empleo, la formación o la inserción laboral
- Quieres desarrollar un proyecto de empleabilidad para mujeres desempleadas en Madrid
- Puedes ofrecer medidas de conciliación a mujeres con hijos a cargo
- Estás al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
- Tu entidad tiene ánimo de lucro
- Tus fines no incluyen el empleo, la formación ni la inserción laboral
- Tienes pendientes de justificar subvenciones anteriores del Ayuntamiento de Madrid
- Tu funcionamiento o actuación resulta discriminatorio por razón de sexo
- Eres una mujer que busca la ayuda para sí misma: la solicitan las entidades
Cuánto puedes recibir
Cada proyecto subvencionado recibe 529.000€ por anualidad. Se adjudican tres proyectos plurianuales, siguiendo el orden de puntuación de las solicitudes. El pago es único por anualidad y anticipado al 100%: la primera anualidad se libra tras comunicar el inicio del proyecto y la segunda se solicita una vez transcurridos los primeros 10 meses de ejecución.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación exigida: escritura o acta fundacional, acreditación del representante legal, memoria del proyecto y anexos
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Cumplimenta el formulario de solicitud oficial, firmado electrónicamente por el representante legal de la entidad
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Presenta la solicitud por vía telemática en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid, con certificado electrónico de representante
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Preséntala dentro del plazo de 15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el boletín
Documentación necesaria
- Escritura pública de constitución o acta fundacional de la entidad
- Documento que acredite la representación legal
- Solicitud de domiciliación bancaria (Documento normalizado "T") con certificado bancario del IBAN
- Anexo I cumplimentado y firmado por el representante legal
- Documentación acreditativa de los datos declarados y cartas de apoyo o compromiso de las empresas
- Memoria explicativa del proyecto (máximo 20 páginas)
- Declaraciones responsables cumplimentadas en el formulario de solicitud