Subvención a comercios afectados por obras en Zaragoza
Ayuda de 400€ por cada mes de afección por las obras, hasta 1.200€ por trimestre.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Zaragoza para comercios afectados por obras de larga duración.
- Para quién
- Autónomos y microempresas titulares de un comercio minorista o de un local de prestación de servicios en Zaragoza.
- Cuánto
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- Importe según el descenso de ingresos acreditado en el trimestre.
La ayuda equivale a 400€ por cada mes natural completo con afección. Un descenso inferior a 400€ no da derecho a ayuda.Descenso de ingresos en el trimestre Ayuda Entre 400€ y 799,99€ 400€ Entre 800€ y 1.200€ 800€ Más de 1.200€ 1.200€
- Importe según el descenso de ingresos acreditado en el trimestre.
- Qué cubre
- La pérdida de ingresos que las obras causan en tu comercio durante los meses de afección
- Requisitos
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- Eres titular de un comercio minorista o local de servicios personales en planta baja y a pie de calle, en un tramo afectado por las obras
- Estás dado de alta en el IAE en uno de los epígrafes incluidos antes del inicio de la afección
- Dispones de licencia municipal de apertura o has presentado declaración responsable
- Acreditas un descenso de ingresos de al menos 400€ respecto al mismo trimestre del año anterior
- Justificas gastos corrientes de al menos 400€ por cada mes que solicites
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Declara cualquier otra ayuda que recibas para compensar los mismos perjuicios por las obras
- Conserva durante al menos cuatro años la documentación que justifica la ayuda
- Permite las comprobaciones y controles que realice el Ayuntamiento sobre los datos aportados
- Devuelve la ayuda si se comprueba que no cumplías los requisitos o que los datos no eran ciertos
- Cuándo
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- Abre: 10 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 3 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tienes un comercio a pie de calle y planta baja en Zaragoza
- Tu local está en uno de los tramos de calle afectados por las obras
- Eres autónomo o una microempresa de menos de 10 empleados
- Has perdido al menos 400€ de ingresos en un trimestre por las obras
- Tu establecimiento ya estaba en activo antes de que empezara la obra
- Tu local no está en planta baja ni a pie de calle
- Eres un banco, aseguradora, asesoría o despacho de abogados
- Eres una asociación, fundación o entidad sin ánimo de lucro
- Tu actividad comenzó en el último trimestre de 2025 o durante 2026
- Tu negocio está en cese temporal o definitivo
Cuánto puedes recibir
Recibes 400€ por cada mes natural completo en que tu comercio sufra afección por las obras. El importe de cada trimestre depende del descenso de ingresos que acredites: 400€ si baja entre 400€ y 799,99€, 800€ si baja entre 800€ y 1.200€, y 1.200€ si supera los 1.200€. Puedes pedir la ayuda para hasta cuatro trimestres, del último de 2025 a los tres primeros de 2026. El pago se realiza una vez comprobada la documentación aportada.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne el certificado de situación censal, los modelos tributarios y las facturas de gasto corriente
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Calcula el descenso de ingresos del trimestre respecto al mismo trimestre del año anterior y anótalo en la solicitud
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Presenta el modelo normalizado de solicitud en el registro del Ayuntamiento de Zaragoza
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Presenta una solicitud independiente por cada trimestre y por cada local afectado
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Espera la resolución, que se notifica en un plazo máximo de tres meses
Documentación necesaria
- Modelo normalizado de solicitud (Anexo II)
- Certificado de situación censal de la Agencia Tributaria
- Declaración responsable de que los datos son ciertos y el establecimiento está activo
- Modelo 303, 130 o 131 del trimestre solicitado y del mismo trimestre del año anterior
- Certificado de un profesional colegiado de la gestión tributaria si presentas el modelo 131
- Facturas o documentos que acrediten gastos corrientes de al menos 400€ por mes
- Autónomos: libro de registro de ventas e ingresos y modelo 100
- Microempresas: cuentas anuales, cifra de negocios anual y relación nominal de trabajadores
- Ficha de terceros para el abono de la ayuda