Subvenciones para entidades juveniles en Parets del Vallès
Subvención para proyectos de entidades juveniles sin ánimo de lucro de Parets.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Parets del Vallès para proyectos y actividades de entidades juveniles.
- Para quién
- Entidades juveniles sin ánimo de lucro de Parets del Vallès.
- Cuánto
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- El importe depende del importe que solicitas y de la puntuación que obtengas.
El importe de petición aceptado nunca será mayor de 10.000€. Sobre el importe aceptado también se aplica un porcentaje según los puntos obtenidos (de 0% a 90%), y la subvención nunca supera el importe solicitado ni el déficit de la actividad.Importe solicitado Porcentaje Tope Hasta 2.000€ 100% 2.000,00€ Más de 2.000 a 3.000€ 95% 2.850,00€ Más de 3.000 a 4.000€ 90% 3.600,00€ Más de 4.000 a 5.000€ 80% 4.000,00€ Más de 5.000 a 6.000€ 75% 4.500,00€ Más de 6.000 a 7.000€ 70% 4.900,00€ Más de 7.000 a 8.000€ 65% 5.200,00€ Más de 8.000 a 9.000€ 60% 5.400,00€ Más de 9.000 a 10.000€ 55% 5.500,00€
- El importe depende del importe que solicitas y de la puntuación que obtengas.
- Qué cubre
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- Gastos directamente vinculados a la actividad subvencionada y estrictamente necesarios
- Hasta un 15% en gastos indirectos
Alquileres de locales, suministros, gastos financieros, asesoría, comisiones bancarias y cuotas a asociaciones.
- Requisitos
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- Tu entidad es una entidad juvenil sin ánimo de lucro
- Estás constituida e inscrita en el Registro Municipal de Entidades de Parets del Vallès con los datos actualizados
- Tienes sede social o delegación en el municipio de Parets
- Los objetivos y finalidades de tu entidad coinciden con los establecidos en las bases
- Has justificado cualquier subvención que el Ayuntamiento te haya concedido antes
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Acepta telemáticamente la subvención concedida
- Destina la subvención a proyectos y actividades realizados durante 2026
- Justifica el uso de la subvención antes del 31 de enero del año siguiente
- Presenta las facturas a nombre de la entidad, con su CIF y fechadas en 2026
- Da libre acceso a la contabilidad de la entidad cuando el Ayuntamiento lo solicite
- Cuándo
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- Abre: 30 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 20 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una entidad juvenil sin ánimo de lucro
- Tu entidad está inscrita en el Registro Municipal de Entidades de Parets del Vallès
- Tu entidad tiene sede social o delegación en el municipio de Parets
- Organizas programas o actividades de interés juvenil
- Tus actividades se realizan en Parets o tienen proyección exterior del pueblo
- Tu entidad tiene ánimo de lucro
- No estás inscrita en el Registro Municipal de Entidades de Parets del Vallès
- No tienes sede social ni delegación en el municipio de Parets
- No has justificado una subvención anterior concedida por el Ayuntamiento
- Tienes deudas pendientes con el Ayuntamiento, Hacienda o la Seguridad Social
Cuánto puedes recibir
El importe que recibes depende del importe que solicitas y de la puntuación que obtenga tu proyecto (de 0 a 16 puntos). Sobre el importe aceptado se aplica un porcentaje según los puntos y un tope según el tramo solicitado, y nunca puede superar el importe solicitado ni el déficit de la actividad. El Ayuntamiento paga un 80% por adelantado a los 30 días de la aceptación y el 20% restante tras aprobar la justificación.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Rellena el Anexo 1 con la descripción básica de cada proyecto o actividad
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Descarga los impresos normalizados desde la sede electrónica del Ayuntamiento
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Presenta la solicitud telemáticamente con certificado digital en la sede electrónica del Ayuntamiento
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Preséntala dentro de los 21 días naturales siguientes a la publicación de la convocatoria
Documentación necesaria
- Anexo 1: descripción básica del proyecto o actividad (uno por cada actividad)
- Anexo 5: declaración de las retribuciones de los órganos de dirección o administración (solo si la subvención supera los 10.000€)
- Cuenta justificativa con los justificantes de gasto
- Carta de reintegro (si la actividad no se realizó o justificó en su totalidad)