Subvención para asociaciones de autónomos en Extremadura
Hasta 45.000€ para asociaciones de trabajadores autónomos de Extremadura.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva de la Junta de Extremadura para el funcionamiento de las asociaciones de trabajadores autónomos.
- Para quién
- Asociaciones de trabajadores y trabajadoras autónomos de Extremadura.
- Cuánto
- Hasta 45.000€
- Qué cubre
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- Los gastos de funcionamiento de la entidad asociativa
- Actuaciones de defensa y promoción de sus asociados y de los intereses que representan
- Requisitos
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- Tu entidad tiene personalidad jurídica y no está en proceso de disolución
- Tu entidad tiene ámbito de actuación autonómico y sede en Extremadura
- Tu entidad tiene carácter intersectorial
- Tu entidad está inscrita en un registro público de Extremadura desde al menos doce meses antes de la publicación de la convocatoria
- Obtienes un mínimo de 7 puntos en los criterios de valoración
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Realiza por completo la actividad subvencionada y presenta la memoria de actividades y la memoria económica justificativa
- Cumple las medidas de difusión de la financiación pública y acredita documentalmente que lo has hecho
- Conserva los documentos justificativos, los recibos y su aplicación durante al menos 4 años
- Presenta un informe de tus fuentes de financiación
- Relaciónate con la administración por medios electrónicos en todos los trámites
- Cuándo
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- Abre: 27 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 27 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una entidad asociativa integrada exclusivamente por trabajadoras y trabajadores autónomos
- Tu entidad tiene sede en Extremadura y ámbito de actuación autonómico
- Tu entidad tiene carácter intersectorial
- Tu entidad lleva inscrita en un registro público de Extremadura al menos doce meses
- Tu entidad tiene personalidad jurídica y no está en proceso de disolución
- Eres una federación o confederación de entidades asociativas
- Eres una organización profesional o empresarial agraria
- Tu entidad está formada por entidades de la economía social y no por autónomos
- Tu entidad no alcanza los 7 puntos mínimos en los criterios de valoración
- Tu entidad tiene la sede fuera de Extremadura
Cuánto puedes recibir
Tu entidad puede recibir una subvención de hasta 45.000€. La cantidad final depende de la puntuación que obtengas en los criterios de valoración y del prorrateo entre todas las solicitudes admitidas.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Consigue tu DNI electrónico o certificado electrónico en vigor para firmar la solicitud
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Cumplimenta el formulario de solicitud (Anexo I) e indica los criterios de valoración que quieres que se valoren
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Reúne los certificados de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social y del registro competente, salvo que autorices su consulta de oficio
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Presenta la solicitud de forma electrónica en el Registro Electrónico General de la Junta de Extremadura dentro del plazo de un mes
Documentación necesaria
- Formulario de solicitud (Anexo I)
- Certificados de estar al corriente con la Hacienda estatal y la Seguridad Social y de no tener deudas con la Hacienda autonómica, salvo que autorices su consulta
- Certificado del registro competente sobre los requisitos, la composición de los órganos de gobierno y representación y el número de socios y socias
- Documentación acreditativa de los criterios de valoración que señales
- Certificado de vida laboral de la entidad, si marcas el criterio de plantilla laboral