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Subvención a entidades para empleo de mujeres en Madrid

529.000€ por proyecto y anualidad para itinerarios de empleo de mujeres desempleadas

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia de la Agencia para el Empleo de Madrid a entidades sin ánimo de lucro para proyectos de empleo de mujeres
Para quién
Entidades sin ánimo de lucro con personalidad jurídica propia que trabajan en empleo, formación o inserción laboral
Cuánto
529.000€ por cada proyecto y anualidad
Qué cubre
  • Los salarios del equipo del proyecto: coordinación, orientadores e intermediadores sociolaborales
  • Los costes directos e indirectos del desarrollo del proyecto
Requisitos
  • Ser una entidad sin ánimo de lucro con personalidad jurídica propia
  • Incluir entre tus fines la promoción del empleo, la formación o la inserción laboral
  • Estar al corriente de tus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Madrid
  • No tener pendientes de justificar subvenciones anteriores del Ayuntamiento de Madrid
  • No tener un funcionamiento o actuación contrarios a la igualdad entre mujeres y hombres
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Desarrollar el proyecto de itinerarios de empleabilidad presentado
  • Justificar los fondos con cuenta justificativa en los tres meses siguientes al fin del plazo de ejecución
  • Derivar al menos al 10% de las participantes a las escuelas municipales de formación
  • Facilitar medidas de conciliación a mujeres con hijos menores de 6 años y espacios de estudio para hijos de hasta 12 años
  • Registrar a las personas participantes en la plataforma SALTA de la Agencia para el Empleo
  • Someterte al seguimiento y control del órgano concedente, incluidas visitas presenciales al proyecto
Cuándo
  • Abre: 4 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 24 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una entidad sin ánimo de lucro con personalidad jurídica propia
  • Entre tus fines está la promoción del empleo, la formación o la inserción laboral
  • Quieres desarrollar un proyecto de empleabilidad para mujeres desempleadas en Madrid
  • Puedes ofrecer medidas de conciliación a mujeres con hijos a cargo
  • Estás al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • Tu entidad tiene ánimo de lucro
  • Tus fines no incluyen el empleo, la formación ni la inserción laboral
  • Tienes pendientes de justificar subvenciones anteriores del Ayuntamiento de Madrid
  • Tu funcionamiento o actuación resulta discriminatorio por razón de sexo
  • Eres una mujer que busca la ayuda para sí misma: la solicitan las entidades

Cuánto puedes recibir

Cada proyecto subvencionado recibe 529.000€ por anualidad. Se adjudican tres proyectos plurianuales, siguiendo el orden de puntuación de las solicitudes. El pago es único por anualidad y anticipado al 100%: la primera anualidad se libra tras comunicar el inicio del proyecto y la segunda se solicita una vez transcurridos los primeros 10 meses de ejecución.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación exigida: escritura o acta fundacional, acreditación del representante legal, memoria del proyecto y anexos

  2. Cumplimenta el formulario de solicitud oficial, firmado electrónicamente por el representante legal de la entidad

  3. Presenta la solicitud por vía telemática en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid, con certificado electrónico de representante

  4. Preséntala dentro del plazo de 15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el boletín

Documentación necesaria

  • Escritura pública de constitución o acta fundacional de la entidad
  • Documento que acredite la representación legal
  • Solicitud de domiciliación bancaria (Documento normalizado "T") con certificado bancario del IBAN
  • Anexo I cumplimentado y firmado por el representante legal
  • Documentación acreditativa de los datos declarados y cartas de apoyo o compromiso de las empresas
  • Memoria explicativa del proyecto (máximo 20 páginas)
  • Declaraciones responsables cumplimentadas en el formulario de solicitud

Preguntas frecuentes

¿Quién puede pedir esta subvención, las mujeres o las entidades?
La solicitan las entidades sin ánimo de lucro. Las mujeres desempleadas empadronadas en Madrid son las destinatarias de los proyectos, no las solicitantes.
¿Cuántos proyectos se subvencionan?
Se adjudican tres proyectos plurianuales, siguiendo el orden de puntuación de las solicitudes. La puntuación mínima para ser beneficiario es de 50 puntos.
¿Puede mi entidad presentar más de una solicitud?
No. Cada entidad solo puede presentar una solicitud; si presenta más de una, solo tendrá validez la última registrada.
¿Qué pasa si mi solicitud tiene errores o le falta documentación?
Se te requerirá para que subsanes en un plazo máximo e improrrogable de diez días. Si no lo haces, se te tendrá por desistido de la solicitud.

Fuentes oficiales

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