Subvenciones a proyectos de infancia y juventud en Huesca
Subvención de hasta el 80% para proyectos de infancia y juventud en Huesca
Lo que significa
- Qué es
- Subvención en concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Huesca para proyectos dirigidos a la infancia y la juventud
- Para quién
- Entidades sin ánimo de lucro, asociaciones de jóvenes y federaciones de asociaciones de Huesca
- Cuánto
- Hasta el 80% del coste de la actividad subvencionable
- Qué cubre
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- Gastos estrictamente necesarios para realizar la actividad subvencionada
- Proyectos presenciales de ocio, tiempo libre, participación y formación para niños y jóvenes
- Requisitos
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- Ser una entidad sin ánimo de lucro o federación de asociaciones legalmente constituida
- Estar inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones de Huesca con un año de antelación
- Desarrollar tu actividad en Huesca y disponer de sede social y espacio físico en la ciudad
- Que los beneficiarios de las actividades residan en Huesca y municipios incorporados
- Haber cumplido las subvenciones que el Ayuntamiento te concedió antes para el mismo fin
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Indica de forma visible el logo del Ayuntamiento e informa de que las actividades se financian con su apoyo
- Envía al área de Juventud la información y la publicidad antes de iniciar la actividad
- Presenta la aceptación, reformulación o renuncia en 20 días naturales tras la concesión
- Ejecuta el proyecto entre el 1 de enero y el 16 de noviembre de 2026
- Justifica el gasto de la actividad antes del 16 de noviembre de 2026
- Comunica al Ayuntamiento si recibes otras ayudas para la misma actividad
- Cuándo
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- Abre: 1 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 28 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una entidad sin ánimo de lucro o federación de asociaciones
- Estás inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones de Huesca
- Desarrollas proyectos presenciales para niños, niñas y jóvenes en Huesca
- Trabajas el ocio, el tiempo libre o la formación de la juventud
- Tu entidad tiene ánimo de lucro
- Te inscribiste en el Registro Municipal de Asociaciones hace menos de un año
- Tu proyecto ya lo cubren los servicios municipales u otras administraciones
- Financias el total de la actividad con otras subvenciones públicas o privadas
- Tu proyecto no supera el 50% de la puntuación
Cuánto puedes recibir
El importe se reparte entre los proyectos seleccionados según la puntuación que obtenga cada uno en la valoración. Como máximo puedes financiar el 80% del coste de la actividad, y la suma de las ayudas públicas para la misma actividad tampoco puede superar ese 80%. No se fija una cantidad individual por entidad.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la solicitud, el proyecto de la actividad, el presupuesto previsto y las declaraciones responsables (Anexos I a I.5)
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Presenta la solicitud en la sede electrónica del Ayuntamiento de Huesca dentro del plazo de 20 días hábiles
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Si te conceden la ayuda, presenta la aceptación, reformulación o renuncia en 20 días naturales (Anexo II)
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Justifica el gasto de la actividad antes del 16 de noviembre de 2026 (Anexos III)
Documentación necesaria
- Solicitud cumplimentada con los datos de la entidad y su representante (Anexo I)
- Proyecto de la actividad (Anexo I.1)
- Presupuesto previsto, con ingresos y gastos (Anexo I.2)
- Declaración responsable de obtención de otras subvenciones (Anexo I.3)
- Declaración responsable de cumplimiento de actividades en años anteriores (Anexo I.4)
- Documento que acredite que el IVA no es recuperable (Anexo I.5)