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Ayudas Claras
Subvenciones Comercio y turismo
Comercio y turismo Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvención a comercios afectados por obras en Zaragoza

Ayuda de 400€ por cada mes de afección por las obras, hasta 1.200€ por trimestre.

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Zaragoza para comercios afectados por obras de larga duración.
Para quién
Autónomos y microempresas titulares de un comercio minorista o de un local de prestación de servicios en Zaragoza.
Cuánto
  • Importe según el descenso de ingresos acreditado en el trimestre.
    Descenso de ingresos en el trimestreAyuda
    Entre 400€ y 799,99€400€
    Entre 800€ y 1.200€800€
    Más de 1.200€1.200€
    La ayuda equivale a 400€ por cada mes natural completo con afección. Un descenso inferior a 400€ no da derecho a ayuda.
Qué cubre
La pérdida de ingresos que las obras causan en tu comercio durante los meses de afección
Requisitos
  • Eres titular de un comercio minorista o local de servicios personales en planta baja y a pie de calle, en un tramo afectado por las obras
  • Estás dado de alta en el IAE en uno de los epígrafes incluidos antes del inicio de la afección
  • Dispones de licencia municipal de apertura o has presentado declaración responsable
  • Acreditas un descenso de ingresos de al menos 400€ respecto al mismo trimestre del año anterior
  • Justificas gastos corrientes de al menos 400€ por cada mes que solicites
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Declara cualquier otra ayuda que recibas para compensar los mismos perjuicios por las obras
  • Conserva durante al menos cuatro años la documentación que justifica la ayuda
  • Permite las comprobaciones y controles que realice el Ayuntamiento sobre los datos aportados
  • Devuelve la ayuda si se comprueba que no cumplías los requisitos o que los datos no eran ciertos
Cuándo
  • Abre: 10 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 3 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tienes un comercio a pie de calle y planta baja en Zaragoza
  • Tu local está en uno de los tramos de calle afectados por las obras
  • Eres autónomo o una microempresa de menos de 10 empleados
  • Has perdido al menos 400€ de ingresos en un trimestre por las obras
  • Tu establecimiento ya estaba en activo antes de que empezara la obra
  • Tu local no está en planta baja ni a pie de calle
  • Eres un banco, aseguradora, asesoría o despacho de abogados
  • Eres una asociación, fundación o entidad sin ánimo de lucro
  • Tu actividad comenzó en el último trimestre de 2025 o durante 2026
  • Tu negocio está en cese temporal o definitivo

Cuánto puedes recibir

Recibes 400€ por cada mes natural completo en que tu comercio sufra afección por las obras. El importe de cada trimestre depende del descenso de ingresos que acredites: 400€ si baja entre 400€ y 799,99€, 800€ si baja entre 800€ y 1.200€, y 1.200€ si supera los 1.200€. Puedes pedir la ayuda para hasta cuatro trimestres, del último de 2025 a los tres primeros de 2026. El pago se realiza una vez comprobada la documentación aportada.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne el certificado de situación censal, los modelos tributarios y las facturas de gasto corriente

  2. Calcula el descenso de ingresos del trimestre respecto al mismo trimestre del año anterior y anótalo en la solicitud

  3. Presenta el modelo normalizado de solicitud en el registro del Ayuntamiento de Zaragoza

  4. Presenta una solicitud independiente por cada trimestre y por cada local afectado

  5. Espera la resolución, que se notifica en un plazo máximo de tres meses

Documentación necesaria

  • Modelo normalizado de solicitud (Anexo II)
  • Certificado de situación censal de la Agencia Tributaria
  • Declaración responsable de que los datos son ciertos y el establecimiento está activo
  • Modelo 303, 130 o 131 del trimestre solicitado y del mismo trimestre del año anterior
  • Certificado de un profesional colegiado de la gestión tributaria si presentas el modelo 131
  • Facturas o documentos que acrediten gastos corrientes de al menos 400€ por mes
  • Autónomos: libro de registro de ventas e ingresos y modelo 100
  • Microempresas: cuentas anuales, cifra de negocios anual y relación nominal de trabajadores
  • Ficha de terceros para el abono de la ayuda

Preguntas frecuentes

¿Puedo compatibilizar esta ayuda con otras subvenciones?
Sí, es compatible con otras ayudas siempre que el total no supere los perjuicios sufridos por las obras. No puedes cobrarla si ya te han indemnizado por el mismo concepto.
¿Cuántas solicitudes puedo presentar?
Hasta cuatro, una por cada trimestre (el último de 2025 y los tres primeros de 2026). Si tienes varios locales, presenta una solicitud independiente por cada uno.
¿Qué pasa si mi negocio abrió durante 2025 o 2026?
No puedes acceder a la ayuda: necesitas haber tenido actividad en el mismo trimestre del año anterior para comparar el descenso de ingresos.
¿Cuánto tarda en resolverse la solicitud?
El plazo máximo para resolver y notificar es de tres meses desde que la solicitud entra en el registro. Si no hay respuesta, puedes entenderla desestimada.

Fuentes oficiales

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