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Ayudas Claras
Subvenciones Asturias Comercio y turismo
Comercio y turismo Asturias Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvención para modernizar tu comercio en Asturias

Subvención de hasta el 50% de tu inversión para modernizar tu comercio en Asturias

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva del Gobierno de Asturias para modernizar y digitalizar el pequeño y mediano comercio.
Para quién
Pymes y autónomos del comercio minorista con establecimiento en Asturias.
Cuánto
  • Hasta el 50% de tu inversión (80% en proyectos de relevo generacional), según estos topes por línea:
    LíneaInversión mínimaTope de inversión subvencionable
    Línea 1 · Renovación de imagen6.000€40.000€
    Línea 2 · Nuevas tecnologías600€9.000€
    Sobre esa inversión (IVA excluido), la ayuda cubre hasta el 50%, o el 80% en proyectos de relevo generacional.
Qué cubre
  • Renovación de tu tienda: obras, fachada, rótulos, iluminación eficiente, sistemas de seguridad, mobiliario y mejoras de accesibilidad
  • Digitalización: creación de tienda online, software de gestión y contenidos audiovisuales de promoción del comercio
  • Honorarios de servicios técnicos profesionales imprescindibles y directamente relacionados con las actuaciones
Requisitos
  • Tu empresa es una pyme (microempresa, pequeña o mediana)
  • Tienes domicilio social y fiscal en Asturias
  • Tu establecimiento comercial está en Asturias, a pie de calle y fuera de polígonos o parques empresariales
  • La superficie útil de venta al público no supera los 600 m²
  • Tu actividad principal figura en la relación de epígrafes de comercio minorista (IAE) de la convocatoria
  • Estás inscrito en el Registro de Empresas y Actividades Comerciales
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Destina los bienes subvencionados a su finalidad durante al menos 5 años, o 2 años en el caso de bienes no inscribibles en un registro público
  • Justifica ante la administración la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad de la ayuda
  • Comunica cualquier otra ayuda o subvención que obtengas para la misma finalidad, incluidas las de mínimis
  • Sométete a las actuaciones de comprobación y control de la administración
  • Conserva los libros contables y registros diligenciados de tu actividad
  • Comunica cualquier cambio en los datos que se tuvieron en cuenta para la concesión
Cuándo
  • Abre: 3 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 3 de agosto de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tienes un comercio minorista con establecimiento en Asturias
  • Tu negocio es una pyme con menos de 250 trabajadores
  • Quieres renovar la imagen de tu establecimiento comercial
  • Quieres crear una tienda online para tu comercio
  • Tu local tiene una superficie de venta de hasta 600 m²
  • Has recibido esta misma ayuda en las tres convocatorias anteriores
  • Tu empresa supera los 250 trabajadores
  • Tu establecimiento está en un polígono industrial, no a pie de calle
  • Tu domicilio social y fiscal está fuera de Asturias
  • La superficie de venta de tu local supera los 600 m²

Cuánto puedes recibir

Recibes una subvención que cubre hasta el 50% de la inversión que hagas en tu comercio; si tu proyecto está acogido al programa de relevo generacional, la ayuda puede llegar al 80%. La inversión subvencionable tiene un mínimo de 6.000€ en la línea de renovación de imagen y 600€ en la de nuevas tecnologías, con topes de 40.000€ y 9.000€ respectivamente (IVA excluido). La cuantía final es variable: se reparte de forma proporcional entre las solicitudes según la puntuación obtenida.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación necesaria: escritura de constitución, acreditación del poder de representación y datos bancarios

  2. Cumplimenta el formulario oficial en la sede electrónica del Principado de Asturias (procedimiento AYUD0351T01)

  3. Presenta una única solicitud por beneficiario, vinculada a un establecimiento concreto, dentro del plazo de un mes

Documentación necesaria

  • Escritura de constitución inscrita en el Registro Mercantil o documento equivalente (y, en su caso, escrituras de fusión, escisión, cambio de denominación o de domicilio)
  • Documento acreditativo del poder de representación de quien firma la solicitud
  • Datos bancarios de la entidad solicitante
  • Declaración responsable del suministrador del software, descriptiva de sus funcionalidades (si implantas sistemas integrados de gestión)
  • Reportaje fotográfico del establecimiento antes y después de las inversiones (en renovación de imagen)
  • Documento acreditativo de la antigüedad del comercio anterior al traspaso, si es tu caso

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir la ayuda si ya la recibí en años anteriores?
No. No pueden ser beneficiarios quienes hayan recibido subvenciones de esta misma línea en las tres convocatorias anteriores.
¿Es compatible con otras ayudas públicas?
Sí, es compatible con otras ayudas públicas para la misma finalidad, pero el conjunto no puede superar el coste de la actividad. La ayuda está sujeta al régimen de mínimis.
¿Qué inversión mínima necesito para solicitarla?
En la línea de renovación de imagen, la inversión subvencionable debe superar los 6.000€ (IVA excluido); en la de nuevas tecnologías, los 600€.
¿Durante cuánto tiempo debo mantener lo que financie con la ayuda?
Debes destinar los bienes a su finalidad al menos 5 años si son inscribibles en un registro público, o 2 años en el resto de casos.

Fuentes oficiales

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