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Ayudas Claras
Subvenciones Canarias Comercio y turismo
Comercio y turismo Canarias Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayuda al interés de préstamos para autónomos en Canarias

Bonificación del tipo de interés de préstamos de inversión para autónomos en Canarias.

Lo que significa

Qué es
Subvención del Gobierno de Canarias que bonifica el tipo de interés de préstamos para financiar inversiones de autónomos.
Para quién
Personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia.
Cuánto
Consulta directamente con la administración
Qué cubre
  • Bonificación del tipo de interés de los préstamos destinados a financiar tus inversiones
  • Se aplica como amortización anticipada parcial del principal del préstamo a través de la entidad colaboradora
Requisitos
  • Eres persona trabajadora por cuenta propia o autónoma
  • Has formalizado el préstamo entre el 1 de enero de 2026 y el fin del plazo de solicitud
  • El préstamo no está totalmente amortizado en el momento de presentar la solicitud
  • Cuentas con informe de aval favorable de AvalCanarias SGR para ese préstamo
  • No has superado los límites de ayudas de minimis en los últimos tres años
    ÁmbitoLímite en 3 años
    General300.000€
    Pesca y acuicultura40.000€
    Sector agrícola50.000€
Obligaciones
  • Coloca un cartel o medio equivalente visible con la identidad corporativa del Gobierno de Canarias
  • Aporta evidencia gráfica de esa publicidad en el plazo máximo de un mes desde la notificación de la concesión
  • Acredita que cumplías los requisitos en el momento de presentar la solicitud
Cuándo
  • Abre: 1 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 30 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres persona trabajadora por cuenta propia o autónoma
  • Has formalizado un préstamo en 2026 para invertir en tu actividad
  • Tu préstamo cuenta con aval favorable de AvalCanarias SGR
  • Tu préstamo aún no está totalmente amortizado
  • Tu préstamo se formalizó antes del 1 de enero de 2026
  • Tu préstamo ya está totalmente amortizado cuando presentas la solicitud
  • Presentas la solicitud después del 30 de octubre de 2026

Cuánto puedes recibir

El importe por solicitante no está especificado en la convocatoria; consulta directamente con la administración. La ayuda bonifica el tipo de interés de tu préstamo y se aplica como una amortización anticipada parcial del principal a través de la entidad colaboradora AvalCanarias SGR.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Consigue el informe de aval favorable de AvalCanarias SGR para tu préstamo

  2. Rellena el formulario electrónico con tus datos y las declaraciones requeridas

  3. Presenta la solicitud a través del aplicativo de la sede electrónica del Gobierno de Canarias

  4. Si te lo requieren, subsana los defectos en el plazo de diez días hábiles

Documentación necesaria

  • Informe de aval favorable emitido por AvalCanarias SGR del préstamo para el que solicitas la subvención
  • Documentación acreditativa correspondiente si te opones a que la Administración consulte tus datos

Preguntas frecuentes

¿Sirve un préstamo que formalicé antes de 2026?
No. Solo se subvencionan préstamos formalizados entre el 1 de enero de 2026 y el fin del plazo de solicitud; los anteriores al 1 de enero de 2026 quedan fuera.
¿Puedo pedirla si ya he devuelto todo el préstamo?
No. El préstamo no puede estar totalmente amortizado en el momento de presentar la solicitud.
¿Cómo se reparte el dinero entre las solicitudes?
Las solicitudes se atienden por orden de presentación hasta agotar el crédito disponible; no compites con otros proyectos por puntuación.
¿Qué pasa si no me responden a tiempo?
El plazo máximo para resolver y notificar es de seis meses y, en todo caso, antes del 31 de diciembre de 2026. Si pasa ese plazo sin resolución expresa, la solicitud se entiende desestimada por silencio administrativo.

Fuentes oficiales

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