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Ayudas Claras
Ayudas Salamanca Económico
Económico Salamanca Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvención para abonos de piscina en Aldeatejada

Subvención del 20% del coste de tus abonos a las piscinas municipales de Aldeatejada.

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Aldeatejada para abonos y entradas de las piscinas municipales.
Para quién
Personas físicas y familias del municipio de Aldeatejada, incluidas las personas con discapacidad.
Cuánto
  • Un porcentaje del precio que pagaste por tus abonos de temporada, según tu situación.
    SituaciónSubvención
    Abonos individuales y familiares (general)20% del precio pagado
    Persona con discapacidad del 33% al 65%25% del precio pagado
    Persona con discapacidad del 65% o más50% del precio pagado (también un acompañante)
    Se aplica sobre los abonos de temporada (tarifas B). No es acumulable con la bonificación de la ordenanza de piscinas.
Qué cubre
  • El coste de las entradas, bonos y abonos de acceso a las piscinas municipales de Aldeatejada
  • Solo los importes efectivamente pagados durante la temporada 2026
Requisitos
  • Estás empadronado en Aldeatejada desde al menos 6 meses antes de que termine el plazo de solicitud
  • En el abono familiar, todos los miembros están empadronados en Aldeatejada
  • Has comprado o te comprometes a comprar entradas, bonos o abonos de las piscinas municipales de la temporada 2026
  • Estás al corriente de tus obligaciones con el Ayuntamiento de Aldeatejada
  • Presentas la solicitud y la documentación dentro del plazo
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Destina la ayuda a la finalidad para la que se concede
  • Justifica el gasto presentando los justificantes de compra y pago, como máximo hasta el 1 de octubre de 2026
  • Sométete a las comprobaciones del Ayuntamiento y de los órganos de control
  • Comunica si obtienes otras ayudas o ingresos para la misma finalidad
  • Comunica cualquier cambio en las circunstancias que motivaron la concesión
  • Conserva los justificantes de gasto y pago durante el plazo legalmente exigible
Cuándo
  • Abre: 1 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 15 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Estás empadronado en Aldeatejada desde hace al menos 6 meses
  • Has comprado o vas a comprar abonos o entradas de las piscinas municipales
  • Tienes un abono familiar y todos los miembros están empadronados en Aldeatejada
  • Quieres recuperar parte del coste de tu acceso a las piscinas en 2026
  • Tienes reconocido un grado de discapacidad del 33% o más
  • No estás empadronado en Aldeatejada
  • No estás al corriente de tus obligaciones con el Ayuntamiento
  • Ya te has beneficiado de la bonificación de piscinas de la ordenanza municipal
  • Solo quieres cubrir gastos de material, desplazamiento o cursos
  • Compraste el abono fuera de la temporada 2026

Cuánto puedes recibir

Recibes un porcentaje del precio que pagaste por tus abonos o entradas de temporada a las piscinas municipales: el 20% con carácter general, el 25% si acreditas un grado de discapacidad entre el 33% y el 65%, y el 50% si es del 65% o más (en este último caso, también para un acompañante). Si el crédito disponible no llega para todos, la cantidad de cada beneficiario se reduce de forma proporcional. El pago es diferido: cobras una vez justificas el gasto y según la disponibilidad de la tesorería municipal.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Compra o comprométete a comprar las entradas, bonos o abonos de las piscinas municipales de la temporada 2026

  2. Reúne tu DNI o NIE, el justificante de empadronamiento y el justificante de compra y pago

  3. Cumplimenta la solicitud con el modelo normalizado obligatorio (Anexo I)

  4. Presenta la solicitud en el Registro General del Ayuntamiento, a través de la sede electrónica, hasta el 15 de septiembre de 2026

  5. Si en la lista provisional aparecen defectos, subsánalos en los 10 días hábiles siguientes a su publicación

Documentación necesaria

  • DNI, NIE o documento equivalente del solicitante y, en su caso, del representante
  • Documento que acredite la representación, cuando se solicita en nombre de un menor o de otra persona
  • Justificante de empadronamiento, salvo que autorices al Ayuntamiento a comprobarlo
  • Justificante de adquisición y pago de la entrada, bono o abono
  • Declaración responsable de no estar incurso en prohibición para ser beneficiario
  • Declaración responsable de estar al corriente con Hacienda, la Seguridad Social y el Ayuntamiento, o autorización para su comprobación
  • Declaración de otras subvenciones o ayudas solicitadas o concedidas para la misma finalidad
  • Ficha de terceros o certificado de titularidad bancaria
  • Carnet o certificado de discapacidad, si solicitas el porcentaje para personas con discapacidad

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir la ayuda si tengo un abono familiar?
Sí. El abono familiar entra en la subvención del 20%, pero todos los miembros de la familia deben estar empadronados en Aldeatejada.
¿Cuándo cobraré la subvención?
El pago es diferido: se abona una vez justifiques el gasto en tiempo y forma y según la disponibilidad de la tesorería municipal.
¿Es compatible con la bonificación de piscinas del Ayuntamiento?
No. Esta subvención no es acumulable con la bonificación de la ordenanza de piscinas: ambos beneficios no se pueden sumar.
¿Hasta cuándo tengo para justificar el gasto?
El plazo máximo de justificación es hasta el 1 de octubre de 2026, salvo que la resolución de concesión fije otro plazo.

Fuentes oficiales

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